8/25/2022

Otorgan Distinción personalidad Meritoria RM 000277-2022-DM/MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" RM 000277-2022-DM/MC San Borja, 24 de agosto del 2022 VISTOS; el Proveído Nº 005802-2022-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000348-2022-DGIA/ MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 000020-2022-DDC TAC/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna; el Informe Nº 000999-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº …
Poder Ejecutivo, Cultura
Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
RM 000277-2022-DM/MC
San Borja, 24 de agosto del 2022
VISTOS; el Proveído Nº 005802-2022-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000348-2022-DGIA/ MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 000020-2022-DDC TAC/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna; el Informe Nº 000999-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor;

Que, el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF , establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, asimismo, el artículo 82 del ROF, establece que la Dirección de Artes es la unidad orgánica encargada de diseñar, promover e implementar políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas, musicales, plásticas, visuales, artes aplicadas y multidisciplinarias;
así mismo, desarrollar acciones que permitan ampliar el acceso de la ciudadanía al ejercicio de sus derechos culturales respecto a la formación, creación, producción, circulación, difusión y disfrute de las expresiones artísticas de sus identidades y diversidad; adicionalmente, de acuerdo a lo establecido en el numeral 82.15 del referido artículo 82 del ROF, le corresponde emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 96 del ROF, establece que las Direcciones Desconcentradas de Cultura son los órganos desconcentrados encargados, dentro de su ámbito territorial, de actuar en representación y por delegación del Ministerio de Cultura. Son responsables de ejercer de manera desconcentrada las funciones ejecutivas relacionadas a las materias de patrimonio cultural, industrias culturales, artes, museos e interculturalidad, implementando las políticas, lineamientos técnicos, directivas establecidas por la Alta Dirección y los órganos de línea, en concordancia con la política del Estado y con los planes sectoriales y regionales en materia de cultura;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país.

Reconocimiento que se formalizará mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial "El Peruano", conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, mediante el Informe Nº 000036-2022-DDC
TAC-IPH/MC la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna propone el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura de la señora MARIA ELOISA
FATIMA AGUIRRE GONZALEZ, debido a que ha fomentado el canto lírico peruano tanto a nivel nacional como internacional, ejerciendo la labor de embajadora femenina del mismo; de igual forma, con su experiencia, contribuye permanentemente a la formación de nuevos talentos y valores en el canto de su especialidad, siendo una de las exponentes femeninas más exitosas de canto lírico en actividad, aportando con ello significativamente al desarrollo cultural del país;

Que, con el Informe Nº 000020-2022-DDC TAC/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna, hace suya la opinión contenida en el Informe Nº 000036-2022-DDC TAC-IPH/MC, recomendando el reconocimiento como "Personalidad Meritoria de la Cultura" indicado;

Que, a través del Informe Nº 000348-2022-DGIA/ MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, tomando en consideración la opinión de la Dirección de Artes contenida en el Informe Nº 000791-2022-DIA/MC, considera que se debe otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" a la señora MARIA ELOISA FATIMA AGUIRRE GONZALEZ por su contribución y fomento al canto lírico peruano tanto a nivel nacional como internacional al ser promotora y difusora del mismo; además de haber realizado una labor docente y, de acuerdo a su experiencia, ha contribuido permanentemente a la formación en esta disciplina, siendo una de las exponentes destacadas del canto lírico y que cuenta con una extensa trayectoria artística a través de sus presentaciones como soprano; aportando con ello significativamente al desarrollo cultural de Tacna y del país;

Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como "Personalidad Meritoria de la Cultura" indicado;
advirtiéndose que los informes citados constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria;
el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 002-2016/MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" a la señora MARIA ELOISA FATIMA
AGUIRRE GONZALEZ, en mérito a su contribución y fomento al canto lírico peruano tanto a nivel nacional como internacional al ser promotora y difusora del mismo; por su labor docente y contribución permanente a la formación en esta disciplina, siendo una exponente destacada del canto lírico y que cuenta con una extensa trayectoria artística a través de sus presentaciones como soprano;
aportando con ello significativamente al desarrollo cultural de Tacna y del país.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BETSSY BETZABET CHÁVEZ CHINO
Ministra de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 000277-2022-DM/MC Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 000277-2022-DM/MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-08-25
  • Fecha de aplicacion : 2022-08-26

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