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Transferencias Financieras Programa Generación RM 230-2021-TR Trabajo y Promocion del Empleo
11/26/2021
Transferencias Financieras Programa Generación RM 230-2021-TR Trabajo y Promocion del Empleo
Poder Ejecutivo, Trabajo y Promocion del Empleo Aprueban transferencias financieras del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de diversos convenios suscritos RM 230-2021-TR Lima, 25 de noviembre de 2021 VISTOS: Los Informes Nº 278-2021-TP/DE/UAPI-CFATEP y Nº 285-2021-TP/DE/UAPI-CFATEP, de la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones; los
Aprueban transferencias financieras del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de diversos convenios suscritos
RM 230-2021-TR
Lima, 25 de noviembre de 2021
VISTOS: Los Informes Nº 278-2021-TP/DE/UAPI-CFATEP y Nº 285-2021-TP/DE/UAPI-CFATEP, de la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones;
los Informes Nº 02415-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP, Nº 02416-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP y Nº 02437-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP, de la Unidad de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización; el Informe Nº 431-2021-TP/DE/UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica;
los Oficios Nº 1303-2021-MTPE/3/24.1 y Nº 1321-2021-MTPE/3/24.1, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú";
el Memorando Nº 0957-2021-MTPE/4/9, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 0913-2021-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2011-TR, modificado por los Decretos Supremos Nº 004-2012-TR, Nº 006-2017-TR, Nº 004-2020-TR, y la Ley Nº 31153, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" (en adelante, el Programa "Trabaja Perú") con el objetivo de generar empleo temporal destinado a la población en edad de trabajar a partir de 18 años, que se encuentre en situación de pobreza, pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, de acuerdo a la información que proporcione el organismo competente, y a las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoseles a cambio un incentivo económico;
Que, los literales a), b), c), y d) del artículo 5 del Decreto Supremo Nº 004-2020-TR, norma que aprueba la reestructuración del Programa "Trabaja Perú", establecen que son funciones de dicho Programa: "i) Promover la generación de empleo temporal para la población en situación de pobreza, pobreza extrema y afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, a través del financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en mano de obra no calificada (MONC); ii) Brindar asistencia técnica para la presentación de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, ante el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; iii) Supervisar, monitorear y hacer seguimiento de la ejecución de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, a cargo de los gobiernos locales o regionales; y, iv) Implementar estrategias de difusión, transparencia y rendición de cuentas";
Que, el artículo 1 del Manual de Operaciones del Programa "Trabaja Perú", aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR, modificado, entre otras, por la Resolución Ministerial Nº 182-2020-TR, establece que dicho Programa tiene por finalidad contribuir temporalmente en la mejora de los ingresos de la población en edad de trabajar a partir de 18 años en situación de desempleo o afectada por una emergencia o desastre natural;
Que, el literal a) del artículo 4 del acotado Manual establece como función general del Programa "Trabaja Perú", la de promover la generación de empleo temporal para la población en situación de pobreza, pobreza extrema y afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o emergencias, a través del financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en mano de obra no calificada (MONC);
Que, el literal c) del inciso 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza, de manera excepcional, la realización de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas referidas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa "Trabaja Perú", a favor de gobiernos regionales y gobiernos
locales, estableciendo el inciso 16.2 del citado artículo que dichas transferencias deberán ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego, publicada en el Diario Oficial "El Peruano";
Que, mediante Resolución Directoral Nº 001-2021-TP/DE, se aprueba las Modalidades de Intervención del Programa "Trabaja Perú", conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral;
Que, el anexo de la precitada Resolución Directoral señala sobre la Modalidad de Intervención 2: Por emergencias o desastres naturales, lo siguiente: "Esta intervención aborda la mitigación de los shocks covariados de desempleo por emergencias o desastres naturales, tiene por finalidad ejecutar acciones inmediatas en la zona de interés permitiendo mejorar las condiciones de las personas damnificadas o afectadas por una emergencia o desastre natural, que no cuentan temporalmente con capacidades socioeconómicas disponibles para recuperarse. Para ello, se ejecutarán proyectos de inversión o actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no calificada (MONC)";
Que, el artículo 2 de la Resolución Directoral Nº 002-2021-TP/DE, que aprueba la "Focalización Geográfica Distrital 2021-2022", dispone aplicar, excepcionalmente, la "Focalización Geográfica Distrital 2021-2022", durante el año 2021, a la Modalidad de intervención 2: Por emergencias o desastres naturales, sin perjuicio de otros distritos comprendidos en la norma pertinente que declara la respectiva emergencia;
Que, con Resolución Directoral Nº 009-2021-TP/ DE, y sus modificatorias, se aprueba la "Guía para la Presentación de Fichas Técnicas de Actividades de Intervención Inmediata (AII) dirigida a los Organismos Proponentes'', conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral;
Que, a través de la Resolución Directoral Nº 128-2021-TP/DE, se aprueba la "Guía para la Presentación de Fichas Técnicas de Actividades de Intervención Inmediata (AII) dirigida a los Organismos Proponentes, en el caso de Emergencias por Desastres Naturales", conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 223-2021-EF , publicado en el diario oficial "El Peruano" el 6 de setiembre de 2021, "autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 298 787 897,00 (DOSCIENTOS
NOVENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS
OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y
SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para financiar actividades de intervención inmediata, proyectos de inversión, acciones de asistencia técnica y seguimiento; así como, los gastos operativos que contribuyan a la generación de empleo temporal a través del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas";
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 164-2021-TR, se aprueba la desagregación de los recursos autorizados mediante el Decreto Supremo Nº 223-2021-EF, Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, a través de la Resolución Directoral Nº 130-2021-TP/DE, modificada con Resolución Directoral Nº 185-2021-TP/DE, se aprueba la Directiva Nº 008-2021-TP/DE, denominada "Directiva sobre el procedimiento a seguir para el financiamiento de Actividades de Intervención Inmediata, en el marco de la modalidad de intervención 2: Por emergencias o desastres naturales, en atención al Decreto Supremo Nº 223-2021-EF";
Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 190-2021-TP/DE, se aprueba una convocatoria complementaria para el financiamiento de actividades de intervención inmediata en distritos focalizados y en distritos declarados en emergencia por desastres naturales, conforme al numeral 5.5 de la Directiva Nº 008-2021-TP/DE, denominada "Directiva sobre el procedimiento a seguir para el financiamiento de Actividades de Intervención Inmediata, en el marco de la modalidad de intervención 2: Por emergencias o desastres naturales, en atención al Decreto Supremo Nº 223-2021- EF", aprobada mediante la Resolución Directoral Nº 130-2021-TP/DE, y modificatoria;
Que, a través del artículo 3 de la Resolución Directoral Nº 190-2021-TP/DE, se aprueba el "Cronograma para las Actividades de Intervención Inmediata en distritos focalizados y en distritos declarados en emergencia por desastres naturales, en atención al Decreto Supremo Nº 223-2021-EF" - complementario - Primer grupo, conforme al Anexo Nº 02, que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; en el cual se establecen las respectivas actividades a desarrollar por parte de los organismos proponentes y el Programa, y sus plazos; en adelante el Cronograma;
Que, a través del artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 192-2021-TP/DE, se aprueba el Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-19, en el marco del Decreto Supremo Nº 223-2021-EF-Distritos Focalizados-Complementario-Primer Grupo, conforme al Anexo Nº 1 que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral, en cuyo contenido se observan cincuenta y nueve (59) actividades de intervención inmediata elegibles AII-19, con un aporte total del Programa ascendente a S/ 5 571 679,00 (Cinco Millones Quinientos Setenta y Un Mil Seiscientos Setenta y Nueve con 00/100 Soles) que podrían generar un estimado de 3 100 empleos temporales;
Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Directoral Nº 192-2021-TP/DE, se aprueba el Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles AII-20, en el marco del Decreto Supremo Nº 223-2021-EF-Distritos declarados en Emergencia por Desastres Naturales-Complementario-Primer Grupo, conforme al Anexo Nº 2 que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral, en cuyo contenido se observan siete (07) actividades de intervención inmediata elegibles AII-20, con un aporte total del Programa ascendente a S/ 544 461,00 (Quinientos Cuarenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Sesenta y Uno con 00/100 Soles) que podrían generar un estimado de 297 empleos temporales;
Que, a través del Informe Nº 278-2021-TP/DE/ UAPI-CFATEP, la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones remite la solicitud de Certificación de Crédito Presupuestal para las Actividades de Intervención Inmediata, Distritos Focalizados, en el marco del Decreto Supremo Nº 223-2021-EF - Complementario-Primer Grupo, para financiar la ejecución de noventa y nueve (99) Actividades de Intervención Inmediata, cuyo Aporte Total del Programa asciende a la suma de S/ 10 280
394,00 (Diez Millones Doscientos Ochenta Mil Trescientos Noventa y Cuatro con 00/100 Soles); asimismo, solicita la Certificación Presupuestal de siete (07) Actividades de Intervención Inmediata - Distritos declarados en Emergencia por Desastres Naturales-Complementario-Primer Grupo, cuyo Aporte Total del Programa asciende a la suma de S/ 800 000, 00 (Ochocientos Mil con 00/100
Soles), con la finalidad de iniciar el trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia financiera respectiva;
Que, con Informes Nº 02415-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP y Nº 02416-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP, la Unidad de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización informa sobre la aprobación de las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 2256 y Nº 2257, por los montos de S/ 10 280 394,00 (Diez Millones Doscientos Ochenta Mil Trescientos Noventa y Cuatro con 00/100 Soles) y S/ 800 000, 00 (Ochocientos Mil con 00/100 Soles), respectivamente, para financiar el Aporte Total del Programa de las ciento seis (106) actividades de intervención inmediata antes mencionadas;
Que, a través del Informe Nº 285-2021-TP/DE/ UAPI-CFATEP, la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones informa que, en cumplimiento al 8 NORMAS LEGALES Jueves 25 de noviembre de 2021
El Peruano / Cronograma de Actividades aprobado por el Programa, se suscribieron cincuenta y nueve (59) convenios respecto a la misma cantidad de actividades de intervención inmediata AII-19 - Distritos Focalizados - Complementario-Primer Grupo, en el marco del Decreto Supremo Nº 223-2021-EF, los cuales han sido remitidos por las Unidades Zonales de Amazonas, Apurímac, Huánuco, Huancavelica, Lima Norte-Callao y Tacna, siendo el aporte total del Programa el importe de S/ 5 571 679, 00 (Cinco Millones Quinientos Setenta y Un Mil Seiscientos Setenta y Nueve con 00/100 Soles), que podrían generar un estimado de 3 100 empleos temporales;
Que, asimismo, informa que se suscribieron siete (07)
convenios respecto a la misma cantidad de actividades de intervención inmediata AII-20 - Distritos declarados en Emergencia por Desastres Naturales-Complementario-Primer Grupo, en el marco del Decreto Supremo Nº 223-2021-EF, los cuales han sido remitidos por las Unidades Zonales de Huancavelica y San Martín, siendo el aporte total del Programa el importe de S/ 544 461,00 (Quinientos Cuarenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Sesenta y Uno con 00/100 Soles), que podrían generar un estimado de 297
empleos temporales;
Que, en ese sentido, la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones solicita se dé inicio al trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe las transferencias financieras a los organismos ejecutores que suscribieron cincuenta y nueve (59) convenios, por el importe total de S/ 5 571
679, 00 (Cinco Millones Quinientos Setenta y Un Mil Seiscientos Setenta y Nueve con 00/100 Soles), para la ejecución de actividades de intervención inmediata AII-19 - Distritos Focalizados - Complementario-Primer Grupo, en los departamentos de Amazonas (36), Apurímac (04), Huancavelica (03), Huánuco (07), Lima (02) y Tacna (07), con lo cual se estima generar 3 100 empleos temporales, en el marco del Decreto Supremo Nº 223-2021-EF; así como, para los organismos ejecutores que suscribieron siete (07) convenios, por el importe total de S/ 544 461,00 (Quinientos Cuarenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Sesenta y Uno con 00/100 Soles), para la ejecución de actividades de intervención inmediata AII-20 - Distritos declarados en Emergencia por Desastres Naturales-Complementario-Primer Grupo, en los departamentos de Huancavelica (05) y San Martín (02), con lo cual se estima generar 297 empleos temporales, en el marco del Decreto Supremo Nº 223-2021-EF;
Que, por su parte, la Unidad de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización, a través del Informe Nº 02437-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP, señala que se cuentan con las Certificaciones del Crédito Presupuestario Nº 2256 y Nº 2257, por los montos de S/ 10 280 394,00 (Diez Millones Doscientos Ochenta Mil Trescientos Noventa y Cuatro con 00/100 Soles)
y S/ 800 000, 00 (Ochocientos Mil con 00/100 Soles), para el financiamiento del Aporte Total de Programa de cincuenta y nueve (59) convenios suscritos con los organismos ejecutores, en el marco de la modalidad de Actividades de Intervención Inmediata AII-19-Distritos Focalizados - Complementario - Primer grupo, en atención al Decreto Supremo Nº 223-2021-EF, cuyo importe total asciende a S/ 5 571 679,00 (Cinco Millones Quinientos Setenta y Un Mil Seiscientos Setenta y Nueve con 00/100 Soles); y, de siete (07) convenios suscritos con los organismos ejecutores, en el marco de la modalidad de Actividades de Intervención Inmediata AII-20- Distritos declarados por Emergencia por Desastres Naturales - Complementario - Primer Grupo, en atención al Decreto Supremo Nº 223-2021-EF, cuyo importe total asciende a S/ 544 461,00 (Quinientos Cuarenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Sesenta y Uno con 00/100 Soles), para lo cual se requiere la emisión de la Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el literal c) del inciso 16.1 y el inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;
Que, mediante Informe Nº 431-2021-TP/DE/ UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa considera procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia financiera antes descrita; asimismo, con Oficio Nº 1321-2021-MTPE/3/24.1 de la Dirección Ejecutiva del Programa "Trabaja Perú", precisa que ha verificado el cumplimiento del cronograma, los procedimientos y actividades correspondientes para la aprobación de la transferencia financiera, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal vigente de la materia;
Que, asimismo, mediante Memorando Nº 0957-2021-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 0639-2021-MTPE/4/9.2, de la Oficina de Presupuesto que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria;
Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe Nº 0913-2021-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa "Trabaja Perú", de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal c) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y el literal d) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de cincuenta y nueve (59) convenios suscritos con el fin de ejecutar actividades de intervención inmediata AII-19 - Distritos Focalizados - Complementario - Primer Grupo, en atención al Decreto Supremo Nº 223-2021-EF, por el importe total de S/ 5 571 679,00 (Cinco Millones Quinientos Setenta y Un Mil Seiscientos Setenta y Nueve con 00/100 Soles), conforme al Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de siete (07) convenios suscritos con el fin de ejecutar actividades de intervención inmediata AII-20 - Distritos declarados por Emergencia por Desastres Naturales -
Complementario - Primer Grupo, en atención al Decreto Supremo Nº 223-2021-EF, por el importe total de S/ 544
461,00 (Quinientos Cuarenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Sesenta y Uno con 00/100 Soles), conforme al Anexo 2 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Disponer que los Anexos a que se refieren los artículos precedentes se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www. gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 230-2021-TR Aprueban transferencias financieras del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de diversos convenios suscritos
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 230-2021-TR
- Emitida por : Trabajo y Promocion del Empleo - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2021-11-25
- Fecha de aplicacion : 2021-11-26
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