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Artículo 2° Rm 230 2021 minem dm Mediante Cual 390-2021-MINEM/DM Energia y Minas
10/31/2021
Artículo 2° Rm 230 2021 minem dm Mediante Cual 390-2021-MINEM/DM Energia y Minas
Poder Ejecutivo, Energia y Minas Modifican el artículo 2º de la R.M Nº 230-2021-MINEM-DM, mediante el cual se conformó el Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Dialogo para el Convenio Marco del distrito de Caylloma" RM 390-2021-MINEM/DM Lima, 29 de octubre de 2021 VISTOS, el Informe Nº 097-2021-MINEM/OGGS/ OGDPC/JRZP , de la Oficina General de Gestión Social; el Informe Nº 239-2021-MINEM/OGPP-ODICR, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto,
Modifican el artículo 2º de la R.M Nº 230-2021-MINEM-DM, mediante el cual se conformó el Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Dialogo para el Convenio Marco del distrito de Caylloma"
RM 390-2021-MINEM/DM
Lima, 29 de octubre de 2021
VISTOS, el Informe Nº 097-2021-MINEM/OGGS/ OGDPC/JRZP , de la Oficina General de Gestión Social; el Informe Nº 239-2021-MINEM/OGPP-ODICR, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 1014-2021-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el inciso a) del numeral 1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios; formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
Que, de conformidad con lo dispuesto por los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, y su modificatoria, los Grupos de Trabajo son un tipo de órgano colegiado, pueden ser sectoriales o multisectoriales, y se aprueban mediante Resolución Ministerial del Ministerio que los preside;
Que, asimismo el artículo 28 de los citados lineamientos señala que los Grupos de Trabajo de naturaleza temporal se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su periodo de vigencia, formalizándose mediante comunicación a la Secretaría de Gestión Pública;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 230-2021-
MINEM-DM, se resuelve conformar el Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Dialogo para el Convenio Marco del distrito de Caylloma"; con el objeto de instalar un espacio de dialogo entre representantes del Poder Ejecutivo, Gobierno Local y representantes de la sociedad civil con la finalidad de llegar a acuerdos orientados a promover el desarrollo sostenible del distrito de Caylloma;
Que, con fecha 30 de agosto de 2021, se realizó la primera Sesión del Grupo de trabajo denominado "Mesa de Dialogo para el Convenio Marco del Distrito de Caylloma", en la cual las partes acordaron respetar los términos de la Resolución Ministerial 230-2021-MINEM-DM; no obstante, solicitan al Ministerio de Energía y Minas promueva la modificación del artículo 2 de la citada Resolución;
Que, el Informe Nº 097-2021-MINEM/OGGS/OGDPC/ JRZP, señala que la modificación del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 230-2021-MINEM/DM, permitirá la inclusión de otros representantes de grupos sociales, lo cual contribuirá a mejorar el dialogo entre los actores sociales, la empresa y el Ejecutivo, y crear un clima de confianza entre los actores, conocer sus necesidades e intereses y arribar a acuerdos beneficiosos entre las partes;
Que, mediante Informe Nº 239-2021-MINEM/ OGPP-ODICR, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable sobre la propuesta de Resolución Ministerial que modifica la Resolución Ministerial Nº 230-2021-MINEM/DM;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; en el numeral 6.2 del artículo 6 y literal n) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 031- 2007-EM, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Articulo 1.- Modificar el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 230-2021-MINEM-DM, de acuerdo a los siguientes términos:
"Artículo 2.- Integrantes El Grupo de Trabajo estará integrado por los siguientes miembros: (...)
e) Un (01) representante titular y alterno de las Asociaciones Barriales, Anexos y Comunidad del distrito de Caylloma. (...)
El referido Grupo de Trabajo podrá proponer la incorporación de otros miembros, lo cual deberá ser aprobado por unanimidad mediante acta respectiva, para su posterior aprobación por el titular de la entidad mediante Resolución Ministerial".
Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO GONZALEZ TORO
Ministro de Energia y Minas
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 390-2021-MINEM/DM Modifican el artículo 2º de la R.M Nº 230-2021-MINEM-DM, mediante el cual se conformó el Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Dialogo para el Convenio Marco del distrito de Caylloma"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 390-2021-MINEM/DM
- Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2021-10-30
- Fecha de aplicacion : 2021-10-31
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