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Programa Multianual Inversiones (pmi) Sector RM 034-2022-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
2/27/2022
Programa Multianual Inversiones (pmi) Sector RM 034-2022-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Comercio Exterior y Turismo para el periodo 2023 - RM 034-2022-MINCETUR Lima, 24 de febrero de 2022 Visto, el Memorándum Nº 177-2022-MINCETUR/ SG/OGPPD, de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y el Informe Nº 0019-2022-MINCETUR/ SG/OGPPD/OCTIP , de la Oficina de Cooperación Técnica e
Aprueban el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Comercio Exterior y Turismo para el periodo 2023 -
RM 034-2022-MINCETUR
Lima, 24 de febrero de 2022
Visto, el Memorándum Nº 177-2022-MINCETUR/ SG/OGPPD, de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y el Informe Nº 0019-2022-MINCETUR/ SG/OGPPD/OCTIP , de la Oficina de Cooperación Técnica e Inversión Pública de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 242-2018-EF, en adelante el TUO del Decreto Legislativo Nº 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país y derogar la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública;
Que, el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1252, establece como una de las Fases del Ciclo de Inversión a la Programación Multianual de Inversiones, la cual consiste en un proceso de coordinación y articulación interinstitucional e intergubernamental, de proyección trianual, como mínimo, tomando en cuenta los fondos públicos destinados a la inversión proyectados en el Marco Macroeconómico Multianual, el cual está a cargo, entre otros, de los Sectores;
Que, los numerales 5.1 y 5.3 del artículo 5 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1252, dispone que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía
y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; asimismo, establece que el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local, en su calidad de Órgano Resolutivo, presenta al Ministerio de Economía y Finanzas el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, Regional o Local según corresponda, conforme a lo establecido en la Directiva correspondiente a la Programación Multianual, y lo aprueba conforme a los procedimientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, establecido en el Reglamento y sus normas complementarias;
Que, el numeral 13 del artículo 3 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 179-2020-EF, en adelante el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, establece que el Programa Multianual de Inversiones contiene el diagnóstico de la situación de las brechas de infraestructura y/o de acceso a servicios, los criterios de priorización y la cartera de inversiones bajo la responsabilidad funcional de un Sector; o a cargo de un Gobierno Regional, Gobierno Local o empresa pública bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, incluido el Seguro Social de Salud - ESSALUD;
Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, señala que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector. Asimismo, en el inciso 1. del numeral 9.3 del citado artículo, dispone que es función del Órgano Resolutivo, aprobar el Programa Multianual de Inversiones del Sector, así como las modificaciones de los objetivos priorizados, metas e indicadores establecidos en el Programa Multianual de Inversiones;
Que, el numeral 10.1 y el inciso 1. del numeral 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252
establece que, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector es el órgano del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones responsable de la fase de Programación Multianual de Inversiones del Ciclo de Inversión en el ámbito de la responsabilidad funcional del Sector; teniendo, entre otras funciones, la de elaborar el Programa Multianual de Inversiones del Sector, en coordinación con las Unidades Formuladoras y Unidades Ejecutoras de Inversiones respectivas, así como con los órganos que desarrollan las funciones de planeamiento estratégico y presupuesto y con las entidades y empresas públicas agrupadas al Sector;
Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252 dispone que la fase de Programación Multianual de Inversiones se realiza con una proyección trianual, como mínimo, contado desde el año siguiente a aquel en el que se efectúa la programación;
Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada con Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01 y modificatorias, establece que el Programa Multianual de Inversiones sectorial, regional y local es aprobado mediante la resolución o acto correspondiente por el Ministro, Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector, el Gobernador Regional y por el Alcalde, respectivamente;
Que, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, como órgano encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Comercio Exterior y Turismo, remite el Informe Nº 0019-2022-MINCETUR/SG/OGPPD/ OCTIP , que sustenta y propone el Programa Multianual de Inversiones del Sector Comercio Exterior y Turismo para el periodo 2023 - 2025, que contiene: (a) Los Indicadores de brechas de infraestructura o de acceso a los servicios de responsabilidad funcional del Sector Comercio Exterior y Turismo; (b) El Diagnóstico de la situación actual de las brechas de infraestructura o de acceso a los servicios de responsabilidad funcional del Sector Comercio Exterior y Turismo; (c) Los Criterios de Priorización de Inversiones del Sector Comercio Exterior y Turismo; y (d) La Cartera de Inversiones del Sector Comercio Exterior y Turismo;
Que, en el marco de las normas antes señaladas y teniendo en consideración la propuesta formulada por la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, en su calidad de Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector, es necesario expedir la Resolución Ministerial que aprueba el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Comercio Exterior y Turismo, para el periodo 2023 - 2025;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y modificatorias; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 242-2018-EF; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF; y la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01 y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Comercio Exterior y Turismo para el periodo 2023 - 2025, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 034-2022-MINCETUR Aprueban el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector Comercio Exterior y Turismo para el periodo 2023 -
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 034-2022-MINCETUR
- Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-02-26
- Fecha de aplicacion : 2022-02-27
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