12/01/2021

Reconforman Comisión Organizadora Universidad RV 323-2021-MINEDU Educacion

Poder Ejecutivo, Educacion Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional "José María Arguedas" RV 323-2021-MINEDU Lima, 30 de noviembre de 2021 VISTOS, el Expediente Nº DICOPRO2021-INT-0184991; el Informe Nº 00221-2021-MINEDU/ VMGP-DIGESU-DICOPRO de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria; el Oficio Nº 01286-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria;
Poder Ejecutivo, Educacion
Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional "José María Arguedas"
RV 323-2021-MINEDU
Lima, 30 de noviembre de 2021
VISTOS, el Expediente Nº DICOPRO2021-INT-0184991; el Informe Nº 00221-2021-MINEDU/ VMGP-DIGESU-DICOPRO de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria; el Oficio Nº 01286-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; el Informe Nº 01280-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 3 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial; está integrada por docentes, estudiantes y graduados, y precisa que las universidades son públicas o privadas, siendo las primeras, personas jurídicas de derecho público y las segundas, personas jurídicas de derecho privado;

Que, el artículo 8 de la Ley Nº 30220, dispone que el Estado reconoce la autonomía universitaria, siendo inherente a las universidades ejerciéndose de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se manifiesta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico;


Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220 establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos
y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;

Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, establecen, como funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, entre otras, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia;

Que, el literal g) del artículo 148 del referido Reglamento dispone como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DIGESU), la de proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación;

Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del mencionado Reglamento, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) tiene, entre otras funciones, la de proponer a los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable;

Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobado por Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3)
académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora;

Que, el numeral 6.1.2 del Acápite VI Disposiciones Específicas del citado Documento Normativo, establece que la selección y propuesta de los miembros para la conformación de la Comisión Organizadora está a cargo de la DICOPRO, que, en coordinación con la DIGESU, eleva una propuesta al Viceministerio de Gestión Pedagógica, para lo cual se desarrollan los siguientes procesos:

1) Proceso de convocatoria, selección y propuesta, comprendido por cuatro etapas: i) difusión y convocatoria de expresiones de interés, ii) evaluación de requisitos, iii) entrevista personal, y iv) propuesta de miembros de comisión organizadora; y, 2) Conformación, la misma que se efectúa mediante Resolución Viceministerial del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, luego que la DIGESU eleva la propuesta;

Que, mediante la Ley Nº 28372, se crea la Universidad Nacional "José María Arguedas" (en 4 NORMAS LEGALES Martes 30 de noviembre de 2021
El Peruano / adelante, la UNAJMA), como persona jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Andahuaylas, provincia del mismo nombre, departamento de Apurímac;

Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 090-2019- MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la UNAJMA quedando integrada de la siguiente manera: MANUEL ISAIAS
VERA HERRERA como Presidente, TIBURCIO RUFINO
SOLANO LEON como Vicepresidente Académico y GILBERT NILO RODRIGUEZ PAUCAR como Vicepresidente de Investigación;

Que, con Resolución Viceministerial Nº 099-2021-MINEDU se dispone aceptar la renuncia del señor GILBERT NILO RODRIGUEZ PAUCAR al cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora y se designa al señor RAUL MARINO
YARANGA CANO en el referido cargo;

Que, con Carta Nº 003-2021-CO-UNAJMA, los señores MANUEL ISAIAS VERA HERRERA, TIBURCIO RUFINO SOLANO LEON y RAUL MARINO
YARANGA CANO ponen a disposición sus cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNAJMA, respectivamente;

Que, mediante Carta S/N, de fecha 25 de noviembre de 2021, el señor MANUEL ISAIAS VERA HERRERA
presenta su renuncia irrevocable al cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la UNAJMA;

Que, con Carta S/N, de fecha 26 de noviembre de 2021, el señor TIBURCIO RUFINO SOLANO LEON presenta su renuncia irrevocable al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNAJMA;

Que, con Oficio Nº 01286-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite al Viceministerio de Gestión Pedagógica, el Informe Nº 00221-2021-MINEDU/ VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la DICOPRO, sustenta y propone la emisión de la resolución viceministerial que disponga: i) Aceptar la renuncia de los señores MANUEL ISAIAS VERA
HERRERA y TIBURCIO RUFINO SOLANO LEON a los cargos de Presidente y Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNAJMA, respectivamente; ii) Dar por concluida la designación del señor RAUL MARINO YARANGA CANO en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNAJMA; y, iii) Reconformar la Comisión Organizadora de la UNAJMA, designando a los señores LUIS ANTONIO LASTRA ESPINOZA, EDGAR CONDOR CAPCHA y JOSE ANTONIO
TIBURCIO MORENO en los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación, respectivamente;

Que, mediante Informe Nº 01280-2021-MINEDU/ SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente procedente la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado y solicitado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 28372, Ley de creación de la Universidad Nacional "José María Arguedas" en el departamento de Apurímac; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU que aprueba el Documento Normativo denominado "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución";

SE RESUELVE:



Artículo 1.- ACEPTAR la renuncia de los señores MANUEL ISAIAS VERA HERRERA y TIBURCIO
RUFINO SOLANO LEON a los cargos de Presidente y Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional "José María Arguedas", respectivamente, dándoles las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- DAR POR CONCLUIDA la designación del señor RAUL MARINO YARANGA CANO en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNAJMA, dándosele las gracias por los servicios prestados Artículo 3.- RECONFORMAR la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional "José María Arguedas", la misma que estará integrada por:
- LUIS ANTONIO LASTRA ESPINOZA, Presidente;
- EDGAR CONDOR CAPCHA, Vicepresidente Académico; y - JOSE ANTONIO TIBURCIO MORENO, Vicepresidente de Investigación.

Artículo 4.- DISPONER que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional "José María Arguedas", remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendarios contados a partir de la vigencia de la presente resolución, copias de los informes de transferencia de gestión, de entrega de cargo y un informe sobre el estado situacional de dicha casa superior de estudios, conforme a lo previsto en los literales a), b) y e) del numeral 6.1.9 de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobada por la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU.

Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese
NELLY LUZ PALOMINO PACCHIONI
Viceministra de Gestión Pedagógica

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RV 323-2021-MINEDU Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional "José María Arguedas"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
  • Numero : 323-2021-MINEDU
  • Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-11-30
  • Fecha de aplicacion : 2021-12-01

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.