12/18/2022

Transferencia Financiera Favor Organismo RM 000425-2022-DM/MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Autorizan transferencia financiera a favor del Organismo Internacional Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) RM 000425-2022-DM/MC San Borja, 16 de diciembre del 2022 VISTOS; el Memorando Nº 000976-2022-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 001555-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, mediante la Resol…
Poder Ejecutivo, Cultura
Autorizan transferencia financiera a favor del Organismo Internacional Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial de América Latina (CRESPIAL)
RM 000425-2022-DM/MC
San Borja, 16 de diciembre del 2022
VISTOS; el Memorando Nº 000976-2022-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 001555-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, mediante la Resolución Ministerial Nº 000382-2021-DM/MC, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 003: Ministerio de Cultura;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2022-RE, Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo por intercambio de comunicaciones entre la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre la continuidad del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL), se ratifica el Acuerdo por intercambio de comunicaciones entre la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre la continuidad del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL);

Que, el artículo 12 del citado Acuerdo, señala que el Gobierno Peruano se compromete a través de la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco, a coberturar los gastos administrativos, de funcionamiento, gastos de actividades entre otros, del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL);

Que, en este contexto, a través del literal t) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se autoriza la realización, de manera excepcional, la transferencia financiera entre entidades, las que realice el Ministerio de Cultura a favor del Organismo Internacional Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) hasta por el monto de S/ 1 770 000,00 (Un millón setecientos setenta mil y 00/100 soles);

Que, asimismo, en el numeral 16.2 de la citada ley, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, con el Memorando Nº 002145-2022-DDC-CUS/ MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco hace suyo y remite el Informe Nº 000420-2022-OPP/MC de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, mediante el cual se remite el Informe Nº 000517-2022-AFPE/MC del Área Funcional de Presupuesto y Estadística, a través del cual informa que la Unidad Ejecutora 002: MC - Cusco cuenta con los recursos disponibles para la transferencia al Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) por el monto de S/ 1 770 000,00 (Un millón setecientos setenta mil y 00/100 soles), en la específica de Gasto 2.4.1.2.1.99
Transferencias a otros organismos internacionales, para el ejercicio presupuestal 2022;

Que, mediante el Memorando Nº 000976-2022-OGPP/ MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000305-2022-OP/MC de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se informa que se ha verificado que la Unidad Ejecutora 002: MC - Cusco cuenta con los recursos disponibles hasta por la suma de S/ 1 770 000,00 (Un millón setecientos setenta mil y 00/100 soles), en la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados, para realizar la transferencia al Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL);

Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente que autorizar la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 002: MC - Cusco hasta por la suma S/ 1 770
000,00 (Un millón setecientos setenta mil y 00/100
soles), por la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados, a favor del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL);

Con las visaciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022;
el Decreto Supremo Nº 061-2022, Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo por intercambio de comunicaciones entre la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre la continuidad del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL); la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, que aprueba la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria";

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la transferencia Financiera a favor del Organismo Internacional Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial de América Latina (CRESPIAL)
Autorízase a la Unidad Ejecutora 002: MC- Cusco del Pliego 003: Ministerio de Cultura, a efectuar transferencias financieras a favor de Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial de América Latina (CRESPIAL), hasta por la suma de S/ 1 770 000,00 (Un millón setecientos setenta mil y 00/100 soles), para dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº 061-2022-RE, Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo por intercambio de comunicaciones entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), sobre la continuidad del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL).

Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 003: Ministerio de Cultura, en la Fuente de Financiamiento 2 Recursos Directamente Recaudados, Unidad Ejecutora 002: MC - Cusco, Categoría Presupuestaria 0132: Puesta en valor y uso social del patrimonio cultural, Producto 30000001:

Acciones Comunes, Actividad 5000276: Gestión del Programa; y en la Específica de Gasto 2.4.1.2.1.99 A
Otros Organismos Internacionales por la suma de S/ 1 770 000,00 (Un millón setecientos setenta y 00/100
soles).

Artículo 3.- Seguimiento La Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco es responsable del seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se transfieren los recursos a que se refiere la presente resolución.

Artículo 4.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Remisión Copia de la presente resolución se remite a la Unidad Ejecutora 002: MC - Cusco, para que realicen las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia financiera.

Artículo 6.- Vigencia La presente resolución entra en vigencia el mismo día de su publicación en el diario oficial "El Peruano".

Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano" y en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIR PEREZ BRAÑEZ
Ministro de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 000425-2022-DM/MC Autorizan transferencia financiera a favor del Organismo Internacional Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Inmaterial de América Latina (CRESPIAL)
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 000425-2022-DM/MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2022-12-18
  • Fecha de aplicacion : 2022-12-19

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