5/26/2022

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 108-2022-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo DS 108-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante los Oficios Nº 0749-2022-MTPE/4 y Nº 0950-2022-MTPE/4 el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
DS 108-2022-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, mediante los Oficios Nº 0749-2022-MTPE/4 y Nº 0950-2022-MTPE/4 el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los Recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para financiar la continuidad de las contraprestaciones del personal asistencial contratado por el Seguro Social de Salud (EsSalud) bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, en el marco de lo establecido en el numeral 27.2 del artículo 27 del Decreto de Urgencia Nº 029-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del impacto del COVID-19
en la economía peruana; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº 177-2022-MTPE/4/9.2 y Nº 208-2022-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los correspondientes sustentos;


Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 78 679 658,00 (SETENTA Y OCHO
MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE
MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100
SOLES), a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que dichos recursos por su naturaleza y coyuntura no han sido previstos en el presupuesto institucional del citado pliego en el presente Año Fiscal;

De conformidad con lo establecido en los artículos 53
y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 78 679 658,00 (SETENTA Y OCHO
MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL
SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para financiar la continuidad de las contraprestaciones del personal asistencial contratado por el Seguro Social de Salud (EsSalud), bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 78 679 658,00
--------------------- TOTAL EGRESOS 78 679 658,00
============
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 012 : Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Trabajo - Oficina General de Administración CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5006269 : Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 78 679 658,00
--------------------- TOTAL EGRESOS 78 679 658,00
============
Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para la Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Responsabilidad y limitación sobre el uso de los recursos 3.1 El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es responsable del monitoreo y seguimiento de los recursos transferidos en el presente Decreto Supremo.

3.2 El Titular del Seguro Social de Salud (EsSalud)
es responsable de su adecuada implementación, así como del uso y destino de los recursos transferidos en el presente Decreto Supremo, conforme a la normatividad vigente.

3.3 Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Remisión de información El Seguro Social de Salud (EsSalud) remite al Ministerio de Economía y Finanzas las bases de datos de la información recogida en sus Sistemas de Información 16 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de mayo de 2022
El Peruano / de Recursos Humanos y Presupuesto del personal CAS
COVID-19, referidas al pago de las contraprestaciones financiadas mediante la transferencia de partidas autorizada en el artículo 1 del presente Decreto Supremo.

La remisión de dicha información se realiza con una periodicidad mensual, a partir del día siguiente de la fecha de publicación del presente Decreto Supremo.

Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
ALEJANDRO SALAS ZEGARRA
Ministro de Cultura Encargado del despacho del Ministerio de Economía y Finanzas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 108-2022-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 108-2022-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-05-25
  • Fecha de aplicacion : 2022-05-26

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