8/18/2021

Aceptan Pedido Rectificación Solicitado RCD 087-2021-SUNEDU/CD Superintendencia de Transporte

Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas Carga y Mercancias Aceptan pedido de rectificación solicitado por la Universidad Privada Norbert Wiener S.A. en relación con la denominación del título profesional de los programas de estudios de "Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos"; y, "Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica" RCD 087-2021-SUNEDU/CD Lima, 16 de agosto de 2021 VISTOS: La Resolución
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas Carga y Mercancias
Aceptan pedido de rectificación solicitado por la Universidad Privada Norbert Wiener S.A. en relación con la denominación del título profesional de los programas de estudios de "Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos"; y, "Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica"
RCD 087-2021-SUNEDU/CD
Lima, 16 de agosto de 2021
VISTOS:

La Resolución del Consejo Directivo Nº 067-2020-SUNEDU/CD del 2 de julio de 2020, mediante la cual se rectificó la Resolución del Consejo Directivo Nº 161-2019-SUNEDU/CD que otorgó la licencia institucional de la Universidad Privada Norbert Wiener S.A. (en adelante, la Universidad); el Oficio Nº 042-2020-SG-UPNW del 21 de septiembre de 2020 presentado por la Universidad; y, el Informe Nº 0801-2021-SUNEDU-02-12 del 10 de julio de 2021 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic).

CONSIDERANDO:



1. Antecedentes El numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria establece como función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitario bajo su competencia.


El 11 de diciembre de 2019 se publicó en el diario oficial "El Peruano", la Resolución del Consejo Directivo Nº 161-2019-SUNEDU/CD del 9 de diciembre de 2019, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad para ofrecer el servicio educativo superior universitario. Posteriormente, dicha resolución dicha resolución ha sido objeto de diversas modificaciones 1
.

El 3 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial "El Peruano", la Resolución del Consejo Directivo Nº 067-2020-SUNEDU/CD del 2 de julio de 2020, mediante la cual se rectifican, entre otros, los errores materiales generados y consignados en la Tabla 74. Relación vigente de los programas de estudios, 2019-II" del Anexo 4 del Informe Técnico de Licenciamiento Nº 055-2019-SUNEDU-02-12 del 26 de noviembre de 2019, en lo concerniente a la denominación de programas de Segunda Especialidad Profesional.

El 15 de octubre de 2020, mediante Oficio Nº 042-2020-SG-UPNW
2
, la Universidad solicitó, entre otros, la rectificación de los errores materiales incurridos en las denominaciones de los títulos profesionales de dos (2) programas de estudio de "Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos" y "Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica", recogidas en la Resolución del Consejo Directivo Nº 067-2020-SUNEDU/
CD.

Mediante Informe Nº 0801-2021-SUNEDU-02-12 del 10 de agosto de 2021, la Dilic informó al Consejo Directivo sobre la pertinencia de rectificar la "Tabla 74.

Relación vigente de los Programas de Estudios, semestre 2019-II" de la Resolución del Consejo Directivo Nº 067-2020-SUNEDU/CD.

2. Sobre la rectificación de los errores materiales incurridos en la denominación del título profesional de los programas de estudios listados en los números 37 y 42 en la "Tabla Nº 74. Relación vigente de los Programas de Estudios, semestre 2019-II"
citada en la Resolución del Consejo Directivo Nº 067-2020-SUNEDU/CD.

El artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 3
, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), regula lo relacionado a los errores materiales; indicando que pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Para tal efecto, la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original.

En el marco del procedimiento de licenciamiento institucional, la Universidad presentó los siguientes medios de verificación, respecto, entre otros, a los programas de estudio de "Segunda Especialidad en Nutrición Clínica con mención en Nutrición Oncológica";
"Segunda Especialidad en Odontopediatría"; "Segunda Especialidad de Gestión en Central de Esterilización";
"Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos"; y, "Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica": i) el Formato de licenciamiento A8
4
; y, ii) los Planes de estudios 5
, los cuales consignan, entre otros, la denominaciones de los programas y títulos profesionales que otorgan. Cabe agregar, que dichas denominaciones, fueron incorporadas en Tabla 74 del Informe Técnico de licenciamiento Nº 055-2019-SUNEDU-02-12, señalado en el quinto extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo Nº 161-2019-SUNEDU/CD.

Mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 067-2020-SUNEDU/CD del 2 de julio de 2020, se resolvió rectificar, entre otros, la "Tabla 74. Relación vigente de los Programas de Estudios, semestre 2019-II" del Informe Técnico de licenciamiento, en lo concerniente a las denominaciones de los cinco (5) programas de Segunda Especialidad Profesional indicados, sustentado en los medios de verificación presentados durante el procedimiento de licenciamiento institucional 6
.

No obstante, con posterioridad a la emisión de la Resolución del Consejo Directivo Nº 067-2020-SUNEDU/ CD, mediante Oficio Nº 042-2020-SG-UPNW, la Universidad comunicó, entre otros, los errores materiales incurridos en la referida resolución respecto a la transcripción de la denominación de los "títulos profesionales" que otorgan los programas de estudio de "Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados
Intensivos"; y, "Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica"
7
.

Sobre ello, se advierte que las denominaciones de los "títulos profesionales" indicados en la "Tabla 74. Relación vigente de los Programas de Estudios, semestre 2019-II" del Informe Técnico de licenciamiento, señalada en el quinto extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo Nº 161-2019-SUNEDU/CD difieren de lo consignado en la Tabla 74 citada en el segundo extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo Nº 067-2020-SUNEDU/CD, según lo siguiente:
- Respecto del programa de estudio "SEG35 Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos" se consignó que otorga el título profesional de: "Título de Especialista de Enfermería en Cuidados Intensivos", siendo lo correcto: "Título de Especialista en Enfermería en Cuidados Intensivos"; y, - Respecto del programa de estudio "SEG42 Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica" se consignó que otorga el título profesional de: "Título de Especialista de Enfermería Oncológica", siendo lo correcto: "Título de Especialista en Enfermería Oncológica".

En tal sentido, en atención a la solicitud presentada por la Universidad y de la verificación de la información que obra en el expediente del procedimiento de licenciamiento institucional, corresponde efectuar la rectificación de los errores materiales incurridos en la denominación del título profesional de los programas de estudios de Segunda Especialidad Profesional listados en los números 37 y 42 en la "Tabla 74 Relación vigente de los Programas de Estudios, semestre 2019-II" citada en la Resolución del Consejo Directivo Nº 067-2020-SUNEDU/CD, conforme se detalla a continuación:

Dice:

Tabla 74. Relación vigente de los Programas de Estudios, semestre 2019-II (*)
Nº Código Nombre del Programa Grado Académico Denominación del Título que otorga Resolución de Creación del Programa Modalidad 37 SEG35
Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos -Título de Especialista de Enfermería en Cuidados Intensivos Resolución Nº 0623-2013-ANR del 24 de abril de 2013
Presencial 42 SEG42
Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica -Título de Especialista de Enfermería Oncológica Resolución Nº 0623-2013-ANR del 24 de abril de 2013 (*) Se consignan únicamente las líneas pertinentes a los programas cuyas denominaciones de título han sido objeto de rectificación.

Debe decir:

Tabla 74. Relación vigente de los Programas de Estudios, semestre 2019-II (*)
Nº Código Nombre del Programa Grado Académico Denominación del Título que otorga Resolución de Creación del Programa Modalidad 37 SEG35
Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos -Título de Especialista en Enfermería en Cuidados Intensivos Resolución Nº 0623-2013-ANR del 24 de abril de 2013
Presencial 42 SEG42
Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica -Título de Especialista en Enfermería Oncológica Resolución Nº 0623-2013-ANR del 24 de abril de 2013 (*) Se consignan únicamente las líneas pertinentes a los programas cuyas denominaciones de título han sido objeto de rectificación.

Tomándose en cuenta lo señalado, corresponde rectificar la "Tabla 74 Relación vigente de los Programas de Estudios, semestre 2019-II" citada en el segundo extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo Nº 067-2020-SUNEDU/CD, sin que ello altere el sentido de la decisión, ni implique una modificación sustancial de su contenido, debiendo tenerse como correcta la información contenida en la presente resolución.

En virtud de lo expuesto, conforme con lo señalado en el artículo 212 del TUO de la LPAG; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU, modificado mediante Decreto Supremo Nº 006-2018-MINEDU;
y, a lo acordado en la Sesión del Consejo Directivo
Nº 038-2021.

SE RESUELVE:



Primero.- ACEPTAR el pedido de rectificación solicitado por la Universidad Privada Norbert Wiener S.A. en relación con la denominación del título profesional de los programas de estudios de "Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos"; y, "Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica", listados en los números 37 y 42 en la "Tabla 74. Relación vigente de los Programas de Estudios, semestre 2019-II" citada en el segundo extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo Nº 067-2020-SUNEDU/CD que rectificó la Resolución del Consejo Directivo Nº 161-2019-SUNEDU/CD que otorgó la licencia institucional de la Universidad; y, en consecuencia, RECTIFICAR los errores materiales incurridos en la misma, en tal sentido, toda referencia a las denominaciones de los títulos profesionales que otorgan los referidos programas de estudios, debe entenderse según se detalla a continuación:

Tabla 74. Relación vigente de los Programas de Estudios, semestre 2019-II
Nº Código Nombre del Programa Grado Académico Denominación del Título que otorga Resolución de Creación del Programa Modalidad 37 SEG35
Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos -Título de Especialista en Enfermería en Cuidados Intensivos Resolución Nº 0623-2013-ANR del 24 de abril de 2013
Presencial 42 SEG42
Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica -Título de Especialista en Enfermería Oncológica Resolución Nº 0623-2013-ANR del 24 de abril de 2013
20 NORMAS LEGALES Martes 17 de agosto de 2021
El Peruano / Segundo.- REMITIR a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos copia de la presente resolución para los fines correspondientes.

Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución a la Universidad Privada Norbert Wiener S.A., encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente.

Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y ENCARGAR
a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSWALDO DELFÍN ZEGARRA ROJAS
Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1
La Resolución del Consejo Directivo (en adelante, RCD) que otorgó el licenciamiento institucional a la Universidad fue materia de rectificaciones y modificaciones: i) RCD Nº 067-2020-SUNEDU/CD y Nº 069-2020-SUNEDU/ CD ambas del 2 de julio de 2020.

2
Presentado mediante RTD Nº 33043-2020-SUNEDU-TD del 15 de octubre de 2020. La Universidad solicitó la rectificación de las denominaciones de los títulos profesionales que otorgan los programas de estudio de "Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos" y "Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica". Asimismo, resulta pertinente señalar, que la Universidad solicitó, además, la aclaración sobre las fechas de creación de cuatro (4) programas de estudio contenidos en la resolución de licenciamiento. Sin embargo, será derivada al área competente, por lo que no corresponde tratarse en la presente resolución.

3
Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. (...)
Artículo 212.- Rectificación de errores (...)
212.1 Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. (...)
4
Presentado mediante RTD Nº 44722-2019-SUNEDU-TD del 22 de octubre de 2019. La Universidad declaró a través de su Formato de Licenciamiento A8, el programa de estudio de SEG35 Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos y el título que otorga de Título de Especialista en Enfermería en Cuidados Intensivos; y, SEG42 Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica y el título que otorga de Título de Especialista en Enfermería Oncológica.

5
Presentado mediante RTD Nº 44469-2019-SUNEDU-TD del 21 de octubre de 2019, la Universidad presentó los planes de estudio de los programas de estudio de Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos y el título que otorga de Especialista en Enfermería en Cuidados Intensivos;
y, Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica y el título que otorga de Especialista en Enfermería Oncológica.

6
Presentado mediante RTD Nº 002023-2020-SUNEDU-TD del 14 de enero de 2020, la Universidad solicitó, entre otros, la rectificación de las denominaciones de programa de los cinco (5) programas de estudio, más no de los títulos profesionales.

7
Presentado mediante RTD Nº 002023-2020-SUNEDU-TD del 14 de enero de 2020, la Universidad solicitó, entre otros, la rectificación de las denominaciones de programa de los cinco (5) programas de estudio, más no de los títulos profesionales.

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RCD 087-2021-SUNEDU/CD Aceptan pedido de rectificación solicitado por la Universidad Privada Norbert Wiener S.A. en relación con la denominación del título profesional de los programas de estudios de "Segunda Especialidad de Enfermería en Cuidados Intensivos"; y, "Segunda Especialidad de Enfermería Oncológica"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
  • Numero : 087-2021-SUNEDU/CD
  • Emitida por : Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas Carga y Mercancias - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2021-08-17
  • Fecha de aplicacion : 2021-08-18

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