8/25/2022

Otorgan Distinción personalidad Meritoria RM 000278-2022-DM/MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" RM 000278-2022-DM/MC San Borja, 24 de agosto del 2022 VISTOS; el Proveído Nº 005810-2022-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000351-2022-DGIA/ MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Memorando Nº 000949-2022-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000027-2022-DDC TAC/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna; el Informe Nº 001005-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de…
Poder Ejecutivo, Cultura
Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
RM 000278-2022-DM/MC
San Borja, 24 de agosto del 2022
VISTOS; el Proveído Nº 005810-2022-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000351-2022-DGIA/ MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes;
el Memorando Nº 000949-2022-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000027-2022-DDC TAC/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna; el Informe Nº 001005-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 51 del ROF, señala que la Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble, para promover el fortalecimiento de la identidad cultural del país;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 del ROF, la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;

Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y
servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor;

Que, el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF , establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 81 del ROF, dispone que la Dirección del Libro y la Lectura es la unidad orgánica encargada de elaborar, proponer, promover y ejecutar planes, programas, acciones y normas dirigidos a la promoción y difusión del libro, al fomento de la lectura, al desarrollo de la industria editorial nacional y a la exportación del libro peruano;

Que, asimismo, el artículo 82 del ROF, establece que la Dirección de Artes es la unidad orgánica encargada de diseñar, promover e implementar políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas, musicales, plásticas, visuales, artes aplicadas y multidisciplinarias;
así mismo, desarrollar acciones que permitan ampliar el acceso de la ciudadanía al ejercicio de sus derechos culturales respecto a la formación, creación, producción, circulación, difusión y disfrute de las expresiones artísticas de sus identidades y diversidad; adicionalmente, de acuerdo a lo establecido en el numeral 82.15 del referido artículo 82 del ROF, le corresponde emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 96 del ROF, establece que las Direcciones Desconcentradas de Cultura son los órganos desconcentrados encargados, dentro de su ámbito territorial, de actuar en representación y por delegación del Ministerio de Cultura. Son responsables de ejercer de manera desconcentrada las funciones ejecutivas relacionadas a las materias de patrimonio cultural, industrias culturales, artes, museos e interculturalidad, implementando las políticas, lineamientos técnicos, directivas establecidas por la Alta Dirección y los órganos de línea, en concordancia con la política del Estado y con los planes sectoriales y regionales en materia de cultura;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país.

Reconocimiento que se formalizará mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial "El Peruano", conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, mediante el Informe Nº 000046-2022-DDC TAC-IPH/MC la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna propone el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura del señor OSCAR JORGE PANTY NEYRA, debido a su abundante producción historiográfica y su aporte a la investigación histórica y social en la región Tacna y aporte al desarrollo cultural;

Que, con el Informe Nº 000027-2022-DDC TAC/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna, hace suya la opinión contenida en el Informe Nº 000046-2022-DDC TAC-IPH/MC, recomendando el reconocimiento como "Personalidad Meritoria de la Cultura" indicado;

Que, mediante Memorando Nº 0000949-2022-DGPC/ MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural remite la Hoja de Elevación Nº 000607-2022-DPHI/MC con la opinión contenida en el Informe Nº 000091-2022-DPHI-EVS/MC, la cual hace suya, y en la que se propone otorgar el reconocimiento como "Personalidad Meritoria de Cultura" del señor OSCAR JORGE PANTY NEYRA
con sustento en sus notables valores que se despliegan en su pensamiento crítico, desarrollo historiográfico y larga trayectoria, formando y generando ciudadanos comprometidos con el desarrollo histórico de la nación;

Que, a través del Informe Nº 000351-2022-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, tomando en consideración la opinión de la Dirección de Artes contenida en el Informe Nº 000815-2022-DIA/ MC y la opinión de la Dirección del Libro y la Lectura desarrollada en el Informe Nº 000006-2022-DLL-FME/ MC, considera que se debe otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor OSCAR
JORGE PANTY NEYRA por haber realizado aportes en la investigación histórica y social en la región Tacna y del país, quien a través de su pensamiento crítico, desarrollo historiográfico y larga trayectoria como docente ha formado y generado ciudadanos comprometidos con el desarrollo histórico del Perú a través de su amplia trayectoria intelectual;

Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como "Personalidad Meritoria de la Cultura" indicado;
advirtiéndose que los informes citados constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria;
el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 002-2016/MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor OSCAR JORGE PANTY
NEYRA, por haber realizado aportes en la investigación histórica y social en la región Tacna y del país, quien a través de su pensamiento crítico, desarrollo historiográfico y larga trayectoria como docente ha formado y generado ciudadanos comprometidos con el desarrollo histórico del Perú a través de su amplia trayectoria intelectual.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO
Ministra de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 000278-2022-DM/MC Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 000278-2022-DM/MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-08-25
  • Fecha de aplicacion : 2022-08-26

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