8/12/2021

Incorporación 12 Procedimientos Administrativos 1 RM Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban la incorporación de 12 procedimientos administrativos y 1 servicio administrativo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) para su trámite a través del Componente de Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior RM 134-2021-MINCETUR Lima, 10 de agosto de 2021 Visto, el Informe Nº 013-2021-MINCETUR/VMCE/ DGFCE/DVUCEPT/YND, de la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Aprueban la incorporación de 12 procedimientos administrativos y 1 servicio administrativo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) para su trámite a través del Componente de Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior
RM 134-2021-MINCETUR
Lima, 10 de agosto de 2021
Visto, el Informe Nº 013-2021-MINCETUR/VMCE/ DGFCE/DVUCEPT/YND, de la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior, y el Memorándum Nº 377-2021-MINCETUR/ VMCE, del Viceministerio de Comercio Exterior;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, se define a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) como el sistema integrado para la facilitación del comercio exterior que, a través de medios electrónicos, permite a las partes involucradas en el comercio exterior y el transporte internacional, intercambiar información requerida o relevante para el ingreso, la salida o el tránsito de las mercancías y de los medios de transporte desde o hacia el territorio nacional; así como gestionar la documentación e información relativa a los procedimientos y servicios que se realicen a través de dicho sistema;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, que establece, entre otros temas, las reglas para el funcionamiento de la VUCE, a través de sus diversos Componentes y Servicios que presta a la comunidad del comercio exterior;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, detalla las entidades públicas comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la VUCE
y que cuentan con procesos, procedimientos y trámites vinculados al ámbito de aplicación de la misma, entre las cuales figura el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;

Que, del mismo modo, mediante el Reglamento del Decreto Legislativo Nº1492, Decreto Legislativo que aprueba disposiciones para la reactivación, continuidad y eficiencia de las operaciones vinculadas a la cadena logística de comercio exterior, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2021-MINCETUR, se establece una lista de procedimientos administrativos del SENASA que deben ser incorporados a la VUCE;

Que, asimismo la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento en mención, establece que los procedimientos y servicios que se incorporan a la VUCE
inician operaciones al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial "El Peruano", de la Resolución Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR)
que aprueba su incorporación;

Que, mediante el Acta de Certificación Nº 2021-001-SNS
se ha validado la operación de doce (12) procedimientos administrativos y un (01) servicio administrativo del SENASA
para su tramitación electrónica a través de la VUCE, razón por la cual resulta procedente emitir la Resolución Ministerial que aprueba su incorporación;

De acuerdo con lo señalado en los documentos del Visto; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias; la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR;
y el Reglamento del Decreto Legislativo Nº1492, Decreto Legislativo que aprueba disposiciones para la reactivación, continuidad y eficiencia de las operaciones vinculadas a la cadena logística de comercio exterior, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2021-MINCETUR;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la incorporación de doce (12) procedimientos administrativos y un (01) servicio administrativo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego para su trámite a través del Componente de Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, los mismos que se detallan en el Anexo integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo Anexo Incorporación de doce (12) procedimientos administrativos y un (01) servicio administrativo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria a la Ventanilla Única de Comercio Exterior Nº Denominación del procedimiento Entidad Competente 01 Autorización Sanitaria para el Proyecto de Construcción de Mataderos
SENASA
02 Autorización Sanitaria para el Funcionamiento de Mataderos Categoría 1
03 Autorización Sanitaria para el Funcionamiento de Mataderos Categoría 2 y Categoría 3
04 Autorización Sanitaria de Centros de rendering o cámaras frigoríficas 05 Modificación de la Autorización Sanitaria de Funcionamiento en matadero por ampliaciones de capacidad de faena, o en Rendering, o en Cámara frigorífica:
-Modificación de la Autorización Sanitaria de Funcionamiento en matadero por ampliaciones de capacidad de faena, categoría 1
- Modificación de la Autorización Sanitaria de Funcionamiento en matadero por ampliaciones de capacidad de faena, categoría 2 y categoría 3
-Modificación de Autorización Sanitaria de Funcionamiento en matadero por ampliación de su actividad para realizar rendering o cámara frigorífica.

Nº Denominación del procedimiento Entidad Competente 06 Autorización Sanitaria de Establecimiento dedicado al procesamiento primario de alimentos agropecuarios y piensos 07 Modificación/Ampliación de la Autorización Sanitaria de establecimiento dedicado al procesamiento primario de alimentos agropecuarios y piensos 08 Certificado de inocuidad de alimentos de producción y procesamiento primario para mercado exterior 09 Reporte de Inspección y Verificación (RIV) para la importación y tránsito internacional de alimentos de procesamiento primario y piensos 10 Autorización sanitaria de Almacén para Guarda Custodia 11 Modificación de la Autorización sanitaria de Almacén para Guarda Custodia 12 Reporte de Inspección y verificación para la importación de insumos agrícolas
Nº Denominación del servicio Entidad Competente 01 Certificado de libre comercialización o venta de alimentos agropecuarios primarios y piensos
SENASA

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 134-2021-MINCETUR Aprueban la incorporación de 12 procedimientos administrativos y 1 servicio administrativo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) para su trámite a través del Componente de Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 134-2021-MINCETUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-08-11
  • Fecha de aplicacion : 2021-08-12

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