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Marina Guerra Perú Efectuar Pagos Concepto Gastos RM 0215-2022-DE Defensa
4/04/2022
Marina Guerra Perú Efectuar Pagos Concepto Gastos RM 0215-2022-DE Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Autorizan a la Marina de Guerra del Perú a efectuar pagos por concepto de gastos de traslado y por compensación extraordinaria por servicio en el extranjero a favor de Alférez de Fragata RM 0215-2022-DE Lima, 31 de marzo de 2022 VISTOS: El Oficio Nº 1167/52 de la Secretaría General de la Comandancia General de la Marina; el Informe Legal Nº 009-22 AS/DGE de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la
Autorizan a la Marina de Guerra del Perú a efectuar pagos por concepto de gastos de traslado y por compensación extraordinaria por servicio en el extranjero a favor de Alférez de Fragata
RM 0215-2022-DE
Lima, 31 de marzo de 2022
VISTOS:
El Oficio Nº 1167/52 de la Secretaría General de la Comandancia General de la Marina; el Informe Legal Nº 009-22 AS/DGE de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina; y, el Informe Legal Nº 00310-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución Ministerial Nº 1102-2018-DE/MGP, se autorizó el viaje al exterior, en misión de estudios, al Cadete de Primer Año Juan Jesús DELGADO
CABREJOS, para que participe en el Curso de Formación de Cadetes, en la Academia Naval de Livorno, de la ciudad de Livorno, República Italiana, del 3 de setiembre del 2018 al 25 de setiembre del 2022;
Que, mediante Resolución de la Comandancia General de la Marina Nº 0750-2021 COMGEMAR (C), se otorgó al citado personal militar el grado de Alférez de Fragata de la Marina de Guerra del Perú, con fecha 1 de enero del 2022;
Que, a través del Informe Legal Nº 009-2022/AS-DGE, el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina señala que, en virtud de habérsele otorgado el grado militar de Alférez de Fragata al citado personal, con fecha 1 de enero de 2022, resulta viable autorizar los pagos del gasto de traslado, correspondiente al retorno, y por el concepto de compensación extraordinaria por servicio en el exterior, durante el período del 1 de enero al 25 de setiembre del 2022, a favor del Alférez de Fragata Juan Jesús DELGADO CABREJOS, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias;
Que, con Oficio Nº 1167/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina solicita a este Ministerio autorizar el pago a favor del Alférez de Fragata Juan Jesús DELGADO CABREJOS, por el concepto de gastos de traslado correspondiente al retorno y por compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, por el período del 1 de enero al 25 de setiembre del 2022, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 del Reglamento invocado en el párrafo precedente, debido a que continua realizando estudios en el extranjero y ostenta el grado de Alférez de Fragata, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 del Reglamento invocado en el párrafo precedente;
Que, de acuerdo con el documento Nº 001-2022 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, se detalla el presupuesto asignado para el gasto de traslado (retorno) y la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, el mismo que, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, mediante Disponibilidad Presupuestaria Nº 001-2022, emitida por el Jefe de la Oficina de Planes Programas y Presupuesto de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, se detalla el presupuesto asignado para el pago de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, el mismo que se efectuará con cargo el presupuesto del sector público para el año fiscal 2022, de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero que percibe el personal militar y civil del Sector Defensa nombrado en Misión de Estudios, Comisión del Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado será calculado en base a la determinación establecida para la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero que percibe el personal militar nombrado en misión diplomática, y que se señala en el Anexo 3 del citado decreto supremo;
Que, asimismo, el segundo párrafo del citado numeral establece que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, con el Informe Legal Nº 00310-2022-MINDEF/ SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice a la Marina de Guerra a efectuar, con cargo al presupuesto institucional del año fiscal 2022, los pagos por el concepto de gastos de traslado (retorno) y por compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, del 1 de enero al 25 de setiembre del 2022, a favor del Alférez de Fragata Juan Jesús DELGADO CABREJOS;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1. Autorizar a la Marina de Guerra del Perú a efectuar los pagos, con cargo al presupuesto institucional del año fiscal 2022, a favor del Alférez de Fragata Juan Jesús DELGADO CABREJOS, durante el período del 1 de enero al 25 de setiembre del 2022, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:
Gasto de traslado (retorno- equipaje, bagaje o instalación)
€ 4,441.76 x 1 compensación x 1 persona € 4,441.76
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:
€ 4,441.76 x 8 meses(ene-ago) x 1 persona € 35,534.08
€4,441.76 / 30 x 25 días (set) x 1 persona € 3,701.47
TOTAL A PAGAR € 43,677.31
Artículo 2.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE
Ministro de Defensa
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0215-2022-DE Autorizan a la Marina de Guerra del Perú a efectuar pagos por concepto de gastos de traslado y por compensación extraordinaria por servicio en el extranjero a favor de Alférez de Fragata
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0215-2022-DE
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-04-03
- Fecha de aplicacion : 2022-04-04
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