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Transferencia Financiera Favor Contraloría RM 328-2022-MIMP Mujer y Poblaciones Vulnerables
11/28/2022
Transferencia Financiera Favor Contraloría RM 328-2022-MIMP Mujer y Poblaciones Vulnerables
Poder Ejecutivo, Mujer y Poblaciones Vulnerables Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RM 328-2022-MIMP Lima, 25 de noviembre de 2022 VISTOS, el Oficio Nº 000743-2022-INABIF/DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF; el Informe Nº D000107-2022-MIMP-OIN de la Oficina de Inversiones; el Memorándum Nº D000034-2022-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento; el Informe Nº D000428-2022-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto; el Memorándum Nº D000896-2022-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y P…
Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
RM 328-2022-MIMP
Lima, 25 de noviembre de 2022
VISTOS, el Oficio Nº 000743-2022-INABIF/DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF; el Informe Nº D000107-2022-MIMP-OIN de la Oficina de Inversiones; el Memorándum Nº D000034-2022-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento;
el Informe Nº D000428-2022-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto; el Memorándum Nº D000896-2022-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº D000265-2022-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,
CONSIDERANDO:
millones de soles son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;
Que, asimismo, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31358 establecen que para el cumplimiento de la ley se autoriza a los pliegos involucrados a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la referida ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; indicando que las citadas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, la cual se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, el inciso ii del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, modificada por Resolución Directoral Nº 007-2022-EF/50.01, señala, entre otros aspectos, que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes debe efectuar su registro, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital, en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital y, excepcionalmente, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital y a la aplicación del artículo 4 de la Ley Nº 31358, se registra en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión "6000053.
CONTROL CONCURRENTE", en la Finalidad "0348747.
CONTROL CONCURRENTE" y en la Específica del Gasto "2.4.2.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO
NACIONAL";
Que, a través del Oficio Nº 000707-2022-CG/SGE la Contraloría General de la República comunica al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP
que para la aplicación de la Ley Nº 31358, en el marco de los alcances del Plan de Acción de Control - 2023, se han priorizado inversiones que se encuentran a cargo del MIMP, las cuales están detalladas en el Anexo adjunto al citado Oficio, por lo que solicita con carácter muy urgente definir y efectuar la trasferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General hasta por el monto total de S/ 391 834,09 (TRESCIENTOS NOVENTA Y
UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 09/100
SOLES), así como disponer las acciones pertinentes para garantizar la mencionada transferencia financiera;
Que, con Oficio Nº 000743-2022-INABIF/DE la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF remite al MIMP el Informe Nº 000448-2022-INABIF/UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, el cual señala que de la información extraída del Sistema SIAF de fecha de 15 de noviembre de 2022 se verifica que de la proyección del gasto al cierre del ejercicio presupuestal 2022 se han identificado saldos de libre disponibilidad sin certificar en la Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos (APNOP), del Proyecto de Inversión "Mejoramiento y ampliación de los servicios de protección Integral a adolescentes mujeres de 13 a 17 años en el Centro de Atención Residencial Ermelinda Carrera, distrito de San Miguel, provincia de Lima, departamento de Lima" con CUI
Nº 2197584, Acción de Inversión 6000053: Control Concurrente, Genérica de Gasto 2.6: Adquisición de Activos no Financieros, por el importe de S/ 169 311,00 (CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS
ONCE Y 00/100 SOLES), por lo que emite opinión favorable para la transferencia financiera de recursos a favor del Pliego 019: Contraloría General. Asimismo, remite el Informe Nº 000661-2022-INABIF/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica el cual señala que es legalmente viable la citada transferencia financiera;
Que, mediante Informe Nº D000107-2022-MIMP-OIN la Oficina de Inversiones, en el marco de sus competencias como Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, encuentra procedente y emite opinión favorable a la solicitud de atención remitida con Oficio Nº 000707-2022-CG/SGE
por la Contraloría General de la República, por lo que recomienda se continúe con la gestión que permita la transferencia de recursos para el desarrollo del Control Concurrente del Proyecto de Inversión con CUI Nº 2197584;
Que, con Memorándum Nº D000896-2022-MIMP-OGPP la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº D000428-2022-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto, el cual señala que, en el marco del artículo 4 de la Ley Nº 31358, la Unidad Ejecutora 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF ha realizado dos (2) modificaciones presupuestarias a nivel funcional programático a fin de cumplir con lo establecido en el inciso ii del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01, modificada por la Resolución Directoral Nº 007-2022-EF/50.01, por lo que de la revisión efectuada al Presupuesto Institucional Modificado (PIM) de la citada Unidad Ejecutora se advierte que la misma cuenta con el marco presupuestal disponible en el presente año fiscal por el importe de S/ 169 311,00 (CIENTO SESENTA Y
NUEVE MIL TRESCIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, razón por la cual emite opinión favorable y considera viable la propuesta de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera a favor del Pliego 019:
Contraloría General con cargo al presupuesto del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables hasta por la suma de S/ 169 311,00 (CIENTO SESENTA
Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES)
para financiar el despliegue de acciones de control del Proyecto de Inversión "Mejoramiento y ampliación de los servicios de protección Integral a adolescentes mujeres de 13 a 17 años en el Centro de Atención Residencial Ermelinda Carrera, distrito de San Miguel, provincia de Lima, departamento de Lima" con CUI Nº 2197584, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31358;
Que, mediante Informe Nº D000265-2022-MIMP-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica estima legalmente procedente la emisión de la presente resolución, en el marco de la normativa antes detallada y conforme a lo sustentado por las unidades orgánicas y órganos competentes;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; en el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;
en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial Nº 208-2021-MIMP; y en la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01;
SE RESUELVE:
SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ONCE Y 00/100
SOLES) a favor del Pliego 019: Contraloría General
para financiar el despliegue de acciones de control del Proyecto de Inversión "Mejoramiento y ampliación de los servicios de protección Integral a adolescentes mujeres de 13 a 17 años en el Centro de Atención Residencial Ermelinda Carrera, distrito de San Miguel, provincia de Lima, departamento de Lima" con CUI Nº 2197584, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente.
Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución se efectuará según lo señalado en el Anexo: "Transferencia a favor del Pliego 019: Contraloría General" que forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Acciones Administrativas El Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5.- Publicación Disponer que la presente Resolución se publique en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp) en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CLAUDIA DAVILA MOSCOSO
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 328-2022-MIMP Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 328-2022-MIMP
- Emitida por : Mujer y Poblaciones Vulnerables - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-11-28
- Fecha de aplicacion : 2022-11-29
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