12/17/2021

Extinción Grupo Trabajo Multisectorial RM 301-2021-PCM PCM

Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Disponen la extinción del Grupo de Trabajo Multisectorial de Coordinación para el Combate contra la Corrupción y Crimen Organizado RM 301-2021-PCM Lima, 15 de diciembre de 2021 VISTOS: El Memorando Nº D000688-2021-PCM-SGP y el Informe Nº D000295-2021-PCM-SSAP de la Secretaría de Gestión Pública; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros
Disponen la extinción del Grupo de Trabajo Multisectorial de Coordinación para el Combate contra la Corrupción y Crimen Organizado
RM 301-2021-PCM
Lima, 15 de diciembre de 2021
VISTOS:

El Memorando Nº D000688-2021-PCM-SGP y el Informe Nº D000295-2021-PCM-SSAP de la Secretaría de Gestión Pública;

CONSIDERANDO:



Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, el artículo 35 de Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los grupos de trabajo son creados para funciones diferentes a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes;

Que, según lo dispuesto en el numeral 13.7 del artículo 13 de la precitada Ley Nº 27658, en el marco del proceso de modernización, la Presidencia del Consejo de Ministros evalúa de oficio el funcionamiento de las comisiones y grupos de trabajo, a fin de determinar la necesidad de su continuidad, pudiendo extinguirlas por resolución ministerial;


Que, asimismo, el numeral 28.4 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Pública evalúa de oficio el funcionamiento de los grupos de trabajo a fin de determinar la necesidad de su continuidad, pudiendo extinguirse por resolución ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, con Decreto Supremo Nº 010-2012-PCM, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de Coordinación para el Combate contra la Corrupción y Crimen Organizado, de naturaleza permanente, con el objeto de establecer canales de coordinación interinstitucional y el diseño e implementación conjunta de planes de acción y operativos dirigidos a combatir los delitos de corrupción y criminalidad organizada, facilitando la identificación de redes de corrupción y de delincuencia organizada a través del intercambio de información y acciones conjuntas;

Que, a través del Oficio Nº 230-2021-JUS/VMDHAJ, el Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en su calidad de Presidente del citado Grupo de Trabajo, remite el Informe Nº 001-2021-JUS/PGE-GTMCCCO de la Secretaría Técnica de dicho órgano colegiado, en el cual, entre otros aspectos, recomienda someter a consideración de la Secretaría de Gestión Pública la evaluación de su funcionamiento a fin que determine su continuidad o extinción de oficio;

Que, mediante el Informe Nº D000295-2021-PCM-SSAP, la Secretaría de Gestión Pública, en el marco de su rol rector del Sistema Administrativo de Modernización, señala que el Grupo de Trabajo Multisectorial de Coordinación para el Combate contra la Corrupción y Crimen Organizado duplica funciones con la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, en materia de delitos de corrupción; y, con la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior en materia de criminalidad organizada; asimismo, refiere que dicho Grupo de Trabajo ha estado inactivo, razón por la cual no ha producido instrumentos relevantes;

Que, en ese sentido, la Secretaría de Gestión Pública considera viable la extinción del Grupo de Trabajo Multisectorial de Coordinación para el Combate contra la Corrupción y Crimen Organizado;

Con el visado de la Secretaría de Gestión Pública y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado;
y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Extinción del Grupo de Trabajo Dispóngase la extinción del Grupo de Trabajo Multisectorial de Coordinación para el Combate contra la Corrupción y Crimen Organizado, creado mediante Decreto Supremo Nº 010-2012-PCM.

Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe); y, en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www. gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILÍN
Presidenta del Consejo de Ministros

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 301-2021-PCM Disponen la extinción del Grupo de Trabajo Multisectorial de Coordinación para el Combate contra la Corrupción y Crimen Organizado
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 301-2021-PCM
  • Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-12-16
  • Fecha de aplicacion : 2021-12-17

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