7/29/2021

Guía Formulación Evaluación Instrumentos Gestión RM 144-2021-MINAM Ambiente

Poder Ejecutivo, Ambiente Aprueban la "Guía para la formulación y evaluación de instrumentos de gestión ambiental para las infraestructuras de residuos sólidos" RM 144-2021-MINAM Lima, 27 de julio de 2021 VISTOS; el Informe Nº 01674-2021-MINAM/VMGA/ DGRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando Nº 0569-2021-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe 00673-2021-MINAM/VMGA/DGPIGA y el Memorando Nº 00398-2021-MINAM/VMGA/DGPIGA
Poder Ejecutivo, Ambiente
Aprueban la "Guía para la formulación y evaluación de instrumentos de gestión ambiental para las infraestructuras de residuos sólidos"
RM 144-2021-MINAM
Lima, 27 de julio de 2021
VISTOS; el Informe Nº 01674-2021-MINAM/VMGA/ DGRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando Nº 0569-2021-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe 00673-2021-MINAM/VMGA/DGPIGA y el Memorando Nº 00398-2021-MINAM/VMGA/DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental;
el Informe Nº 00174-2021-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Memorando Nº 00885-2021-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00447-2021-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Ministerio del Ambiente, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; estableciéndose su ámbito de competencia sectorial, su estructura orgánica básica y sus funciones;


Que, el literal k) del artículo 7 del precitado Decreto Legislativo, señala que es función específica del Ministerio del Ambiente promover y coordinar la adecuada gestión de residuos sólidos, la protección de la calidad del aire y el control del ruido y de las radiaciones no ionizantes y sancionar su incumplimiento;

Que, de conformidad con el artículo 16 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, los instrumentos de gestión ambiental son mecanismos orientados a la ejecución de la política ambiental, sobre la base de los principios establecidos en la Ley General del Ambiente, y en lo señalado en sus normas complementarias y reglamentarias;

Que, asimismo, el numeral 17.1 del artículo 17 de la precitada Ley, establece que que los instrumentos de gestión ambiental podrán ser, entre otros, de prevención y
corrección, rigiéndose por sus normas legales respectivas y los principios de la Ley General del Ambiente;

Que, el literal i) del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, señala que corresponde al Ministerio del Ambiente desarrollar los criterios para la formulación y evaluación del impacto ambiental para los proyectos de inversión que se requieren para la gestión integral de residuos municipales y no municipales, así como también para los proyectos de las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos;

Que, mediante el artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, se establece que todo proyecto de inversión de infraestructura de residuos sólidos debe contar con un instrumento de gestión ambiental aprobado por el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, el Gobierno Regional o la Municipalidad Provincial, según corresponda, en el marco de las normas del Sistema Nacional de Evaluación e Impacto Ambiental - SEIA;

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, toda persona natural o jurídica, de derecho público o privado, nacional o extranjera, que pretenda desarrollar un proyecto de inversión susceptible de generar impactos ambientales negativos de carácter significativo, que estén relacionados con los criterios de protección ambiental establecidos en el Anexo V y los mandatos señalados en el Título II del referido Reglamento deben gestionar una certificación ambiental ante la autoridad competente que corresponda, de acuerdo con la normatividad vigente y lo dispuesto en el mencionado Reglamento;

Que, de conformidad con lo previsto en el literal c) de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, el Ministerio del Ambiente elabora guías para la formulación y evaluación de instrumentos de gestión ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;

Que, bajo ese contexto, mediante Resolución Ministerial Nº 095-2021-MINAM, se dispuso la publicación de la propuesta de "Guía para la formulación y evaluación de instrumentos de gestión ambiental para las infraestructuras de residuos sólidos", conforme a lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, y el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios a la guía;

Que, mediante Informe Nº 01674-2021-MINAM/ VMGA/DGRS, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos sustenta la propuesta de "Guía para la formulación y evaluación de instrumentos de gestión ambiental para las infraestructuras de residuos sólidos", la cual tiene por objetivo proporcionar una visión general del proceso a seguir para la aplicación de los instrumentos de gestión ambiental de las infraestructuras de residuos sólidos, considerando el marco legal ambiental vigente y un conjunto de buenas prácticas, tanto para su formulación como para su evaluación;

Que, a través del Informe Nº 00673-2021-MINAM/ VMGA/DGPIGA, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental opina de manera favorable sobre la aprobación de la propuesta de "Guía para la formulación y evaluación de instrumentos de gestión ambiental para las infraestructuras de residuos sólidos";

Que, mediante Memorando Nº 00885-2021-MINAM/ SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 00174-2021-MINAM/SG/ OGPP/OPM, a través del cual la Oficina de Planeamiento y Modernización emite opinión favorable al proyecto de "Guía para la formulación y evaluación de instrumentos de gestión ambiental para las infraestructuras de residuos sólidos";

Que, con Informe Nº 00447-2021/MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina de manera favorable sobre la aprobación del referido proyecto normativo;

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente;
el Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM; el Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la "Guía para la formulación y evaluación de instrumentos de gestión ambiental para las infraestructuras de residuos sólidos", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GABRIEL QUIJANDRÍA ACOSTA
Ministro del Ambiente

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 144-2021-MINAM Aprueban la "Guía para la formulación y evaluación de instrumentos de gestión ambiental para las infraestructuras de residuos sólidos"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 144-2021-MINAM
  • Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-07-28
  • Fecha de aplicacion : 2021-07-29

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