1/15/2022

Delegan Funciones Jefe Gerente General Instituto RCD 001-2022-INIA

Poder Ejecutivo, Delegan funciones en el Jefe y el Gerente General del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, durante el Ejercicio Fiscal 2022 INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RCD 001-2022-INIA Lima, 13 de enero de 2022 VISTO: El Informe Nº 001-2022-MIDAGRI-INIA-GG-OPP de fecha 7 de enero de 2022 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 006- 2022-MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de fecha 10 de enero de 2022, de la Oficina de Asesoría Jurídica;
Poder Ejecutivo,
Delegan funciones en el Jefe y el Gerente General del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, durante el Ejercicio Fiscal 2022 INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA
RCD 001-2022-INIA
Lima, 13 de enero de 2022
VISTO: El Informe Nº 001-2022-MIDAGRI-INIA-GG-OPP de fecha 7 de enero de 2022 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 006- 2022-MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de fecha 10 de enero de 2022, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el numeral 76.1 del artículo 76 del Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo que exista una delegación respecto de la función encargada;

Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, señala que las entidades pueden delegar su competencia de un órgano a otroal interior de una misma entidad; en tal sentido, el artículo 85 de la norma antes citada contempla la desconcentración a través de la cual la titularidad y el ejercicio decompetencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganosde la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la referida Ley;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modificatorias, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, en adelante Lineamientos, el cual establece en su numeral 45.1 del artículo 45 que, el ROF de las entidades del Poder Ejecutivo se aprueba por Decreto Supremo y se estructura de acuerdo a lo dispuesto en la sección primera del artículo 44. La organización interna de sus órganos y el despliegue de sus funciones, que comprende del tercer nivel organizacional en adelante, se estructura conforme la segunda sección del artículo 44 y se aprueba por resolución del titular de la Entidad. El decreto supremo antes referido rige a partir de la entrada en vigencia de la resolución del titular de la entidad;

Que, el numeral 55.2 del artículo 55 de los Lineamientos prescribe que el Manual de Operaciones, se aprueba según corresponda, por resolución ministerial
EDICIÓN EXTRAORDINARIA
R.D. Nº D000007-2022-PENSION65-DE.- Delegan funciones al Jefe/a de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", para el año fiscal 2022 5
R.M. Nº 020-2022-MTC/01.- Designan Director de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes 7
R.M. Nº 022-2022-MTC/01.- Designan Directora de la Oficina de Articulación Intergubernamental de la Oficina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto 7
2 NORMAS LEGALES Viernes 14 de enero de 2022
El Peruano / o por resolución del titular de un organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo;

Que, por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD de fecha 02 de junio de 2017, y modificatorias, se aprueba la "Guíapara el Planeamiento Institucional", en adelante la Guía, que establece las pautas para el planeamiento institucional, comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua. Su contenido y modificatorias son aplicables para las entidades que integran el SINAPLAN
en los tres niveles de gobierno;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 5.7 del artículo 5 de la Guía,el Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad;
asimismo, el numeral 6.2 del artículo 6, señala que el POI Multianual es aprobado antes de la Programación Multianual de presupuesto de la entidad, en consecuencia, el Titular de la entidad (paralos tres niveles de gobierno)
aprueba el POI Multianual hasta el 30 de abril y se realiza a través del aplicativo CEPLAN V.01 y la utilización de la firma digital del Titular;

Que, por otro lado, el numeral 47.2. del artículo 47 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, prescribe que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional y programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresar, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con personería jurídica de derecho público. Tiene competencia de alcance nacional y constituye un Pliego Presupuestal;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2014-MINAGRI modificado por Decreto Supremo Nº 004-2018-MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del INIA, estableciéndose su estructura orgánica y determinándose las funciones generales y específicas de los órganos que la conforman;

Que, el artículo 6-A del referido dispositivo legal, dispone que Consejo Directivo es el órgano de máxima jerarquía institucional del INIA, encargado de aprobar las políticas institucionales. El Consejo Directivo sesiona, en forma ordinaria, por lo menos una vez al mes y extraordinariamente según determine el Presidente del mismoo la mayoría de sus miembros. El Presidente del Consejo Directivo convocará a las sesiones con una antelación de tres (03) días hábiles, salvo sesiones de urgencia o periódicas en fecha fija en las que se podrá obviar el plazo antes señalado. El quórum de asistencia a las sesiones se configura cuando se verifique la asistencia de tres (03) miembros del Consejo Directivo, siendo adoptados los acuerdos por mayoría de los miembros asistentes;

Que, asimismo, el artículo 6-C del ROF del INIA, prescribe como funciones del Consejo Directo, entre otras, la de aprobar el Plan Estratégico Institucional, el Plan Operativo, el Presupuesto Institucional de apertura y sus modificaciones presupuestarias e instrumentos de gestión institucional, de conformidad a lanormatividad vigente;

Que, en virtud a la normativa y la organización interna de la entidad, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe Nº 001-2022- MIDAGRI-INIA-GG-OPP, propone que el Consejo Directivo efectúe las delegación de los instrumentos descritos en el artículo 6-C del ROF a la Jefatura y la Gerencia General;

Que, con Informe Nº 0006-2022-MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de fecha 10 de enero de 2022, la Oficina de Asesoría Jurídica, opina que jurídicamente resulta viable la propuesta sobre la delegación de funciones en los siguientes funcionarios: i) en el(la) Jefe(a) del INIA, a efectos de aprobar y/o modificar el Plan Estratégico Institucional, el Plan Operativo Multianual Institucional, conforme a la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033- 2017/CEPLAN/PCD y modificatorias, que aprueba la Guía de Planeamiento Institucional, así como los instrumentos de gestión;
y ii) en el (la) Gerente(a) General del INIA, a efectos de aprobar, modificar, o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático a que se refiere el artículo 47 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

Que, asimismo, dicho órgano de asesoramiento, señala que una vez aprobada la propuesta de delegación por parte del Consejo Directivo, ésta debe formalizarse a través del acto administrativo correspondiente a cargo de la Presidencia, conforme lo establece el literal e) del artículo 14 del Reglamento del Consejo Directivo, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 0002- 2021-INIA;

Que, mediante Acta Nº 001-2022/CD-INIA de fecha 11 de enero de 2022, se realizó la Primera Sesión del año 2022 del Consejo Directivo del INIA, cuyos miembros llegaron a los siguientes acuerdos:
"i) Delegar las siguientes funciones para el periodo fiscal 2022: a) En el/la Jefe/a del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, la función modificar el Plan Estratégico y el Plan Operativo Multianual Institucional y aprobarlos, así como los instrumentos de gestión institucional, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de la materia; b) En el/la Gerente/a General del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, delegar la función de la función de aprobar, modificar, o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de la materia; ii) Las actuaciones que se emitan en virtud de la delegación conferida deben ser informadas al Consejo Directivo;
y, iii) Encargar a la Secretaría Técnica la elaboración de la Resolución del Consejo Directivo para la formalización del acuerdo adoptado en la presente Acta;

Estando a lo acordado en la Primera Sesión del año 2022 del Consejo Directivo, con los vistos de la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010- 2014-MINAGRI y modificado por Decreto Supremo Nº 004-2018-MINAGRI;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo, contenido en el Acta Nº 001-2022/CD-INIA de fecha 11 de enero de 2022, que aprueba delegar las siguientes funciones:
• En el (la) Jefe(a) del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, la función de modificar el Plan Estratégico y el Plan Operativo Multianual Institucional y aprobarlos, así como los instrumentos de gestión institucional, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de la materia.
• En el (la) Gerente(a) General del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, la función de aprobar, modificar, o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de la materia.

Artículo 2.- La delegación formalizada en la presente Resolución es indelegable y comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver dentro de las limitaciones establecidas por Ley; sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto.

Artículo 3.- Los funcionarios delegados deberán informar al Consejo Directivo del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, respecto de los actos que emita como producto de la presente Resolución.

Artículo 4.- La delegación formalizada mediante la presente Resolución regirá a partir de su emisión y tendrá vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2022.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la entidad (www. gob.pe/inia), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN RODO ALTAMIRANO QUISPE
Presidente del Consejo Directivo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RCD 001-2022-INIA Delegan funciones en el Jefe y el Gerente General del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, durante el Ejercicio Fiscal 2022 INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
  • Numero : 001-2022-INIA
  • Emitida por : - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-01-14
  • Fecha de aplicacion : 2022-01-15

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