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Transferencia Partidas Favor Gobiernos Regionales DS 330-2021-EF Economia y Finanzas
11/27/2021
Transferencia Partidas Favor Gobiernos Regionales DS 330-2021-EF Economia y Finanzas
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 DS 330-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 40.1 del artículo 40 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el 4 NORMAS LEGALES Viernes 26 de noviembre de 2021 El Peruano / Año Fiscal 2021, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo
Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021
DS 330-2021-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 40.1 del artículo 40 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el 4 NORMAS LEGALES Viernes 26 de noviembre de 2021
El Peruano / Año Fiscal 2021, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional del Año Fiscal 2021, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales, hasta por el monto de S/ 832 300
169,00 (OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES
TRESCIENTOS MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE Y
00/100 SOLES), para financiar, entre otras finalidades, lo dispuesto en los literales a), c), d) y e) del citado numeral, referidos al pago de la remuneración íntegra mensual de los profesores, así como las asignaciones temporales y demás derechos, beneficios y conceptos remunerativos correspondientes a los profesores en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial;
al pago de la asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) en el marco de lo dispuesto por la Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944; el literal c) del artículo 2 de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, y los artículos 1 y 2 de la Ley Nº 30202, Ley que otorga asignación especial por laborar en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) a los profesores contratados y dicta otras disposiciones; al pago de los derechos y beneficios correspondientes de los profesores contratados en el marco del Contrato de Servicio Docente al que se refiere la Ley Nº 30328 y la normatividad complementaria; y, al pago de los derechos y beneficios de los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley Nº 30493, Ley que regula la política remunerativa del Auxiliar de Educación en las instituciones educativas públicas, en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; respectivamente;
Que, los numerales 40.2 y 40.4 del citado artículo 40 de la Ley Nº 31084, disponen que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último, y de conformidad con las disposiciones establecidas por el Ministerio de Educación, en el marco de la normatividad de la materia, debiendo publicarse hasta el 26 de noviembre de 2021; para lo cual, en los casos que corresponda, se exonera al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales de lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;
Que, mediante el Oficio Nº 255-2021-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional a favor de diversos Gobiernos Regionales, para financiar el costo diferencial que implica el pago de las asignaciones temporales por tipo y ubicación de la institución educativa, de las asignaciones temporales y bonificaciones por condiciones especiales del servicio y de la asignación especial por prestar servicios en una Institución Educativa Pública ubicada en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), para los profesores y auxiliares de educación nombrados y contratados, correspondiente a los meses de marzo a diciembre del Año Fiscal 2021 - Segundo Tramo, conforme a lo dispuesto en los literales a), c), d) y e) del numeral 40.1 del artículo 40 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 01450-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; así como el Oficio Nº 00587-2021-MINEDU/SPE-OPEP de la citada Oficina, que adjunta el Informe Nº 01646-2021-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP con información complementaria;
Que, mediante Memorando Nº 1740-2021-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas remite el costo que implica financiar el pago de las asignaciones temporales por tipo y ubicación de la institución educativa, de las asignaciones temporales y bonificaciones por condiciones especiales del servicio y de la asignación especial por prestar servicios en una Institución Educativa Pública ubicada en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), para los profesores y auxiliares de educación nombrados y contratados, correspondiente a los meses de marzo a diciembre del Año Fiscal 2021, el cual asciende a la suma de S/ 66 360 744,00, de acuerdo a lo solicitado por el Ministerio de Educación;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 66 360 744,00 (SESENTA Y SEIS MILLONES
TRESCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS
CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Regionales, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en los numerales 40.1, 40.2 y 40.4 del artículo 40 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;
DECRETA:
Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 66 360 744,00 (SESENTA
Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL
SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100
SOLES), a favor de diversos Gobiernos Regionales, para financiar el costo diferencial que implica el pago de las asignaciones temporales por tipo y ubicación de la institución educativa, de las asignaciones temporales y bonificaciones por condiciones especiales del servicio y de la asignación especial por prestar servicios en una Institución Educativa Pública ubicada en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), para los profesores y auxiliares de educación nombrados y contratados, conforme a lo dispuesto en los literales a), c), d) y e) del numeral 40.1 del artículo 40 de la Ley Nº 31084, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 001 : USE 01 San Juan de Mirafl ores PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5005628 : Personal docente y promotoras de las Instituciones Educativas de educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 13 814 705,00
ACTIVIDAD 5005629 : Contratación oportuna y pago del personal administrativo y de apoyo de las Instituciones Educativas de educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2 466 484,00
UNIDAD EJECUTORA 006 : USE 06 Vitarte PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5005628 : Personal docente y promotoras de las Instituciones Educativas de educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 9 131 697,00
UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5005628 : Personal docente y promotoras de las Instituciones Educativas de educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 11 248 905,00
2.3 Bienes y Servicios 8 998 867,00
2.4 Donaciones y Transferencias 20 674 268,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva PRODUCTO 3000790 : Personal contratado oportunamente ACTIVIDAD 5005877 : Contratación oportuna y pago de personal en Instituciones Educativas Inclusivas, Centros de Educación Básica Especial y Centros de Recursos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 560,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la educación laboral y técnica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 25 258,00
==========
TOTAL EGRESOS 66 360 744,00
==========
A LA: En Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5005628 : Personal docente y promotoras de las Instituciones Educativas de educación básica regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 66 334 926,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva PRODUCTO 3000790 : Personal contratado oportunamente ACTIVIDAD 5005877 : Contratación oportuna y pago de personal en Instituciones Educativas Inclusivas, Centros de Educación Básica Especial y Centros de Recursos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 560,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000681 : Desarrollo del ciclo avanzado de la educación básica alternativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 25 258,00
==========
TOTAL EGRESOS 66 360 744,00
==========
1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de la Transferencia de Partidas por pliego se detallan en el Anexo "Transferencia de partidas para financiar el costo diferencial de las Asignaciones Temporales por tipo y ubicación de la institución educativa, y bonificaciones por condiciones especiales del servicio y de la asignación especial por prestar servicios en el VRAEM, para los profesores y auxiliares de educación nombrados y contratados"; que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05)
días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para la Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
PEDRO FRANCKE BALLVÉ
Ministro de Economía y Finanzas
CARLOS ALFONSO GALLARDO GÓMEZ
Ministro de Educación
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 330-2021-EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 330-2021-EF
- Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2021-11-26
- Fecha de aplicacion : 2021-11-27
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