3/03/2022

Directiva 001 2022 pcm/sip lineamientos Asegurar RSIP PCM

Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Aprueban la Directiva Nº 001-2022-PCM/SIP "Lineamientos para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades a través del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas Oficiales" RSIP 001-2022-PCM/SIP Lima, 25 de febrero de 2022 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley Nº 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública, establece
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros
Aprueban la Directiva Nº 001-2022-PCM/SIP "Lineamientos para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades a través del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas Oficiales"
RSIP 001-2022-PCM/SIP
Lima, 25 de febrero de 2022

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 1 de la Ley Nº 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública, establece que esta tiene por objeto regular la gestión de intereses en el ámbito de la administración pública, entendida como una actividad lícita de promoción de intereses legítimos propios o de terceros, sea de carácter individual, sectorial o institucional en el proceso de toma de decisiones públicas, con la finalidad de asegurar la transparencia en las acciones del Estado;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 120-2019-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública, en cuyo numeral 2.2 del artículo 2, se establece que la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su rol rector de la implementación de la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, adopta las medidas necesarias para garantizar la adecuada implementación de la Ley y el referido Reglamento, así como para interpretar sus alcances y brindar asesoría técnica sobre la misma, entre otras acciones que estén dentro del ámbito de sus competencias;


Que, según lo dispuesto en el numeral 3.9 del artículo 3 del referido Reglamento, el Registro de Visitas en Línea es la plataforma en donde se registra y publica información, en tiempo real, de las visitas que reciben los funcionarios y servidores del Estado, así como los actos de gestión de intereses que atienden los funcionarios con capacidad de decisión, con el fin de fomentar la integridad y transparencia de su actuación en el cumplimiento de sus funciones;

Que, asimismo, el numeral 3.10 del artículo 3 del referido Reglamento establece que el Registro de Agendas Oficiales es la plataforma en la que se registra y publica información sobre las actividades oficiales que realizan los funcionarios de la alta dirección y en donde se anotan los actos de gestión de intereses que atienden fuera de la sede institucional los funcionarios con capacidad de decisión;

Que, en ese sentido, la Segunda Disposición Complementaria Final de la acotada norma, señala que la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros emite los lineamientos necesarios para garantizar la implementación de la Ley y su Reglamento;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 180-2021-PCM
se aprueba la Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción, estableciendo como una de las medidas prioritarias a implementar en el año 2022 el Registro Estándar de Visitas en Línea;

Que, resulta necesario emitir lineamientos para asegurar la implementación del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas Oficiales en todas las entidades de la administración pública; así como, su correcto uso y funcionamiento para asegurar la integridad y transparencia de las gestiones de intereses y otras actividades;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública; y el Reglamento de la Ley Nº 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 120-2019-PCM;

SE RESUELVE:



Artículo 1. Aprobación de directiva Apruébase la Directiva Nº 001-2022-PCM/SIP
"Lineamientos para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades a través del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas Oficiales" que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/ pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELOY ALBERTO MUNIVE PARIONA
Secretario de Integridad Pública

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RSIP 001-2022-PCM/SIP Aprueban la Directiva Nº 001-2022-PCM/SIP "Lineamientos para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades a través del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas Oficiales"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE INTEGRIDAD PÚBLICA
  • Numero : 001-2022-PCM/SIP
  • Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-03-02
  • Fecha de aplicacion : 2022-03-03

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