3/04/2022

Transferencias Financieras Favor Entidades RM 00076-2022-PRODUCE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Autorizan transferencias financieras a favor de entidades públicas vinculadas a los sectores Ambiente, Producción, Educación y Gobiernos Locales, con cargo al presupuesto del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura RM 00076-2022-PRODUCE Lima, 2 de marzo de 2022 VISTOS; Los Oficios Nros. 0053 y 0060-2022-PNIPA/ DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura - PNIPA; el Memorando Nº 00000173-2022-PRODUCE/OGPPM
Poder Ejecutivo, Produce
Autorizan transferencias financieras a favor de entidades públicas vinculadas a los sectores Ambiente, Producción, Educación y Gobiernos Locales, con cargo al presupuesto del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura
RM 00076-2022-PRODUCE
Lima, 2 de marzo de 2022
VISTOS; Los Oficios Nros. 0053 y 0060-2022-PNIPA/ DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura - PNIPA; el Memorando Nº 00000173-2022-PRODUCE/OGPPM y el Informe Nº 00000039-2022-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 00000180-2022-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante Decreto Supremo Nº 396-2016-EF
publicado en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2016, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF , hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA
MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura;

Que, el 13 de marzo de 2017, se suscribió el Contrato de Préstamo Nº 8692-PE, entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF , destinado a financiar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, cuyo objetivo es fortalecer la capacidad del Prestatario en la ejecución de innovaciones en las cadenas de valor de la pesca y la acuicultura; señalando que dicho proyecto apoyará el objetivo del Prestatario de mejorar el desempeño del Sistema Nacional de Innovación Pesquera y Acuícola (SNIPA) y las cadenas de valor de la pesca y la acuicultura, para promover la transformación de los sectores pesquero y acuícola del Prestatario mediante una menor dependencia en la pesca extractiva captura pesquera y mayor énfasis en la acuicultura;


Que, el artículo 69 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022, autoriza que durante el Año Fiscal 2022 al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura-PNIPA, entre otros, para efectuar
transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y a otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos de los citados Programas Nacionales y de las normas que regulan los fondos que estos administran, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo, y del emprendimiento y del sistema de innovación. Asimismo, el referido dispositivo legal establece que las transferencias financieras se aprueban mediante Resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces. Dicha resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0002-2021-EF-50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 022-2021-EF-50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar el registro, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, en una actividad y en la partida de gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital;

Que, la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura solicita y sustenta la necesidad de autorizar transferencias a favor de entidades públicas vinculadas a los sectores Ambiente, Producción, Educación y Gobiernos Locales, hasta por la suma total de S/ 2 418 784,47 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS
DIECIOCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO
y 47/100 SOLES), en la fuente de financiamiento 1.

Recursos Ordinarios, para atender los desembolsos para la ejecución de veintitrés (23) subproyectos adjudicados;
respecto a los cuales, la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura suscribió los contratos respectivos;

Que, de acuerdo con el Memorando Nº 00000173-2022-PRODUCE/OGPPM e Informe Nº 00000039-2022-PRODUCE/OGPPM-OP, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización comunica que ha verificado que el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura cuenta con los recursos suficientes en su Presupuesto Institucional (PIM), en la Actividad 5001253: "TRANSFERENCIAS DE
RECURSOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE
INVERSIÓN", para financiar la propuesta de Resolución Ministerial que autoriza efectuar transferencias financieras a favor entidades públicas, hasta por la suma total de
S/ 2 418 784,47 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS
DIECIOCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y
CUATRO Y 47/100 SOLES), destinados a cofinanciar las transferencias financieras para la ejecución de veintitrés (23) subproyectos adjudicados del Proyecto Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, vinculadas a los sectores Ambiental, Producción, Educación y Gobiernos Locales, adjudicados al Proyecto Nacional de Innovación en Acuicultura, Mejoramiento de la Gobernanza del Sistema Nacional en Pesca y Acuicultura y Proyecto Nacional de Innovación en Pesca, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8692-PE y lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Nº 31365;

Con las visaciones de la Secretaría General, la Oficina General de Presupuesto, Planeamiento y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en artículo 69 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, y modificatoria;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Transferencias Financieras Autorizase las transferencias financieras de recursos con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038: Ministerio de la Producción, hasta por la suma total de S/.2 418 784,47 (Dos millones cuatrocientos dieciocho mil setecientos ochenta y cuatro y 47/100 soles), en la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8692-PE y de lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Nº 31365, que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022, conforme al Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Financiamiento Las transferencias financieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial y detallada en el Anexo Único, adjunto al presente, se atenderán con cargo al Presupuesto Institucional 2022 de la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002. Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5001253: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión, Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, fuente de financiamiento: 1.

Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por el artículo 1 de la Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038:

Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realizan las Transferencias Financieras aprobadas con la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038: Ministerio de la Producción, efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 6.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS PRADO PALOMINO
Ministro de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 00076-2022-PRODUCE Autorizan transferencias financieras a favor de entidades públicas vinculadas a los sectores Ambiente, Producción, Educación y Gobiernos Locales, con cargo al presupuesto del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 00076-2022-PRODUCE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-03-03
  • Fecha de aplicacion : 2022-03-04

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