10/21/2022

Retirar Asociación Civil Módulos Servicios Zotac RE 170-2022-ITP/DE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Disponen retirar a la Asociación Civil Módulos de Servicios ZOTAC para la Pequeña y Micro Empresa de Tacna, la calificación para operar como Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial- CITEagroindustrial INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RE 170-2022-ITP/DE San Isidro, 19 de octubre de 2022 VISTOS: El Memorando Nº 000072-2022-ITP/DSE sustentado en el Informe Técnico Nº 000008-2022-ITP/LRP-DSE ambos de fecha 18 de abril de 2022, de la Dirección de 2022-ITP/DEDFO sustentado en el Informe Nº 000014-2022-ITP/LLL-DEDFO ambos de fecha 30 de junio de 2022, de la Dir…
Poder Ejecutivo, Produce
Disponen retirar a la Asociación Civil Módulos de Servicios ZOTAC para la Pequeña y Micro Empresa de Tacna, la calificación para operar como Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial- CITEagroindustrial INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN
RE 170-2022-ITP/DE
San Isidro, 19 de octubre de 2022
VISTOS:

El Memorando Nº 000072-2022-ITP/DSE sustentado en el Informe Técnico Nº 000008-2022-ITP/LRP-DSE
ambos de fecha 18 de abril de 2022, de la Dirección de
2022-ITP/DEDFO sustentado en el Informe Nº 000014-2022-ITP/LLL-DEDFO ambos de fecha 30 de junio de 2022, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica; el Informe Nº 000328-2022-ITP/OAJ de fecha 02 de agosto de 2022, de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Acuerdo Nº SO-017-006-2022-ITP/CD, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº SO-006-2022-ITP/CD de fecha 06 de setiembre de 2022, emitido por el Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Producción con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y calificación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, norma la creación, implementación, desarrollo, funcionamiento y gestión de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; y los clasifica en CITE público y CITE
privado;

Que, de acuerdo con el literal p) del artículo 4 del referido Decreto Legislativo Nº 1451 y el literal k) del artículo 17 el Decreto Legislativo Nº 1228, el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP tiene entre sus funciones, la facultad de retirar la calificación de los CITE
privados, cuando corresponda, por el incumplimiento de sus obligaciones, condiciones exigidas y aquellas otras causas que se determinan en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228;

Que, en ese sentido, el artículo 28 del Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, establece que el ITP puede retirar la calificación de los CITE privados, cuando corresponda por el incumplimiento de su objeto, según lo establecido en el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228, o pierda las condiciones de su calificación;

Que, de conformidad con el literal b) del numeral 9.8.1 de la Directiva Nº 004-2019-ITP/DE, Directiva de Procedimiento para la calificación, seguimiento y retiro de calificación de personas jurídicas de derecho privado para operar como Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, el retiro de calificación de CITE privado por el incumplimiento de su objeto implica que un CITE privado deje de brindar servicios tecnológicos o que oriente su operación a otro tipo de servicios, considerándose así, que el CITE privado que no reporte dos (2) informes semestrales de seguimiento consecutivos, se encuentran inoperativos y como tal incumplen con su objeto;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 011-2003-PRODUCE/VMI de fecha 23 de mayo del 2003, el Ministerio de la Producción otorgó a la Asociación Civil Módulos de Servicios ZOTAC para la Pequeña y Micro Empresa de Tacna, la calificación para operar como CITE
privado con la denominación de Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial- CITE Agroindustrial; y con Resolución Ejecutiva Nº 024-2017-ITP/DE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de febrero del 2017, aprobó su adecuación al Decreto Legislativo Nº 1228 y su Reglamento;

Que, mediante Memorando Nº 000072-2022-ITP/ DSE, sustentado en el Informe Técnico Nº 00008-2022-ITP/LRP-DSE, ambos de fecha 18 de abril de 2022, la Dirección de Seguimiento y Evaluación recomienda el retiro de la calificación del CITE privado al Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial- CITEagroindustrial por incumplimiento en la remisión de los informes semestrales de seguimiento correspondientes al segundo semestre del 2020, primer y segundo semestre del 2021; y por cumplimiento parcial de los compromisos propuestos en su expediente de calificación;

Que, mediante Memorando Nº 000190-2022-ITP/ DEDFO sustentado en el Informe Nº 000014-2022-ITP/ LLL-DEDFO ambos de fecha 30 de junio de 2022, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, señala que el CITE no ha suscrito Convenio de Desempeño y no registra compromisos pendientes con el ITP; y que en aplicación del numeral 9.8.1 literal b) de la Directiva Nº 004-2019-ITP/DE resulta viable el retiro de calificación de CITE privado, por cuanto no cumple con su objeto, como lo establece el artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 1228;

Que, mediante Informe Nº 000328-2022-ITP/OAJ de fecha 02 de agosto de 2022, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto del retiro de calificación del Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial- CITEagroindustrial en aplicación del literal b) del numeral 9.8.1. de la citada Directiva;

Que, mediante el Acuerdo Nº SO-017-006-2022-ITP/ CD, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº SO-006-2022-ITP/CD de fecha 06 de setiembre de 2022, el Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción, aprueba el retiro de calificación para operar como CITE
privado a la Asociación Civil Módulos de Servicios ZOTAC
para la Pequeña y Micro Empresa de Tacna denominado Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial-
CITEagroindustrial;

Que, por los fundamentos expuestos, resulta necesario retirar, a la Asociación Civil Módulos de Servicios ZOTAC
para la Pequeña y Micro Empresa de Tacna, la calificación para operar como Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial- CITEagroindustrial;

Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Seguimiento y Evaluación y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451; el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE; el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción y la Resolución Ejecutiva Nº 271-2019-ITP/DE, que aprueba la Directiva Nº 004-2019-ITP/DE, Directiva de Procedimiento para la calificación, seguimiento y retiro de calificación de personas jurídicas de derecho privado para operar como Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Retirar a la Asociación Civil Módulos de Servicios ZOTAC para la Pequeña y Micro Empresa de Tacna, la calificación para operar como Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial-
CITEagroindustrial.

Artículo 2º.- Notificar la presente Resolución Ejecutiva a la Asociación Civil Módulos de Servicios ZOTAC para la Pequeña y Micro Empresa de Tacna y a la Dirección de Seguimiento y Evaluación.

Artículo 3º.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PABLO CÉSAR ROLES SORIA
Director Ejecutivo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RE 170-2022-ITP/DE Disponen retirar a la Asociación Civil Módulos de Servicios ZOTAC para la Pequeña y Micro Empresa de Tacna, la calificación para operar como Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial- CITEagroindustrial INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN EJECUTIVA
  • Numero : 170-2022-ITP/DE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-10-21
  • Fecha de aplicacion : 2022-10-22

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