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Reglamento Operativo programa Innovación RM 00099-2022-PRODUCE Produce
3/21/2022
Reglamento Operativo programa Innovación RM 00099-2022-PRODUCE Produce
Poder Ejecutivo, Produce Aprueban el Reglamento Operativo del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento", y dictan diversas disposiciones RM 00099-2022-PRODUCE Lima, 16 de marzo de 2022 VISTOS: El Memorando Nº 124-2022-PRODUCE/ DGITDF de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización, el Informe Nº 0014-2022-PRODUCE/DIN-sandrade de la Dirección de Innovación, el Memorando Nº 315-2022-PRODUCE/DGPAR
Aprueban el Reglamento Operativo del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento", y dictan diversas disposiciones
RM 00099-2022-PRODUCE
Lima, 16 de marzo de 2022
VISTOS:
El Memorando Nº 124-2022-PRODUCE/ DGITDF de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización, el Informe Nº 0014-2022-PRODUCE/DIN-sandrade de la Dirección de Innovación, el Memorando Nº 315-2022-PRODUCE/DGPAR y el Informe Nº 15-2022-PRODUCE/DN-jyovera de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, el Memorando Nº 00000236-2022-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe Nº 00000067-2022-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 00000047-2022-PRODUCE/OP de la Oficina de Presupuesto de la OGPPM, y el Informe Nº 000000216-2022-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 055-2021 del 24 de junio de 2021, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, la concertación de operaciones de endeudamiento con organismos internacionales para financiar parcialmente el "Programa de Innovación, Modernización T ecnológica y Emprendimiento". Asimismo, autoriza al Ministerio de la Producción - PRODUCE a constituir un fideicomiso en la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, destinado a canalizar los recursos correspondientes al "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento";
Que, los artículos 1 y 3 del Decreto Supremo Nº190-2021-EF del 22 de julio de 2021, aprueban la operación de endeudamiento externo entre la República de Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo, destinada a financiar parcialmente el "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento" y disponen que la Unidad Ejecutora es el Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE;
Que, el Contrato de Préstamo Nº 5287/0C-PE, suscrito el 23 de julio de 2021, entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, establece los términos y condiciones en el que se otorga el préstamo para financiar el "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento";
Que, la cláusula 3.01 de las Estipulaciones Especiales del referido Contrato de Préstamo, establece que, para que el Banco Interamericano de Desarrollo realice el primer desembolso se debe cumplir, entre otras, con las siguientes condiciones previas: i) que el Prestatario (MEF) a través del Organismo Ejecutor (PRODUCE) haya presentado evidencia de la aprobación del Reglamento Operativo del Programa, de conformidad con los términos previamente acordados por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID; y, ii) que el Prestatario (MEF), a través del Organismo Ejecutor (PRODUCE) haya presentado evidencia del contrato de fideicomiso firmado entre PRODUCE y COFIDE, de conformidad con los términos previamente acordados por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID;
Que, el Reglamento Operativo del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento" es un instrumento de gestión que contiene los lineamientos básicos para la planificación, gestión estratégica, ejecución, seguimiento y evaluación del Programa y, por lo tanto, rige su operatividad;
Que, mediante documento Nº 379/2022, el Banco Interamericano de Desarrollo - BID otorga su no objeción a la propuesta de Reglamento Operativo del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento";
Que, en los numerales 3.8 al 3.14 del Informe Nº 0014-2022-PRODUCE/DIN-sandrade de la Dirección de Innovación, se indica que la conformación del Consejo Directivo y el perfil del/la Coordinador(a) Ejecutivo(a) (CE) del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento" son idénticos a los señalados para el Consejo Directivo y para el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo T ecnológico e Innovación - PROINNOVATE, conforme a ello y a fin de no duplicar instancias de decisión, resulta adecuado, que se indique en la Resolución Ministerial que apruebe el Reglamento Operativo del Programa que, el Consejo Directivo y el/la Coordinadora Ejecutivo/a del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento" es el mismo que el Consejo Directivo y Director Ejecutivo de PROINNOVATE, respectivamente;
Que, en mérito al marco normativo antes señalado, resulta necesario aprobar el Reglamento Operativo del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento", a fin de establecer los lineamientos básicos para la planificación y gestión del Programa;
Con el visto bueno del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; la Secretaría General; la Oficina General de Asesoría Jurídica; la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización; la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio;
y, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización.
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias;
el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y su modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Reglamento Operativo del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento"
Apruébese el Reglamento Operativo del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento", el cual consta de nueve (09) capítulos y tres (03) anexos, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Modificación del Reglamento Operativo del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento"
Autorícese al Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE a modificar los Capítulos VI al IX del Reglamento Operativo del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento", mediante resolución emitida por la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, previo acuerdo de su Consejo Directivo y No Objeción del BID.
Artículo 3.- Consejo Directivo y Coordinador(a)
Ejecutivo(a) del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento"
3.1. Precísese que el Consejo Directivo del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento"
es el Consejo Directivo del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE.
3.2. Precísese que el/la Coordinador(a) Ejecutivo(a) del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento" es el/la Director(a) Ejecutivo(a) del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE.
Artículo 4.- Delegación y autorización para suscribir el contrato de fideicomiso del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento"
Deléguese al/a la Director/a General de la Oficina de Administración del Ministerio de la Producción la facultad de suscribir el Contrato de Fideicomiso del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento"
con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, así como cualquier otro documento conexo o complementario que permita su ejecución.
Artículo 5.- Designación y autorización para solicitar los desembolsos del Préstamo y en otros actos relacionados con la gestión financiera del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento"
5.1. Desígnese y autorícese a los funcionarios responsables de solicitar los desembolsos del Préstamo y en otros actos relacionados con la gestión financiera del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento", de acuerdo al siguiente detalle:
TITULARES:
- Director General de la Oficina de Administración del Ministerio de la Producción - Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE
ALTERNOS:
- Director/a General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción 16 NORMAS LEGALES Domingo 20 de marzo de 2022
El Peruano / - Director/a de la Oficina de Presupuesto del Ministerio de la Producción - Jefe(a) de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación -
PROINNOVATE
- Jefe(a) de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación -
PROINNOVATE
5.2 La solicitud de desembolso y cualquier otro acto relacionado con la gestión financiera del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento", se realiza de forma conjunta por un representante, titular o alterno, del Ministerio de la Producción y por un representante, titular o alterno, del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE.
Artículo 6.- Informe Semestral Disponer que el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación -
PROINNOVATE envíe semestralmente, dentro de los 60
días calendario siguientes al término de cada semestre, al Titular del Ministerio de la Producción un informe que contenga un resumen ejecutivo del periodo reportado conteniendo la información financiera, logros alcanzados, identificación de problemas, desafíos, medidas correctivas y avance de la Matriz de Resultados (MR), del Plan de Monitoreo y Evaluación (PME), y del Plan Operativo Anual (POA); las acciones principales para el siguiente periodo;
y las actuaciones realizadas en virtud a la designación establecida en el artículo 5 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 7.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano y el Reglamento Operativo del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento" en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS PRADO PALOMINO
Ministro de la Producción
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 00099-2022-PRODUCE Aprueban el Reglamento Operativo del "Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento", y dictan diversas disposiciones
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 00099-2022-PRODUCE
- Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-03-20
- Fecha de aplicacion : 2022-03-21
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