2/16/2022

Normas Reglamentarias Metodología Distribución DS 017-2022-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Modifican Normas Reglamentarias y Metodología de Distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR) DS 017-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 5 del artículo 193 de la Constitución Política del Perú dispone que los recursos asignados del Fondo de Compensación Regional son bienes y rentas de los Gobiernos Regionales y tienen carácter redistributivo, conforme a Ley; Que, mediante la
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Modifican Normas Reglamentarias y Metodología de Distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR)
DS 017-2022-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, el numeral 5 del artículo 193 de la Constitución Política del Perú dispone que los recursos asignados del Fondo de Compensación Regional son bienes y rentas de los Gobiernos Regionales y tienen carácter redistributivo, conforme a Ley;

Que, mediante la Ley Nº 31069, Ley que fortalece los ingresos y las inversiones de los Gobiernos Regionales a través del Fondo de Compensación Regional (FONCOR), se establece la constitución, distribución, exclusiones y usos del Fondo de Compensación Regional (FONCOR);
asimismo, se dispone su implementación gradual a partir del año fiscal 2022;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 084-2021-EF
se aprueban normas reglamentarias y metodología de distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR), incluyendo su Anexo "Metodología de Cálculo de los índices de distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR)";

Que, mediante el literal a del numeral 5.2 del artículo 5 de las Normas Reglamentarias y Metodología de Distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR), aprobadas por el Decreto Supremo Nº 084-2021-EF, se señala que para el Cálculo de la Capacidad Fiscal Regional se utiliza la información detallada en el numeral 4 del Anexo del mencionado Decreto Supremo;

por lo que, resulta necesario precisar que, para la determinación de la Capacidad Fiscal, en el caso del canon no incluye lo entregado a las Universidades Públicas, en el marco de lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley Nº 27506, Ley de Canon;

Que, mediante el numeral 6.1 del artículo 6 de las Normas Reglamentarias y Metodología de Distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR), aprobadas por el Decreto Supremo Nº 084-2021-EF, se señala que los índices de distribución del FONCOR son elaborados por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, se aprueban mediante Resolución Ministerial y se publican hasta el 15 de febrero de cada año, plazo que está próximo a vencer; por lo que, resulta necesario ampliar el plazo de manera excepcional para el año fiscal 2022
en atención a lo señalado en el considerando precedente;

De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31069, Ley que fortalece los ingresos y las inversiones de los Gobiernos Regionales a través del Fondo de Compensación Regional (FONCOR);

DECRETA:



Artículo 1. Modificación del literal a del numeral 5.2 del artículo 5 de las Normas Reglamentarias y Metodología de Distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR), aprobadas por el Decreto Supremo Nº 084-2021-EF
Modifícase el literal a del numeral 5.2 del artículo 5 de las Normas Reglamentarias y Metodología de Distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR), aprobadas por el Decreto Supremo Nº 084-2021-EF, el cual queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 5.- De la información para el cálculo del índice de distribución del FONCOR (...)
5.2. La información fiscal y presupuestal correspondiente a cada Gobierno Regional se encuentra en el MEF.
a. Para el cálculo de la Capacidad Fiscal Regional se utiliza la información detallada en el numeral 4 del Anexo que corresponde a los recursos transferidos en los cuatro años fiscales anteriores, así como, la información sobre las participaciones de eliminación de exoneraciones tributarias. En el caso del canon no incluye lo entregado a las Universidades Públicas, en el marco de lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley 27506, Ley de Canon. Dicha información deberá ser proporcionada por la Dirección General del Tesoro Público del MEF, en el mes de enero de cada año. (...)"
Artículo 2. Plazo excepcional para la publicación de los índices de distribución establecidos en el numeral 6.1 del artículo 6 de las Normas Reglamentarias y Metodología de Distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR), aprobadas por el Decreto Supremo Nº 084-2021-EF
De manera excepcional y únicamente para el ejercicio
2022, dispóngase que la publicación de los índices de distribución del FONCOR establecida en el numeral 6.1 del artículo 6 de las Normas Reglamentarias y Metodología de Distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR), aprobadas por el Decreto Supremo Nº 084-2021-EF, se efectúa hasta el 28 de febrero de 2022.

Artículo 3. Publicación Dispónese la publicación del presente Decreto Supremo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe); y, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef)
el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de febrero del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ
Presidente del Consejo de Ministros
OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI
Ministro de Economía y Finanzas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 017-2022-EF Modifican Normas Reglamentarias y Metodología de Distribución del Fondo de Compensación Regional (FONCOR)
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 017-2022-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-02-15
  • Fecha de aplicacion : 2022-02-16

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