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Plan Operativo Institucional (poi) Anual 2021 RM 00451-2020-PRODUCE Produce
1/01/2021
Plan Operativo Institucional (poi) Anual 2021 RM 00451-2020-PRODUCE Produce
Poder Ejecutivo, Produce Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 del Ministerio de la Producción (Ajustado al PIA) RM 00451-2020-PRODUCE Lima, 30 de diciembre de 2020 VISTOS: El Memorando Nº 00001072-2020-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 00000365-2020-PRODUCE/ OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; y el Informe Nº 00000946-2020-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General
Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 del Ministerio de la Producción (Ajustado al PIA)
RM 00451-2020-PRODUCE
Lima, 30 de diciembre de 2020
VISTOS:
El Memorando Nº 00001072-2020-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 00000365-2020-PRODUCE/ OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; y el Informe Nº 00000946-2020-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno;
aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, el numeral 7.3 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente;
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Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del mencionado Decreto Legislativo, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);
Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, que establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o
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modificación del Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua;
Que, el numeral 6.2 Elaboración y aprobación del POI, de la "Guía para el Planeamiento Institucional", establece que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad. Para ello, una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el PIA y, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, para finalmente obtener el POI Anual;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 190-2020- PRODUCE se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Ministerio de la Producción;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 191-2020- PRODUCE se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021 - 2023 del Ministerio de la Producción;
Que, mediante Ley Nº 31084, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 435-2020- PRODUCE se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 038: Ministerio de la Producción;
Que, el artículo 34 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, establece que la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, tiene, entre otras funciones, conducir los sistemas de planeamiento estratégico, modernización de la gestión pública, inversión pública y presupuesto público; así como dirigir las acciones de cooperación técnica y asuntos internacionales del Sector; conducir el proceso de formulación, seguimiento y evaluación de los planes estratégicos sectorial e institucional y del plan operativo institucional, conforme a la normativa vigente;
conducir y supervisar la programación, formulación y evaluación de la gestión presupuestaria, en el marco de las disposiciones del Sistema Nacional de Presupuesto;
y proponer y conducir el Programa Multianual de Inversiones del Sector;
Que, el numeral 6.2.1 de la Directiva General Nº 003-2018-PRODUCE/OGPPM "Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio de la Producción (PRODUCE) y sus modificaciones", aprobado con Resolución Directoral Nº 014-2018-PRODUCE/ OGPPM, señala que una vez aprobado el PIA de PRODUCE del año correspondiente, la Oficina de Planeamiento y Modernización (OPM), coordina con las Dependencias la formulación del POI;
Que, con Memorando Nº 00001072-2020-PRODUCE/ OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe Nº 00000365-2020-PRODUCE/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, que hace suyo, propone la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI)
2021 del Ministerio de la Producción (Ajustado al PIA), en consistencia con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2021, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 435-2020-PRODUCE; y articulado al Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial Nº 190-2020-PRODUCE;
Que, en consecuencia, resulta necesaria la aprobación del POI 2021 (Ajustado al PIA) del Ministerio de la Producción; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31084, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modificatoria; y la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD y sus modificatorias que aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021
Apruébase el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 del Ministerio de la Producción (Ajustado al PIA), que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Cumplimiento El cumplimiento de la programación de actividades consideradas en el Plan Operativo Institucional (POI)
Anual 2021 del Ministerio de la Producción (Ajustado al PIA), aprobado por el artículo precedente, es de responsabilidad de los órganos y programas del Ministerio.
Artículo 3.- Seguimiento y Evaluación La Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización efectúa el seguimiento y la evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) 2021 del Ministerio de la Producción (Ajustado al PIA), de conformidad con lo establecido en la Directiva General Nº 003-2018-PRODUCE/OGPPM "Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio de la Producción (PRODUCE) y sus modificaciones", aprobado con Resolución Directoral Nº 014-2018-PRODUCE/
OGPPM.
Artículo 4.- Publicación del POI Anual 2021
Publícase la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. gob.pe/produce) y en el Portal del Estado Peruano (www. gob.pe), conjuntamente con el Plan Operativo Institucional (POI) 2021 del Ministerio de la Producción (Ajustado al PIA) aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR
Ministro de la Producción
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 00451-2020-PRODUCE Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2021 del Ministerio de la Producción (Ajustado al PIA)
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 00451-2020-PRODUCE
- Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-12-31
- Fecha de aplicacion : 2021-01-01
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