11/13/2020

Transferencia Financiera Favor Contraloría RJ 000400-2020-JN/ONPE Oficina Nacional de Procesos

Poder Judicial, Oficina Nacional de Procesos Electorales Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a financiar gastos por el periodo 2020 RJ 000400-2020-JN/ONPE Lima, 11 de noviembre del 2020 VISTOS: Oficio Nº 0000370-2020-CG/DC (09OCT2020), de la Contraloría General de la República, el Memorando Múltiple Nº 000076-2020-GAD/ONPE (03NOV2020), de la Gerencia de Administración, el Memorando Nº 002866-2020-GPP/ONPE
Poder Judicial, Oficina Nacional de Procesos Electorales
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a financiar gastos por el periodo 2020
RJ 000400-2020-JN/ONPE
Lima, 11 de noviembre del 2020
VISTOS: Oficio Nº 0000370-2020-CG/DC (09OCT2020), de la Contraloría General de la República, el Memorando Múltiple Nº 000076-2020-GAD/ONPE (03NOV2020), de la Gerencia de Administración, el Memorando Nº 002866-2020-GPP/ONPE (05NOV2020), de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000585-2020-GAJ/ONPE (10NOV2020), de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



El artículo 20º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modificatorias, dispone entre otros, que las sociedades de auditoría son designadas previo concurso público de méritos y contratadas por la Contraloría General de la Republica para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas. Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a sus presupuestos institucionales a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto, o las que hagan sus veces en el pliego;


Asimismo, el mencionado artículo de la citada Ley señala que, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del Pliego en caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo que la resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano;

Con Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG, la Contraloría General de la República, aprueba el Tarifario que establece el monto de retribución económica de las sociedades de auditoría, por período a auditar, siendo el que corresponde transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las mismas, estando establecido el monto por retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría.


En ese sentido, las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir, acorde con el tarifario, a la Contraloría General de la República, para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

En ese orden de ideas, mediante el Oficio de vistos, la Contraloría General de la República (CGR)
solicita a la Oficina Nacional de Procesos Electorales realicen la transferencia financiera en favor de la citada entidad por la suma de S/ 82,662.00 (Ochenta y dos mil seiscientos sesenta y dos y 00/100 soles), para financiar los gastos para la contratación de la empresa de sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control del período 2019-2020. Al respecto precisa que, habiendo advertido que el ONPE ha efectuado la transferencia financiera correspondiente al periodo 2019; sin embargo, para ser incluida en el próximo concurso público de méritos para designar una sociedad de auditoria que efectúe la auditoría ejercicios 2019 - 2020, se encuentra pendiente que se realice la transferencia por el último periodo 2020, según lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785;

En el Memorando Múltiple de vistos, la Gerencia de Administración, referenciando el Informe Nº 000885-2020-SGF-GAD/ONPE (2NOV2020) de la Subgerencia de Finanzas, solicita a la Gerencia de Planificación y Presupuesto manifieste sobre la disponibilidad presupuestal para atender lo solicitado por Contraloría, requiriendo además a la Gerencia de Asesoría Jurídica gestione la emisión de la Resolución Jefatural, de corresponder;

Con Memorando de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto adjunta el Informe Nº 002317-2020-SGPR-GPP/ONPE (20OCT2020) de la Subgerencia de Presupuesto, otorgó la habilitación presupuestal para la transferencia financiera con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional, del pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales, a favor de la Contraloría General de la República, contando con la disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 82,662.00 (ochenta y dos mil seiscientos sesenta y dos y 00/100 soles), destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa;

En virtud de lo expuesto, corresponde aprobar la transferencia financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 82,662.00 (ochenta y dos mil seiscientos sesenta y dos y 00/100 soles), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional del pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales, a favor de la Contraloría General de la República, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

En el marco de las normas descritas, y de conformidad con lo dispuesto en el literal g) del artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el literal s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias; así como las normas antes referidas;

Con el visado de la Gerencia General y de las Gerencias Administración, Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica,

SE RESUELVE:



Artículo Primero.- Autorizar la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 82,662.00 (ochenta y dos mil seiscientos sesenta y dos y 00/100 soles), con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales para el Año Fiscal 2020, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, destinada a financiar los gastos por el periodo 2020, para la contratación de la empresa de sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control de los ejercicios 2019-2020.

Artículo Segundo.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente resolución se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales, Meta: 17, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Especifica de Gasto: 2.4.1. 3.11, A "Otras Unidades de Gobierno Nacional".

Artículo Tercero.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo primero de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano", en el portal institucional www.onpe.gob.pe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3)
días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 000400-2020-JN/ONPE Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a financiar gastos por el periodo 2020
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 000400-2020-JN/ONPE
  • Emitida por : Oficina Nacional de Procesos Electorales - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2020-11-12
  • Fecha de aplicacion : 2020-11-13

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