1/13/2022
6 Normas Legales Miércoles 12 Enero 2022 El RM 0024-2022-IN Interior
Poder Ejecutivo, Interior 6 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de enero de 2022 El Peruano / Modifican la R.M. Nº 0001-2022-IN en cuanto a lo referente a las facultades delegadas a la Secretaría General del Ministerio del Interior en materia de contrataciones del Estado en las Unidades Ejecutoras no policiales RM 0024-2022-IN Lima, 11 de enero de 2022 VISTOS, el Proveído Nº 001361-2022/IN_SG de la Secretaría General, y la Hoja de Elevación Nº 000021-2022/IN/OGAJ
6 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de enero de 2022 El Peruano / Modifican la R.M. Nº 0001-2022-IN en cuanto a lo referente a las facultades delegadas a la Secretaría General del Ministerio del Interior en materia de contrataciones del Estado en las Unidades Ejecutoras no policiales
RM 0024-2022-IN
Lima, 11 de enero de 2022
VISTOS, el Proveído Nº 001361-2022/IN_SG de la Secretaría General, y la Hoja de Elevación Nº 000021-2022/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se definen las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, precisando en el último párrafo de su artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, el artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, concordado con el artículo 7 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, establece que el Ministro del Interior es la más alta autoridad política del Sector y es el Titular del Pliego presupuestal, siendo responsable de su conducción;
Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que las entidades pueden delegar la competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad;
Que, de acuerdo a los artículos 11 y 12 del Decreto Legislativo Nº 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, el Sistema Nacional de Abastecimiento comprende, entre otros, la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras, que tiene por finalidad la determinación de los costos de bienes, servicios y obras necesarios, para el funcionamiento y mantenimiento de las entidades del Sector Público, así como para el mantenimiento de los activos generados por la inversión pública;
Que, el numeral 1 del artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 217-2019-EF, señala que la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras se desarrolla considerando el Planeamiento Integrado y su respectiva Programación, por un periodo mínimo de tres (3) años, para lograr la previsión racional y trazabilidad de los bienes, servicios y obras que requieren las Entidades, a fin de identificarlos debidamente, valorizarlos y contar con información integral de los mismos;
Que, asimismo, el numeral 10.1 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1439, establece que el producto final de la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras es el Cuadro Multianual de Necesidades;
Que, a través de la Resolución Directoral Nº 0014-2021-EF/54.01, se aprueba la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01, "Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras", cuyo objeto es establecer disposiciones para que la Entidad del Sector Público u organización de la entidad programe sus necesidades de bienes, servicios y obras, por un periodo mínimo de tres (3) años, con la finalidad de lograr la previsión racional y trazabilidad de los bienes, servicios y obras que requieren para el cumplimiento de sus metas y objetivos estratégicos y operativos;
Que, el numeral 24.2 del artículo 24 de la citada Directiva, señala que el Cuadro Multianual de Necesidades es aprobado por el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad, dentro de los quince (15)
días hábiles siguientes a la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura, siendo que la citada aprobación se da mediante la suscripción del Anexo Nº 04 de la Directiva. Asimismo, el numeral 24.3 del referido artículo establece que su publicación se realiza en la sede digital de la Entidad del Sector Público u organización de la entidad, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación;
Que, el numeral 27.3 del artículo 27 de la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01, dispone que las modificaciones al Cuadro Multianual de Necesidades son aprobadas por el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad; la aprobación se realiza el último día hábil de la semana, a través de la suscripción del Anexo Nº 06 de la Directiva;
Que, con Resolución Ministerial Nº 0001-2022-IN, se delega en la Secretaría General facultades y atribuciones en materia de contrataciones del Estado en las Unidades Ejecutoras no policiales, entre otras, que no son privativas de la función del Ministro del Interior;
Que, a fin de agilizar el trámite y hacer más expeditivas las gestiones administrativas, resulta pertinente modificar la Resolución Ministerial Nº 0001-2022-IN, en cuanto a las facultades delegadas a la Secretaría General del Ministerio del Interior en materia de contrataciones del Estado en las Unidades Ejecutoras no policiales, a efectos de incorporar la facultad de suscribir los Anexos Nos. 04 y 06, Cuadro Multianual de Necesidades (para aprobación y publicación), y Aprobación de Modificaciones al Cuadro Multianual de Necesidades, respectivamente, de la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración;
Con el visado de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la normativa expuesta en los considerandos precedentes; y, con el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Modificar el numeral 1.4 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0001-2022-IN, el cual queda redactado de la siguiente manera:
"(...)
Artículo 1. DELEGACIÓN DE FACULTADES EN
LA SECRETARÍA GENERAL DEL MINISTERIO DEL
INTERIOR: (...)
1.4 En materia de contrataciones del Estado en las Unidades Ejecutoras no policiales: (...)
c) Suscribir los Anexos Nos. 04 y 06, Cuadro Multianual de Necesidades (para aprobación y publicación) y Aprobación de Modificaciones al Cuadro Multianual de Necesidades, respectivamente, de la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración."
Artículo 2. Los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 0001-2022-IN quedan subsistentes y mantienen plena vigencia.
Artículo 3. Encargar a la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental la notificación de la presente Resolución Ministerial a la Secretaría General del Ministerio del Interior, para los fines pertinentes.
Artículo 4. La Secretaría General del Ministerio del Interior deberá informar al Titular de la Entidad sobre las actividades realizadas en el marco de la presente delegación de facultades.
Artículo 5. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio del
Interior (www.gob.pe/mininter), en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AVELINO TRIFÓN GUILLÉN JÁUREGUI
Ministro del Interior
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0024-2022-IN 6 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de enero de 2022 El Peruano / Modifican la R.M. Nº 0001-2022-IN en cuanto a lo referente a las facultades delegadas a la Secretaría General del Ministerio del Interior en materia de contrataciones del Estado en las Unidades Ejecutoras no policiales
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0024-2022-IN
- Emitida por : Interior - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-01-12
- Fecha de aplicacion : 2022-01-13
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