11/13/2021
Plan Control Sarna Vicuñas Periodo Cinco Años RJ Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Aprueban el "Plan para el Control de la Sarna en Vicuñas" por el periodo de cinco años a partir del año 2022 RJ 0131-2021-MIDAGRI-SENASA 10 de Noviembre de 2021 VISTO: El INFORME-0015-2021-MIDAGRI-SENASA-DSA-EMARTINEZ de fecha 9 de noviembre de 2021, emitido por la Dirección de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 17 del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del
Aprueban el "Plan para el Control de la Sarna en Vicuñas" por el periodo de cinco años a partir del año 2022
RJ 0131-2021-MIDAGRI-SENASA
10 de Noviembre de 2021
VISTO:
El INFORME-0015-2021-MIDAGRI-SENASA-DSA-EMARTINEZ de fecha 9 de noviembre de 2021, emitido por la Dirección de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 17 del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se crea el Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA
como organismo público descentralizado del Ministerio de Agricultura, denominación modificada por la Ley Nº 31075
a Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía técnica, administrativa, económica y financiera;
Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1059, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, señala que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria es el SENASA;
Que, el artículo 29 del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, señala que la Dirección de Sanidad Animal cuenta dentro de su estructura orgánica, entre otras, con la Subdirección de Control y Erradicación de Enfermedades, cuyo objetivo es garantizar la eficiente y eficaz implementación de acciones de prevención, control y erradicación de enfermedades priorizadas por el SENASA tendientes a mejorar el estado de la sanidad pecuaria del país, en respaldo de la producción nacional y de las exportaciones;
Que, el artículo 3 del Reglamento de Control de Sarna en Camélidos Sudamericanos y Ovinos, aprobado
por el Decreto Supremo Nº 021-2000-AG, señala que la Dirección General de Sanidad Animal del SENASA es la responsable de planificar, dirigir, supervisar y evaluar el Programa de Control de la Sarna en Camélidos Sudamericanos y Ovinos;
Que, a través del Oficio D000331-2021-MIDAGRI-SERFOR-DE de fecha 29 de setiembre de 2021, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-SERFOR, recomienda la intervención del SENASA para coadyuvar en la atención de la problemática de sarna en camélidos sudamericanos silvestres, en el marco de sus competencias;
Que, mediante el informe del visto, la Dirección de Sanidad Animal recomienda la aprobación del "Plan para el Control de la Sarna en Vicuñas" por el periodo de cinco años a partir del año 2022, con el objetivo de formalizar la intervención del SENASA a nivel nacional para atender la problemática de la sarna en vicuñas.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Sanidad Agraria, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1059; en el Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; en el Decreto Supremo Nº 021-2000-AG que aprueba el Reglamento de Control de Sarna en Camélidos Sudamericanos y Ovinos; y con las visaciones del Director General de la Oficina de Administración, de la Directora General de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, de la Directora General (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Directora General de la Dirección de Sanidad Animal;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR el "Plan para el Control de la Sarna en Vicuñas" por el periodo de cinco años a partir del año 2022, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 2.- DISPONER que las Direcciones Ejecutivas del Servicio Nacional de Sanidad Agraria procedan con la aplicación de los tratamientos antisárnicos en vicuñas durante los chaccus oficiales y chaccus sanitarios aprobados por los Gobiernos Regionales o cercos sanitarios.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano.
Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural y del "Plan para el Control de la Sarna en Vicuñas" en el portal web institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), el mismo día de la publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIGUEL QUEVEDO VALLE
Jefe Nacional Servicio Nacional de Sanidad Agraria
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 0131-2021-MIDAGRI-SENASA Aprueban el "Plan para el Control de la Sarna en Vicuñas" por el periodo de cinco años a partir del año 2022
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 0131-2021-MIDAGRI-SENASA
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2021-11-12
- Fecha de aplicacion : 2021-11-13
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