7/20/2021

Directiva General 00002 2021 produce Establece RM 00198-2021-PRODUCE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Aprueban la Directiva General Nº 00002-2021-PRODUCE que establece los "Lineamientos para el uso del Sistema de Gestión del Procedimiento Administrativo Sancionador y de Ejecución Coactiva (SIGPASEC) del Ministerio de la Producción" RM 00198-2021-PRODUCE Lima, 17 de julio de 2021 VISTOS: El Memorando Nº 00000051-2021-PRODUCE/DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, así como los Memorandos Nos. 00000181-2021-PRODUCE/ DGSFS-PA,
Poder Ejecutivo, Produce
Aprueban la Directiva General Nº 00002-2021-PRODUCE que establece los "Lineamientos para el uso del Sistema de Gestión del Procedimiento Administrativo Sancionador y de Ejecución Coactiva (SIGPASEC) del Ministerio de la Producción"
RM 00198-2021-PRODUCE
Lima, 17 de julio de 2021
VISTOS: El Memorando Nº 00000051-2021-PRODUCE/DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, así como los Memorandos Nos. 00000181-2021-PRODUCE/ DGSFS-PA, 00000182-2021-PRODUCE/DGSFS-PA, 00000380-2021-PRODUCE/DGSFS-PA y 00000505-2021-PRODUCE/DGSFS-PA de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de dicho Despacho Viceministerial; el Memorando Nº 00000313-2021-PRODUCE/DVMYPE del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; los Memorandos Nos. 00000198-2021-PRODUCE/OGPPM y 00000667-2021-PRODUCE/OGPPM, así como el Informe Nº 00000162-2021-PRODUCE/OPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
el Memorando Nº 00000230-2021-PRODUCE/ OEC de la Oficina de Ejecución Coactiva de la Oficina General de Administración; el Memorando Nº 00000183-2021-PRODUCE/CONAS del Consejo de Apelación de Sanciones; el Memorando Nº 00000673-2021-PRODUCE/PP de la Procuraduría Pública del Ministerio de la Producción; y el Informe Nº 00000493-2021-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;


CONSIDERANDO:



Que, el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1047, establece que este Ministerio es competente de manera exclusiva entre otras materias, en ordenamiento pesquero y acuícola; asimismo, conforme a lo señalado en su artículo 5 tiene entre sus funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial 2 NORMAS LEGALES Lunes 19 de julio de 2021
El Peruano / bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; y la de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, fiscalización y ejecución coactiva;

Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Asimismo, el artículo 4 de la referida Ley establece que la finalidad del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;

Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, establece en su numeral 2.3, entre otros, el objetivo específico de promover el gobierno electrónico a través del uso intensivos de las tecnologías de información y comunicación como soporte a los procesos de planificación, producción y gestión de entidades públicas;

Que, asimismo, el literal e) del numeral 2.4 de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública señala como principio la "Innovación y aprovechamiento de las tecnologías", a través del cual se indica que, para alcanzar los resultados que la ciudadanía espera, se requiere que las entidades públicas avancen en un proceso constante de revisión y renovación de los procesos y procedimientos mediante los cuales implementan sus acciones. Ello las llevará seguramente, a implementar nuevas propuestas de servicios o procedimientos que innoven su gestión para responder mejor a las expectativas de los ciudadanos y empresas. Ese proceso constante de innovación debe incorporar el aprovechamiento intensivo de tecnologías apropiadas - no sólo a nivel de dependencias prestadoras de servicios, sino también de aquéllas responsables de sistemas administrativos, de manera que dichas tecnologías contribuyan al cambio y mejora de la gestión pública;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital, establece el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperatividad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno;

Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que sin perjuicio del uso de medios físicos tradicionales, el procedimiento administrativo podrá realizarse total o parcialmente a través de tecnologías y medios electrónicos, debiendo constar en un expediente, escrito electrónico, que contenga los documentos presentados por los administrados, por terceros y por otras entidades, así como aquellos documentos remitidos al administrado;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 374-2013-PRODUCE se aprobó la Directiva General Nº 013-2013-PRODUCE "Lineamientos para el Uso del Sistema de Información para el Control Sancionador Virtual - CONSAV en el Ministerio de la Producción";

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 056-2018-PRODUCE se conformó el Grupo de Trabajo dependiente del Ministerio de la Producción, que tiene por objeto evaluar y revisar el trámite actual del procedimiento administrativo sancionador y llevar a cabo la implementación de una solución tecnológica para optimizar el manejo de los procedimientos relacionado a la fiscalización, sanción y ejecución coactiva en el Ministerio de la Producción;

Que, en el marco de las actividades realizadas por el Grupo de Trabajo conformado por la Resolución Ministerial Nº 056-2018-PRODUCE, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2019-PRODUCE se dispuso la conformación del Grupo de Trabajo Sectorial que tiene por objeto implementar el Sistema de Gestión del Procedimiento Administrativo Sancionador SIGPAS en el Ministerio de la Producción, a fin de optimizar el manejo de los procedimientos relacionados a la fiscalización, sanción y ejecución coactiva en el Ministerio de la Producción;

Que, a través del Memorando Nº 00000505-2021-PRODUCE/DGSFS-PA, la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura propone la Directiva General denominada "Lineamientos para el uso del Sistema de Gestión del Procedimiento Administrativo Sancionador y de Ejecución Coactiva (SIGPASEC) del Ministerio de la Producción", que tiene como objetivo permitir el registro y el control, de forma sistematizada y digitalizada, de la información y documentación electrónica que se genere en la tramitación de los procedimientos administrativos sancionadores de los subsectores Pesca, Acuicultura, MYPE, Industria y Comercio Interno del Ministerio de la Producción; así como, la apelación, la ejecución coactiva y los procesos contencioso administrativos. Asimismo, señala que dicho proyecto normativo fue elaborado y validado en las reuniones de trabajo sostenidas con los representantes del Grupo de Trabajo conformado por la Resolución Ministerial Nº 282-2019-PRODUCE;

Que, el numeral 5.2.1 de la Directiva General Nº 012-2016 PRODUCE-SG, "Lineamiento para la Formulación, Aprobación y Modificación de Directivas en el Ministerio de la Producción", aprobada por la Resolución Secretarial Nº 195-2016-PRODUCE-SG, sobre la clasificación de las Directivas, establece que las Directivas Generales son aquellas cuya aplicación corresponde a más de un órgano y/o programa del Ministerio de la Producción;

Que, resulta necesario aprobar la Directiva General "Lineamientos para el uso del Sistema de Gestión del Procedimiento Administrativo Sancionador y de Ejecución Coactiva (SIGP ASEC) del Ministerio de la Producción", el cual es de aplicación para la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Consejo de Apelación de Sanciones, la Oficina de Ejecución Coactiva de la Oficina General de Administración y la Procuraduría Pública del Ministerio de la Producción; con el objeto de fortalecer la tramitación de los procedimientos administrativos sancionadores, de apelación, de ejecución coactiva y del proceso contencioso administrativo, en el marco de la normativa aplicable;

Con los vistos del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura y de su Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción; del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de su Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones; de la Oficina General de Administración y de su Oficina de Ejecución Coactiva; del Consejo de Apelación de Sanciones; de la Oficina General de Tecnologías de la Información; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modificatorias; Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE
y su modificatoria; y la Resolución Secretarial Nº 195-2016-PRODUCE-SG, que aprueba la Directiva General Nº 012-2016-PRODUCE-SG "Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Modificación de Directivas en el Ministerio de la Producción" y su modificatoria;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobación de la Directiva General que establece los Lineamientos para el uso del Sistema de Gestión del Procedimiento Administrativo Sancionador y de Ejecución Coactiva (SIGPASEC) del Ministerio de la Producción Aprobar la Directiva General Nº 00002-2021-PRODUCE
que establece los "Lineamientos para el uso del Sistema
de Gestión del Procedimiento Administrativo Sancionador y de Ejecución Coactiva (SIGPASEC) del Ministerio de la Producción", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disposiciones para el inicio de trámites en el SIGPASEC
Disponer que todos los procedimientos administrativos sancionadores y sus actividades derivadas a cargo de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industrias, del Consejo de Apelación de Sanciones, de la Oficina de Ejecución Coactiva de la Oficina General de Administración y de la Procuraduría Pública del Ministerio de la Producción, sean tramitados a través del Sistema de Gestión del Procedimiento Administrativo Sancionador y de Ejecución Coactiva (SIGPASEC), a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Derogación Deróguese la Resolución Ministerial Nº 347-2013-PRODUCE, que aprobó la Directiva General Nº 013-2013-PRODUCE "Lineamientos para el Uso del Sistema de Información para el Control Sancionador Virtual - CONSAV en el Ministerio de la Producción".

Artículo 4.- Disposiciones sobre la continuidad del
CONSAV
Los procedimientos administrativos sancionadores y sus actividades derivadas cuya tramitación se haya iniciado a través del Sistema Control Sancionador Virtual (CONSAV) continúan siendo tramitados con dicho sistema, hasta su conclusión.

Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR
Ministro de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 00198-2021-PRODUCE Aprueban la Directiva General Nº 00002-2021-PRODUCE que establece los "Lineamientos para el uso del Sistema de Gestión del Procedimiento Administrativo Sancionador y de Ejecución Coactiva (SIGPASEC) del Ministerio de la Producción"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 00198-2021-PRODUCE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-07-19
  • Fecha de aplicacion : 2021-07-20

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