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16 Normas Legales Sábado 10 Julio 2021 El Peruano DS 176-2021-EF Economia y Finanzas
7/11/2021
16 Normas Legales Sábado 10 Julio 2021 El Peruano DS 176-2021-EF Economia y Finanzas
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas 16 NORMAS LEGALES Sábado 10 de julio de 2021 El Peruano / www.elperuano.pe/pga Simplificando acciones, agilizando procesos Whatsapp 915 248 103 Email pgaconsulta@editoraperu.com.pe Escanea el código QR La solución digital para publicar normas legales y declaraciones juradas. Herramienta amigable para publicar dispositivos en la separata Normas Legales. SENCILLO Agiliza los trámites de publicación utilizando canales virtuales. RÁPIDO Trámite validado
16 NORMAS LEGALES Sábado 10 de julio de 2021 El Peruano / www.elperuano.pe/pga Simplificando acciones, agilizando procesos Whatsapp 915 248 103 Email pgaconsulta@editoraperu.com.pe Escanea el código QR La solución digital para publicar normas legales y declaraciones juradas. Herramienta amigable para publicar dispositivos en la separata Normas Legales. SENCILLO Agiliza los trámites de publicación utilizando canales virtuales. RÁPIDO Trámite validado mediante firma digital del responsable de la institución. SEGURO
DS 176-2021-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo utiliza diversas aplicaciones informáticas para la prestación de los servicios que brinda, con la finalidad de ofrecer servicios digitales al ciudadano y a las empresas que realizan trámites en dicho Ministerio, evitando la realización de trámites presenciales, cuya información está vinculada con los servicios en línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC (Consultas en Línea Vía Internet y Suministro de Certificaciones, Consultas en Línea Vía Línea Dedicada y Web Service de Datos), garantizando que los ciudadanos y las empresas puedan cumplir con sus obligaciones, dentro de los plazos establecidos por ley;
Que, mediante Oficio Nº 000058-2021/GG/OC/ RENIEC, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC comunicó al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la reevaluación de todos los convenios suscritos bajo la modalidad de cooperación interinstitucional de naturaleza gratuita, precisando que el acceso a los servicios de Consultas en Línea Vía Internet, Verificación Biométrica de la Identidad de las Personas, Verificación Biométrica con Consulta Integrada, Web Service Biométrico Dactilar, Web Service Biométrico Facial y Web Service de Datos, se realizará a través de la suscripción de un Convenio de Suministro de Información en modalidad facturable, de acuerdo a las Tasas establecidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de dicha entidad;
Que, mediante Oficio Nº 1135-2021-MTPE/4, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 1 991
616,00 (UN MILLON NOVECIENTOS NOVENTA Y UN
MIL SEISCIENTOS DIECISEIS y 00/100 Soles) a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para financiar la continuidad de los servicios virtuales que brinda el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, a fin de permitir que el citado Ministerio atienda las consultas y trámites en materia de trabajo y promoción del empleo, presentados por los ciudadanos y las empresas, adjuntando para dicho efecto el Informe Nº 0363-2021-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del referido Ministerio, con los respectivos sustentos;
Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que, por su naturaleza y coyuntura, no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de S/ 1 991
616,00 (UN MILLON NOVECIENTOS NOVENTA Y UN
MIL SEISCIENTOS DIECISEIS y 00/100 Soles) a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en los artículos 53
y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
DECRETA:
Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 1 991 616,00 (UN MILLON
NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS
DIECISEIS y 00/100 Soles), a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para financiar la continuidad de los servicios virtuales que brinda el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, con los cuales el referido Ministerio atiende las consultas y trámites, en materia de trabajo y promoción del empleo, de los ciudadanos y las empresas, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 1 991 616,00
------------------ TOTAL EGRESOS 1 991 616,00
==========
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 012 : Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Trabajo - Oficina General de Administración CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios 1 991 616,00
------------------ TOTAL EGRESOS 1 991 616,00
==========
Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, 18 NORMAS LEGALES Sábado 10 de julio de 2021
El Peruano / como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3. Responsabilidad y limitación sobre el uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio del año dos mil veintiuno.
FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER
Presidente de la República
WALDO MENDOZA BELLIDO
Ministro de Economía y Finanzas
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 176-2021-EF 16 NORMAS LEGALES Sábado 10 de julio de 2021 El Peruano / www.elperuano.pe/pga Simplificando acciones, agilizando procesos Whatsapp 915 248 103 Email pgaconsulta@editoraperu.com.pe Escanea el código QR La solución digital para publicar normas legales y declaraciones juradas. Herramienta amigable para publicar dispositivos en la separata Normas Legales. SENCILLO Agiliza los trámites de publicación utilizando canales virtuales. RÁPIDO Trámite validado mediante firma digital del responsable de la institución. SEGURO
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 176-2021-EF
- Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2021-07-10
- Fecha de aplicacion : 2021-07-11
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