11/15/2022

Ley 31618 Declara Necesidad Pública E Interés Nacional Congreso

Poder Legislativo, Congreso de la Republica Ley 31618 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DEL VILCANOTA Artículo 1. Declaratoria de necesidad pública e interés nacional Se declara de necesidad pública e interés nacional la creación de la Universidad Nacional Autónoma del Vilcanota, con personería jurídica de derecho público interno, en la ciudad de Sicuani, provincia de Canchis, departamento de Cusco. Artículo 2. Finalidad La pres…
Poder Legislativo, Congreso de la Republica

Ley 31618
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA
E INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DEL
VILCANOTA
Artículo 1. Declaratoria de necesidad pública e interés nacional Se declara de necesidad pública e interés nacional la creación de la Universidad Nacional Autónoma del Vilcanota, con personería jurídica de derecho público interno, en la ciudad de Sicuani, provincia de Canchis, departamento de Cusco.

Artículo 2. Finalidad La presente ley tiene por finalidad garantizar que el Estado brinde una educación a los estudiantes de las provincias altas de Canchis, Canas, Espinar, Chumbivilcas y Acomayo, además las regiones vecinas de Puno, Arequipa, Apurímac y todo el macro sur, para posibilitar el despegue del subdesarrollo y exclusión social con el aporte de la investigación científica, tecnológica, humanística, creación intelectual y artística de la universidad en cumplimiento de los fines que establece el artículo 6 de la Ley Universitaria, como parte esencial del derecho a la educación superior.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA. Acciones para la implementación Se encarga al Ministerio de Educación, de conformidad con sus atribuciones y competencias, para que adopte las acciones correspondientes en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, el Gobierno Regional de Cusco y la Municipalidad Provincial de Canchis, con cargo a su presupuesto anual, para el desarrollo de estudios técnicos para la construcción de la referida universidad y su inclusión dentro del banco de proyectos de inversión del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE), en cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintiún días del mes de octubre de dos mil veintidós.

JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA
Presidente del Congreso de la República
MARTHA LUPE MOYANO DELGADO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ
Presidente del Consejo de Ministros

NORMA LEGAL:

  • Titulo: Ley 31618 QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DEL VILCANOTA
  • Tipo de norma : LEY
  • Numero : 31618
  • Emitida por : Congreso de la Republica - Poder Legislativo
  • Fecha de emision : 2022-11-15
  • Fecha de aplicacion : 2022-11-16

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