3/31/2022

Transferencias Recursos Financieros Favor Fondo RM 00119-2022-PRODUCE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Autorizan transferencias de recursos financieros a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES y del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES RM 00119-2022-PRODUCE Lima, 29 de marzo de 2022 VISTOS: El Acta de la Sesión Nº 02-2022-PRODUCE de fecha 23 de marzo de 2022 de la Comisión Especial conformada mediante Resolución Ministerial Nº 386-2008-PRODUCE y su modificatoria; el Memorando Nº 00000452-2022-PRODUCE/DGPARPA
Poder Ejecutivo, Produce
Autorizan transferencias de recursos financieros a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES y del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES
RM 00119-2022-PRODUCE
Lima, 29 de marzo de 2022
VISTOS: El Acta de la Sesión Nº 02-2022-PRODUCE de fecha 23 de marzo de 2022 de la Comisión Especial conformada mediante Resolución Ministerial Nº 386-2008-PRODUCE y su modificatoria; el Memorando Nº 00000452-2022-PRODUCE/DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura; el Memorando Nº 00000335-2022-PRODUCE/ OGA de la Oficina General de Administración, y el Informe Nº 00000336-2022-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 2 de la Ley General de Pesca aprobada mediante Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación y que, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;

Que, el artículo 27 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, dispone que el Ministerio de la Producción destinará a la ejecución de actividades y/o proyectos con fines de investigación científica, tecnológica, capacitación y otros vinculados al desarrollo pesquero y/o acuícola, un porcentaje del total de los derechos que recaude por concepto de concesiones y permisos de pesca. Dicho porcentaje que financiará las actividades y/o proyectos referidos, incluye hasta un 25% del total de los recursos que se recauden por concepto de derechos de permisos de pesca para el consumo humano indirecto, y que las actividades y/o proyectos que se financien con dichos recursos, serán previamente analizados y evaluados por una Comisión Especial que contará con la participación del sector pesquero privado;


Que, mediante Resolución Ministerial Nº 386-2008-PRODUCE y modificatorias, se conforma la Comisión Especial a que se refiere el artículo 27 del Reglamento de la Ley General de Pesca, que tiene entre sus funciones analizar, evaluar, aprobar y priorizar la ejecución de actividades y proyectos en materia de
investigación científica, tecnológica, capacitación u otras materias vinculadas al desarrollo pesquero o acuícola, que podrán ser financiados con un porcentaje del total de los derechos que recaude el Ministerio de la Producción por concepto de concesiones y permisos de pesca, según lo previsto en el numeral 27.1 del artículo 27 del Reglamento de la Ley General de Pesca; en concordancia con el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Producción u otros Planes Sectoriales en materia de Pesca y Acuicultura;

Que, mediante el Informe Nº 00324-2019-PRODUCE/ OPM, la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización concluye que la propuesta del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES, "Fortalecimiento de competencias técnicas de los pescadores artesanales, para un eficiente y efectivo aprovechamiento de los recursos en la ciudad de Paita- Región Piura", calificaría como una actividad de investigación con fines vinculados al desarrollo pesquero artesanal dentro de los alcances que establece el Reglamento de la Ley General de Pesca; asimismo, cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 18 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Especial de los Derechos de Pesca aprobado por Resolución Ministerial Nº 831-2008-PRODUCE; por lo que considera procedente que se presente para su aprobación por parte de la Comisión Especial de los Derechos de Pesca;

Que, mediante el Oficio Nº 284-2020-FONDEPES/J, el FONDEPES solicita al Ministerio de la Producción, se financie el proyecto: "Asistencia Técnica a los productores acuícolas en la producción de semilla de peces en la Amazonía en la región Madre de Dios", cuyo costo asciende a S/ 306,600.00 (trescientos seis mil seiscientos con 00/100 Soles);

Que, asimismo, mediante el Oficio Nº 284-2020-FONDEPES/J el FONDEPES, solicita al Ministerio de la Producción, se financie el proyecto:
"Fortalecimiento de competencias técnicas de los pescadores artesanales, para un eficiente y efectivo aprovechamiento de los recursos en la ciudad de Paita- Región Piura", cuyo costo asciende a S/ 599,285.00 (quinientos noventa y nueve mil doscientos ochenta y cinco con 00/100 Soles);

Que, mediante el Informe Nº 00035-2022-PRODUCE/ OPM, la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización concluye que la propuesta de FONDEPES, "Asistencia Técnica a los productores acuícolas en la producción de semilla de peces en la Amazonía en la región Madre de Dios", calificaría como una actividad de investigación con fines vinculados al desarrollo pesquero artesanal dentro de los alcances que establece el Reglamento de la Ley General de Pesca; asimismo, cumple con los requisitos establecidos en el artículo 18 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Especial de los Derechos de Pesca; por lo que considera procedente que se presente para su aprobación por parte de la Comisión Especial de los Derechos de Pesca;

Que, mediante el Oficio Nº 045-2022-SANIPES/PE, el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES
solicita al Ministerio de la Producción, el financiamiento de la actividad denominada "Mitigación del Impacto Económico de las Enfermedades Infecciosas en la Trucha Arcoíris, mediante el Fortalecimiento de la Gestión Sanitaria", con un costo ascendente a S/ 2´011,160.00 (dos millones once mil ciento sesenta con 00/100 Soles);

Que, mediante el Informe Nº 00080-2022-PRODUCE/ OPM, la Oficina de Planeamiento, y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización concluye que la propuesta del SANIPES, "Mitigación del Impacto Económico de las Enfermedades Infecciosas en la Trucha Arcoíris, mediante el Fortalecimiento de la Gestión Sanitaria", calificaría como una actividad de investigación con fines de evaluación de inocuidad sanitaria de la pesca y acuicultura dentro de los alcances que establece el Reglamento de la Ley General de Pesca; asimismo, cumple con los requisitos establecidos en el artículo 18 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Especial de los Derechos de Pesca; por lo que considera procedente que se presente para su aprobación por parte de la Comisión Especial de los Derechos de Pesca;

Que, mediante el Oficio Nº 045-2022-SANIPES/PE, el SANIPES solicita al Ministerio de la Producción el financiamiento de la actividad denominada "Evaluación Sanitaria con fines de Clasificación del Área de Producción de Moluscos Bivalvos en Isla Lobos de Tierra", con un costo ascendente a S/ 1´005,342.00 (un millón cinco mil trescientos cuarenta y dos con 00/100 Soles);

Que, mediante el Informe Nº 00079-2022-PRODUCE/ OPM, la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización concluye que la propuesta de SANIPES, "Evaluación Sanitaria con fines de Clasificación del Área de Producción de Moluscos Bivalvos en Isla Lobos de Tierra", calificaría como una actividad de investigación con fines de evaluación de inocuidad sanitaria de la pesca y acuicultura dentro de los alcances que establece el Reglamento de la Ley General de Pesca; asimismo, cumple con los requisitos establecidos en el artículo 18 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Especial de los Derechos de Pesca; por lo que considera procedente que se presente para su aprobación por parte de la Comisión Especial de los Derechos de Pesca;

Que, la referida Comisión Especial, a través del Acta de la Sesión Nº 02-2022-PRODUCE de fecha 23 de marzo de 2022, acordó, la aprobación de los siguientes proyectos: i) "Asistencia Técnica a los productores acuícolas en la producción de semilla de peces en la Amazonía en la región Madre de Dios" del FONDEPES, y su financiamiento por el monto de S/ 306,600.00;
ii) "Fortalecimiento de competencias técnicas de los pescadores artesanales, para un eficiente y efectivo aprovechamiento de los recursos en la ciudad de Paita- Región Piura" del FONDEPES, y su financiamiento en su totalidad por el monto de S/ 599,285.00; iii) "Mitigación del Impacto Económico de las Enfermedades Infecciosas en la Trucha Arcoíris, mediante el Fortalecimiento de la Gestión Sanitaria" del SANIPES, y su financiamiento por el monto de S/ 2´011,160.00; y, iv) "Evaluación Sanitaria con fines de Clasificación del Área de Producción de Moluscos Bivalvos en Isla Lobos de Tierra" del SANIPES, y su financiamiento por el monto de S/ 1´005,342.00;

Que, con Memorando Nº 00000452-2022-PRODUCE/ DGPARPA, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, en su calidad de Secretaria Técnica de la Comisión Especial, solicita a la Oficina General de Administración gestionar la transferencia de recursos financieros para la propuesta aprobada en la Comisión Especial de Derechos de Pesca, en Sesión Nº 02-2022 PRODUCE de fecha 23 de marzo de 2022, aprobada por la Comisión Especial, conformada en virtud a lo dispuesto por el artículo 27 del Reglamento de la Ley General de Pesca;

Que, mediante Memorando Nº 0000040-2022-PRODUCE/Ot, la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración informa a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, el nuevo importe actualizado al 31 de diciembre de 2021 del saldo disponible de los recursos financieros provenientes de los Derechos de Pesca ascendente a S/ 11´661,274.78 (once millones seiscientos sesenta y un mil doscientos setenta y cuatro con 78/100
Soles);

Que, en el marco del artículo 50 del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1440, y del numeral 23.2 del artículo 23 de la Directiva Nº 007-2020-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 034-2020-EF/50.01, se establece que los recursos financieros distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios que no se hayan utilizado al 31 de diciembre del año fiscal, constituyen saldos de balance y son registrados financieramente cuando se determine su cuantía. Durante la ejecución presupuestaria, dichos recursos se podrán incorporar, sujetándose a los límites máximos de incorporación que se aprueben mediante Decreto Supremo, según lo establecido en el numeral 50.2 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, y se destinan para financiar la creación o modificación de metas presupuestarias de la 14 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de marzo de 2022
El Peruano / entidad, que requieran mayor financiamiento, dentro del monto establecido en la Programación de Compromisos Anual. Los recursos financieros incorporados mantienen la finalidad para los cuales fueron asignados en el marco de las disposiciones legales vigentes;

Que, mediante el Memorando Nº 00000335-2022-PRODUCE/OGA la Oficina General de Administración remitió el acto resolutivo que autoriza la transferencia de los recursos financieros por el importe de S/ 3´922,387.00 para la ejecución de actividades en el marco del Acta de Sesión Nº 02-2022-PRODUCE;

Que, mediante el Informe Nº 00000336-2022-PRODUCE/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que aprueba transferencia de recursos financieros a favor del FONDEPES y del SANIPES, conforme a la información detallada en la propuesta presentada por la Oficina General de Administración;

Que, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar la transferencia de recursos financieros de la Unidad Ejecutora 001:

Ministerio de la Producción a favor de FONDEPES y SANIPES para financiar las actividades requeridas por el FONDEPES y SANIPES, con cargo a los recursos provenientes de los Derechos de Pesca, en el marco de lo establecido en el artículo 17 de la Ley General de Pesca y el artículo 27 de su Reglamento;

Que, con el visado del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Secretaría General, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y sus modificatorias, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias;
el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y su modificatoria;
el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y, la Directiva Nº 007-2020-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada por Resolución Directoral Nº 034-2020-EF/50.01;

SE RESUELVE:



Artículo 1. Autorización de transferencia de recursos a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES
Autorizar la transferencia de recursos financieros de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES, hasta por la suma de S/ 905,885.00 (novecientos cinco mil ochocientos ochenta y cinco con 00/100 Soles), con cargo a los recursos recaudados por concepto de Derechos de Pesca, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, para la ejecución de la siguiente actividad:

Nº ACTIVIDAD
IMPORTE DE LA
TRANSFERENCIA
1
Asistencia Técnica a los productores acuícolas en la producción de semilla de peces en la Amazonía en la región Madre de Dios 306,600.00
2
Fortalecimiento de competencias técnicas de los pescadores artesanales, para un eficiente y efectivo aprovechamiento de los recursos en la ciudad de Paita- Región Piura 599,285.00
Total 905,885.00
Artículo 2. Autorización de transferencia de recursos a favor del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES
Autorizar la transferencia de recursos financieros de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, a favor del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES, hasta por la suma de S/ 3´016,502.00 (tres millones dieciséis mil quinientos dos con 00/100 Soles), con cargo a los recursos recaudados por concepto de Derechos de Pesca, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, para la ejecución de la siguiente actividad:

Nº ACTIVIDAD
IMPORTE DE LA
TRANSFERENCIA
1
Mitigación del Impacto Económico de las Enfermedades Infecciosas en la Trucha Arcoíris, mediante el Fortalecimiento de la Gestión Sanitaria 2´011,160.00
2
Evaluación Sanitaria con fines de Clasificación del Área de Producción de Moluscos Bivalvos en Isla Lobos de Tierra 1´005,342.00
Total 3,016,502.00
Artículo 3. Ejecución de la actividad Disponer que previamente a la ejecución de las actividades señaladas en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, se proceda, según corresponda, conforme a lo establecido en el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Especial, aprobado por Resolución Ministerial Nº 831-2008-PRODUCE y modificatorias, bajo responsabilidad.

Artículo 4. Limitación al uso de los recursos Los recursos financieros a que se refieren los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5. Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Administración del Ministerio de la Producción, al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES y al Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 6. Publicación La presente Resolución Ministerial se pública en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. gob.pe/produce), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS PRADO PALOMINO
Ministro de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 00119-2022-PRODUCE Autorizan transferencias de recursos financieros a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES y del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 00119-2022-PRODUCE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-03-30
  • Fecha de aplicacion : 2022-03-31

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