9/17/2022

Modific An R E Solución Ministerial 268 2020 pcm RM 253-2022-PCM PCM

Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Modific an la R e solución Ministerial Nº 268-2020-PCM, mediante la cual se creó el Grupo de Trabajo denominado "Comité Gestor de monitoreo de intervenciones y de resultados para las comunidades nativas y localidades de las provincias de Maynas, Loreto, Datem del Marañón, Requena y Alto Amazonas, del departamento de Loreto" RM 253-2022-PCM Lima, 16 de septiembre de 2022 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 145-2020-PCM se aprueba el Plan de Cierre de Brechas para la población del ámbito pe…
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros
Modific an la R e solución Ministerial Nº 268-2020-PCM, mediante la cual se creó el Grupo de Trabajo denominado "Comité Gestor de monitoreo de intervenciones y de resultados para las comunidades nativas y localidades de las provincias de Maynas, Loreto, Datem del Marañón, Requena y Alto Amazonas, del departamento de Loreto"
RM 253-2022-PCM
Lima, 16 de septiembre de 2022

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 145-2020-PCM se aprueba el Plan de Cierre de Brechas para la población del ámbito petrolero de las provincias de Datem del Marañón, Loreto, Alto Amazonas, Requena y Maynas, del departamento de Loreto;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 268-2020-PCM, se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado "Comité Gestor de monitoreo de intervenciones y de resultados para las comunidades nativas y localidades de las provincias de Maynas, Loreto, Datem del Marañón, Requena y Alto Amazonas, del departamento de Loreto", dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto realizar acciones de coordinación y de monitoreo
de intervenciones y de resultados para el desarrollo de las comunidades nativas y localidades de las provincias del ámbito de influencia de la actividad de hidrocarburos en las provincias de Maynas, Loreto, Datem del Marañón, Requena y Alto Amazonas del departamento de Loreto;

Que, asimismo, el artículo 4 de la mencionada Resolución Ministerial, señala que dicho órgano colegiado tiene entre sus funciones, coordinar y monitorear, con las entidades públicas correspondientes, el avance en el cumplimiento de las intervenciones planteadas en el Plan de Cierre de Brechas para el ámbito petrolero de Loreto;

Que, el artículo 12 de la Resolución Ministerial Nº 268-2020-PCM establece que el plazo de vigencia del Grupo de trabajo es de doce (12) meses; plazo que fue modificado por el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 215-2021-PCM, a través del cual se amplía el referido plazo de vigencia hasta el 20 de setiembre de 2022;

Que, por otro lado, a través de la Primera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 31538, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de los gastos asociados a la emergencia sanitaria producida por la Covid-19, la reactivación económica, y otros gastos de las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, y dicta otras medidas, se incorpora la séptima y octava disposiciones complementarias finales en la Ley Nº 30897, Ley de promoción de la inversión y desarrollo del Departamento de Loreto, a fin de incluir en los alcances de la citada ley, el financiamiento de la implementación del Plan de Cierre de Brechas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 145-2020-PCM;

Que, en este contexto, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, a través del Informe NºD000023-2022-PCM-SSGC-AZP señala que, la incorporación de la séptima y octava disposiciones complementarias finales en la Ley Nº 30897, así como el proceso de su reglamentación, aperturan una nueva etapa en torno al proceso de financiamiento de los proyectos contenidos en el Plan de Cierre de Brechas para la población del ámbito petrolero de las provincias de Datem del Marañón, Loreto, Alto Amazonas, Requena y Maynas, del departamento de Loreto; en este sentido, se considera necesario ampliar el plazo de vigencia del mencionado Grupo de Trabajo, hasta el 20 de setiembre de 2023, a fin de desarrollar nuevas acciones de coordinación y monitoreo, con las entidades públicas correspondientes, referente al avance en el cumplimiento de las intervenciones planteadas en el Plan de Cierre de Brechas para el ámbito petrolero de Loreto;

Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; y, el T exto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación del artículo 12 de la Resolución Ministerial Nº 268-2020-PCM, modificado por la Resolución Ministerial Nº 215-2021-PCM
Modifícase el artículo 12 de la Resolución Ministerial Nº 268-2020-PCM, modificado por la Resolución Ministerial Nº 215-2021-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 12.- Plazo de vigencia e informe final El plazo de vigencia del Grupo de Trabajo es hasta el 20 de setiembre de 2023, plazo en el cual deberá presentar un Informe Final al Titular de la Presidencia del Consejo de Ministros."
Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ
Presidente del Consejo de Ministros

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 253-2022-PCM Modific an la R e solución Ministerial Nº 268-2020-PCM, mediante la cual se creó el Grupo de Trabajo denominado "Comité Gestor de monitoreo de intervenciones y de resultados para las comunidades nativas y localidades de las provincias de Maynas, Loreto, Datem del Marañón, Requena y Alto Amazonas, del departamento de Loreto"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 253-2022-PCM
  • Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-09-17
  • Fecha de aplicacion : 2022-09-18

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