4/07/2022
Modificación Manual Operaciones Programa Nacional RM Produce
Poder Ejecutivo, Produce Aprueban modificación del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, aprobado por R.M. Nº 346-2017-PRODUCE RM 00129-2022-PRODUCE Lima, 4 de abril de 2022 VISTOS: El Oficio Nº 00000248-2021-PNIPA/ DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, el Memorando Nº 00000801-2021-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización,
Aprueban modificación del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, aprobado por R.M. Nº 346-2017-PRODUCE
RM 00129-2022-PRODUCE
Lima, 4 de abril de 2022
VISTOS: El Oficio Nº 00000248-2021-PNIPA/ DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, el Memorando Nº 00000801-2021-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Memorando Nº 00000057-2022-PRODUCE/OGAJ y los Informes Nos. 00000031-2022-PRODUCE/OGAJ y 00000348-2022-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, se establece que el Ministerio de la Producción es competente en materia de pesquería y acuicultura; y es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de pesquería artesanal, Acuicultura de Micro y Pequeña Empresa (AMYPE) y Acuicultura de Recursos Limitados (AREL), entre otros;
Que, por el Decreto Supremo Nº 396-2016-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de la Reconstrucción y Fomento| - BIRF, hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (Cuarenta Millones y 00/100 Dólares Americanos), destinada a financiar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura;
Que, la República del Perú y el BIRF, con fecha 13 de marzo de 2017, firmaron el Contrato de Préstamo Nº 8692-PE, por Cuarenta Millones y 00/100 Dólares Americanos, destinada a financiar parcialmente el Programa Nacional;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 198-2017-PRODUCE, se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 005: denominada "Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura" en el Pliego 038:
Ministerio de la Producción que constituye un Programa de Inversión Pública, con declaratoria de viabilidad Código
PROG-19-2014-SNIP;
Que, por Resolución Ministerial Nº 346-2017-PRODUCE, de fecha 24 de julio de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura 4 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de abril de 2022
El Peruano / (en adelante, Manual de Operaciones del PNIPA), documento que en Anexo forma parte de dicha Resolución Ministerial, y cuenta con ocho (08)
capítulos y cinco (05) anexos;
Que, de conformidad con lo dispuesto por los apartados 1 y 3 del literal b. del numeral 4.1.2 del punto 4. Órganos de Gobierno del Capítulo III "Organización y Funciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura" del Manual del Operaciones del PNIPA, el Grupo de Trabajo - Comité Directivo (en adelante, GT-CD), órgano superior de dirección del PNIPA, tiene las funciones administrativas siguientes: "Aprobación de las modificaciones del reglamento del Consejo Directivo" y "Aprobación de las modificaciones al manual operativo del Programa que previamente cuenten con la No Objeción del BM"; respectivamente;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Anexo 3 "Reglamento Interno del Grupo de Trabajo/ Consejo Directivo - Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura", prevé que es facultad del Consejo Directivo hacer las modificaciones que considere conveniente al Reglamento, para lo cual las aprueban y registran en las Actas del Consejo Directivo;
Que, el Comité Directivo del PNIPA en la Séptima Sesión Ordinaria 2021 (Virtual) de fecha 8 de julio de 2021, considerando el Informe Legal Nº 043-2021-PNIPA/ UAL emitido por la Unidad de Asesoría Legal del PNIPA, ha adoptado por unanimidad el Acuerdo Nº 02-07-2021, a través del cual, aprueba lo siguiente: i) Modificar el Manual de Operaciones del PNIPA, incorporando en el sentido de precisar como función del Comité Directivo, en el apartado 3 del literal b) del numeral 4.1.2, del punto 4 del Capítulo III: "Aprobar el cese del Director Ejecutivo y designar al encargado en tanto se designe al Titular del cargo"; ii)
Modificar el Anexo 3 - Reglamento Interno del Grupo de Trabajo/Consejo Directivo, incluyendo los numerales 7.4 y 7.5 al artículo 7, referidos a las causales para el cese de la designación del Director Ejecutivo y al Procedimiento para el término de la designación del Director Ejecutivo, respectivamente; y, iii) Elevar a conocimiento del Banco Mundial las modificaciones al Manual de Operaciones y al Reglamento Interno a fin de solicitar su No Objeción;
Que, mediante el Oficio Nº 0000245-2021-PNIPA/ DE, el Director Ejecutivo del PNIPA, implementando el Acuerdo Nº 02-07-2021 adoptado y en cumplimiento de lo dispuesto por el Manual de Operaciones del PNIPA, solicita al Banco Mundial la No Objeción a la modificación del Manual de Operaciones aprobada por el Comité Directivo del Programa Nacional;
Que, por medio de la comunicación s/n de fecha 15 de julio de 2021, el Banco Mundial, emite la No Objeción Nº 101 - Solicitud de No Objeción a la Modificación del Manual de Operaciones del PNIPA, manifestando que en base a la información proporcionada no tiene objeción a las modificaciones presentadas; precisando que el Manual de Operaciones deberá ser actualizado considerando las referidas modificaciones;
Que, con el Oficio Nº 00000248-2021-PNIPA/DE, el Director Ejecutivo del PNIPA hace de conocimiento del Ministerio de la Producción, para los fines pertinentes, que el Comité Directivo del PNIPA por el Acuerdo Nº 02-07-2021 aprobó modificaciones al Manual de Operaciones del Programa Nacional, aprobado por Resolución Ministerial Nº 346-2017-PRODUCE, y que cumpliendo la disposición del Comité Directivo, a través del Oficio Nº 00000245-2021-PNIP A/ DE solicitó la No Objeción al Banco Mundial, el cual manifestó su No Objeción a las modificaciones presentadas con su Carta s/n de fecha 15 de julio de 2021;
Que, en el Memorando Nº 00000801-2021-PRODUCE/ OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, estando a lo indicado en el Oficio Nº 00000248-2021-PNIPA/DE, manifiesta que para formalizar el acuerdo del Grupo de Trabajo - Comité Directivo (GT-CD) del PNIPA es necesario modificar la Resolución Ministerial Nº 346-2017-PRODUCE, que aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, mediante la emisión de un acto resolutivo, el cual no contendría un documento formulado en el marco del Sistema de Modernización de la Gestión Pública, sobre el cual le corresponda emitir opinión técnica a dicha Oficina General a través de la Oficina de Planeamiento y Modernización; sin embargo, expresa que no tiene observaciones a su aprobación;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Secretaría General, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modificatoria; el Decreto Supremo Nº 396-2016-EF; y la Resolución Ministerial Nº 198-2017-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación Aprobar la modificación del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, aprobado por Resolución Ministerial Nº 346-2017-PRODUCE, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Adecuación a modificaciones del Manual de Operaciones Disponer que, a partir de la vigencia de la modificación del Manual de Operaciones, aprobada por el artículo 1, el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura adecúa sus instrumentos de gestión.
Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS PRADO PALOMINO
Ministro de la Producción
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 00129-2022-PRODUCE Aprueban modificación del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, aprobado por R.M. Nº 346-2017-PRODUCE
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 00129-2022-PRODUCE
- Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-04-06
- Fecha de aplicacion : 2022-04-07
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