Inicio
Últimas normas legales
Publicación Proyecto lineamientos Incorporación RM 200-2022-MINAM Ambiente
10/02/2022
Publicación Proyecto lineamientos Incorporación RM 200-2022-MINAM Ambiente
Poder Ejecutivo, Ambiente Disponen la publicación del proyecto de "Lineamientos para la incorporación de la información ambiental en la plataforma digital del Sistema Nacional de Información Ambiental - SINIA" RM 200-2022-MINAM Lima, 30 de setiembre de 2022 VISTOS: el Memorando Nº 01004-2022-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 00719-2022-MINAM/VMGA/DGECIA de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; el Informe Nº 00238-2022-MINAM/VMGA/ DGECIA de la Dirección de Información, Investigación e Innovación Ambiental de la Direcc…
Disponen la publicación del proyecto de "Lineamientos para la incorporación de la información ambiental en la plataforma digital del Sistema Nacional de Información Ambiental - SINIA"
RM 200-2022-MINAM
Lima, 30 de setiembre de 2022
VISTOS: el Memorando Nº 01004-2022-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 00719-2022-MINAM/VMGA/DGECIA de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; el Informe Nº 00238-2022-MINAM/VMGA/ DGECIA de la Dirección de Información, Investigación e Innovación Ambiental de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; el Informe Nº 00469-2022-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;
Que, de acuerdo al literal f) del artículo 7 del citado Decreto Legislativo, el Ministerio del Ambiente tiene la función específica de dirigir el Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA);
Que, el artículo 35 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que el SINIA constituye una red de integración tecnológica, institucional y técnica para facilitar la sistematización, acceso y distribución de la información ambiental, así como el uso e intercambio de información para los procesos de toma de decisiones y de la gestión ambiental;
asimismo, señala que la Autoridad Ambiental Nacional administra el SINIA, a su solicitud, o de conformidad con lo establecido en las normas legales vigentes, las instituciones públicas generadoras de información, de nivel nacional, regional y local, están obligadas a brindarle la información relevante para el SINIA, sin perjuicio de la información que está protegida por normas especiales;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2021-MINAM, se aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Información Ambiental - SINIA, el cual en su Primera Disposición Complementaria Final establece que, el MINAM, mediante Resolución Ministerial, en coordinación con los sectores correspondientes, aprueba los lineamientos para la incorporación automatizada y semiautomatizada de la información ambiental en la plataforma digital del SINIA;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 097-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba la relación y calificación de los Sistemas Funcionales, se reconoce al SINIA como un Sistema Funcional, siendo su ente rector el Ministerio del Ambiente;
Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, señala que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; precisando, además, que el aviso de publicación del proyecto deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un período mínimo de diez (10) días útiles;
Que, por su parte, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, prevé que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;
Que, el literal g) del artículo 115 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial Nº 167-2021-MINAM, establece que la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental tiene la función de dirigir y supervisar el SINIA;
Que, mediante Memorando Nº 00719-2022-MINAM/ VMGA/DGECIA, la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental remite el Informe Nº 00238-2022-MINAM/VMGA/DGECIA/DIIIA de la Dirección de Información, Investigación e Innovación Ambiental, en el que se propone la publicación del proyecto de "Lineamientos para la incorporación de la información ambiental en la plataforma digital del Sistema Nacional de Información Ambiental - SINIA", a fin que sean puestos en conocimiento del público para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 034-2021-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Información Ambiental - SINIA; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial Nº 167-2021-MINAM;
SE RESUELVE:
Dicha publicación se realiza en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente deben ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada Nº 425, cuarto piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima; o a la dirección electrónica sinia@minam.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WILBERT GABRIEL ROZAS BELTRÁN
Ministro del Ambiente
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 200-2022-MINAM Disponen la publicación del proyecto de "Lineamientos para la incorporación de la información ambiental en la plataforma digital del Sistema Nacional de Información Ambiental - SINIA"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 200-2022-MINAM
- Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-10-02
- Fecha de aplicacion : 2022-10-03
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- febrero 2025 (63)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)