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Reglamento del Decreto Legislativo 1399 fortalecimiento de las PYMES y el Fondo CRECER
8/17/2022
Reglamento del Decreto Legislativo 1399 fortalecimiento de las PYMES y el Fondo CRECER
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1399, Decreto Legislativo que impulsa el fortalecimiento de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y crea el Fondo CRECER DS 185-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1399, Decreto Legislativo que impulsa el fortalecimiento de la micro, pequeña y mediana empresa y crea el Fondo CRECER, tiene como objeto impulsar el desarrollo productivo y empresarial de la micro, pequeña y mediana empresa y de las empresas exportadoras…
Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1399, Decreto Legislativo que impulsa el fortalecimiento de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y crea el Fondo CRECER
DS 185-2022-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del referido Decreto Legislativo establece la aprobación de su Reglamento mediante Decreto Supremo, a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas y refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de la Producción y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2019-EF se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1399, Decreto Legislativo que impulsa el fortalecimiento de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y crea el Fondo
CRECER;
Que, el artículo 2 de la Ley Nº 31483, Ley que promueve la formalización de las micro y pequeñas empresas a través del Fondo CRECER, incorpora el numeral 3 al artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1399, incluyéndose como empresas beneficiarias de todos los instrumentos del Fondo CRECER a las empresas comprendidas en el Programa Nacional "Tu Empresa" contempladas en el Decreto Supremo Nº 012-2017-PRODUCE, en el marco de las alternativas de financiamiento viables establecidas en el Decreto de Urgencia Nº 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el financiamiento de la MIPYME, emprendimientos y startups;
Que, la Única Disposición Complementaria Final de la citada Ley Nº 31483, establece que el Poder Ejecutivo reglamenta la referida ley en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario desde su publicación en el diario oficial El Peruano;
Que, en ese sentido, resulta necesario modificar el numeral 2 del artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1399, Decreto Legislativo que impulsa el fortalecimiento de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y crea el Fondo CRECER, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2019-EF, a fin de adecuar dicha norma a lo establecido en el artículo 4 del citado Decreto Legislativo;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1399 y la Única Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31483, Ley que promueve la formalización de las micro y pequeñas empresas a través del Fondo CRECER;
DECRETA:
Artículo 2. Modificación del numeral 2 del artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1399
Modifícase el numeral 2 del artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1399, Decreto Legislativo que impulsa el fortalecimiento de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y crea el Fondo CRECER, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2019-EF, el cual queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 2. Acrónimos y definiciones En el REGLAMENTO se utilizan los siguientes acrónimos y definiciones: (...)
2. BENEFICIARIO
FINAL
:- Las micro, pequeñas y medianas empresas, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE y sus normas modificatorias.
- Empresas exportadoras con ventas anuales hasta 30MM de
USD.
- Empresas comprendidas en el Programa Nacional "Tu Empresa" contempladas en el Decreto Supremo Nº 012-2017-PRODUCE, en el marco de las alternativas de financiamiento viables establecidas en el Decreto de Urgencia Nº 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el financiamiento de la Mipyme, emprendimientos y startups. (...)"
Artículo 3. Publicación El presente Decreto Supremo es publicado en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef)- del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) y, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial "El Peruano".
Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de la Producción y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
KURT BURNEO FARFÁN
Ministro de Economía y Finanzas
JORGE LUIS PRADO PALOMINO
Ministro de la Producción
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 185-2022-EF que modifica el R eglamento del Decr eto L egislativ o Nº 1399, Decreto Legislativo que impulsa el fortalecimiento de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y crea el Fondo CRECER
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 185-2022-EF
- Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-08-17
- Fecha de aplicacion : 2022-08-18
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