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Norma Técnica Denominada criterios Diseño RV 018-2023-MINEDU Educacion
1/29/2023
Norma Técnica Denominada criterios Diseño RV 018-2023-MINEDU Educacion
Poder Ejecutivo, Educacion Modifican la Norma Técnica denominada "Criterios de Diseño para Ambientes de Servicios de Alimentación en los Locales Educativos de la Educación Básica" RV 018-2023-MINEDU Lima, 27 de enero de 2023 VISTOS, el Expediente Nº DIPLAN2022-INT-0198814, el Oficio Nº 00056-2023-MINEDU/VMGI-DIGEIE de la Dirección General de Infraestructura Educativa; el Informe Nº 00009-2023-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR suscrito de forma conjunta por la Dirección de Normatividad de Infraestructura, la Dirección de Planificación de Inversiones, la Dirección General de Infraestructura Ed…
Modifican la Norma Técnica denominada "Criterios de Diseño para Ambientes de Servicios de Alimentación en los Locales Educativos de la Educación Básica"
RV 018-2023-MINEDU
Lima, 27 de enero de 2023
VISTOS, el Expediente Nº DIPLAN2022-INT-0198814, el Oficio Nº 00056-2023-MINEDU/VMGI-DIGEIE de la Dirección General de Infraestructura Educativa;
el Informe Nº 00009-2023-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR suscrito de forma conjunta por la Dirección de Normatividad de Infraestructura, la Dirección de Planificación de Inversiones, la Dirección General de Infraestructura Educativa y la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto en su condición de OPMI del sector; el Informe Nº 00005-2023-MINEDU/SPE-OPEP- UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, y, el Informe Nº 00079-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación, y;
CONSIDERANDO:
Que, el literal f) del artículo 13 de la mencionada Ley, indica que, uno de los factores que interactúan para el logro de la calidad de la educación es la infraestructura, equipamiento, servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias técnico-pedagógicas de cada lugar y a las que plantea el mundo contemporáneo, y accesibles para las personas con discapacidad;
Que, el artículo 2 de la Norma A.040 "Educación" del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA y sus modificatorias, establece que dicha norma es aplicable a las edificaciones de uso educativo y se complementa con las disposiciones que regulan las actividades educativas y de infraestructura, emitidas por MINEDU, u otras entidades competentes, según corresponda, en concordancia con los objetivos y las Políticas Nacionales de Educación;
Que, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU (ROF del MINEDU), señala que el Despacho Viceministerial de Gestión Institucional está a cargo del Viceministro de Gestión Institucional (VMGI), quien es la autoridad inmediata al Ministro de Educación en los asuntos de su competencia; responsable de formular, normar, articular, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar la implementación de las políticas, planes, proyectos y documentos normativos para la mejora de la calidad de la gestión del sistema educativo, becas y créditos educativos, e infraestructura y equipamiento educativo bajo un enfoque de gestión territorial y por resultados en coordinación con los diferentes niveles de gobierno e instancias descentralizadas;
Que, los literales k) y l) del artículo 11 del ROF del MINEDU establecen que es función del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional aprobar los actos resolutivos y documentos normativos en el ámbito de su competencia, así como ejercer las demás funciones que le asigne la ley, y otras que le encomiende el Ministro;
Que, el literal a) del numeral 2.2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2023-MINEDU, modificada por Resolución Ministerial Nº 014-2023-MINEDU, delega en el/la Viceministro/a de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2023, la facultad de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos
Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el ROF del
MINEDU;
Que, el literal c) del artículo 180 del ROF del MINEDU
dispone que es función de la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE) formular, difundir y supervisar la aplicación de los documentos normativos de diseño y planeamiento arquitectónico y urbanístico para la construcción, equipamiento y mantenimiento de la infraestructura educativa, en coordinación con los órganos del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica;
Que, el artículo 184 del ROF del MINEDU dispone que la Dirección de Normatividad de Infraestructura (DINOR) de la DIGEIE es el órgano responsable de proponer, formular, difundir y supervisar la aplicación de documentos normativos y criterios técnicos de diseño y planeamiento arquitectónico y urbanístico, procedimientos para la construcción, mantenimiento y equipamiento de infraestructura educativa en todos los niveles y modalidades de la educación, con excepción de la educación superior universitaria, en concordancia con los estándares técnicos internacionales, y la normativa arquitectónica y urbanística vigente;
Que, el numeral 21 del párrafo 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema de Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, señala que es función de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del sector, promover la revisión periódica de las normas técnicas sectoriales y participar en su actualización, en coordinación con las Unidades Formuladoras, Unidades Ejecutoras de Inversiones y los órganos técnicos normativos competentes, de acuerdo a los servicios de los cuales el Sector es responsable funcionalmente, cuando corresponda;
Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 054-2021-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada "Criterios de Diseño para Ambientes de Servicios de Alimentación en los Locales Educativos de la Educación Básica";
Que, con Oficio Nº 00056-2023-MINEDU/VMGI-DIGEIE, la DIGEIE remite al VMGI, el Informe Nº 00009-2023-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR, mediante el cual la DINOR de forma conjunta con la Dirección de Planificación de Inversiones (DIPLAN), la Dirección General de Infraestructura Educativa y la Unidad de Programación e Inversiones (UPI), en su condición de Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector Educación, sustenta y solicita la aprobación y publicación del proyecto de modificación de las Disposiciones Complementarias de la Norma Técnica denominada "Criterios de Diseño para Ambientes de Servicios de Alimentación en los Locales Educativos de la Educación Básica" aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 054-2021-MINEDU; que implica la derogación de la quinta disposición complementaria final y la incorporación de la tercera disposición complementaria transitoria, con la finalidad de precisar su aplicación respecto a las diversas fases de los proyectos que se ejecutan mediante la modalidad de Asociación Público Privada - APP;
Que, el proyecto de modificación de la Norma Técnica denominada "Criterios de Diseño para Ambientes de Servicios de Alimentación en los Locales Educativos de la Educación Básica" aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 054-2021-MINEDU, cuenta con la opinión favorable de la DINOR, la DIPLAN y la UPI, en su condición de OPMI del Sector Educación, a través del Informe Nº 00009-2023-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR;
Que, con Memorándum Nº 00004-2023-MINEDU/ SPE, la Secretaría de Planificación Estratégica, hace suyo el Informe Nº 00005-2023-MINEDU/SPE-OPEP- UPP, mediante el cual la Unidad de Planificación y Presupuesto emite opinión favorable al proyecto de modificación;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación mediante Informe Nº 00079-2023-MINEDU/SG-OGAJ, concluye que resulta legalmente viable la aprobación del proyecto de modificación de las Disposiciones Complementarias de la Norma Técnica denominada "Criterios de Diseño para Ambientes de Servicios de Alimentación en los Locales Educativos de la Educación Básica" aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 054-2021-MINEDU;
De conformidad con la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 007-2022-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; la Resolución de Secretaría General Nº 101-2022-MINEDU que aprueba la directiva denominada "Elaboración, Aprobación y Tramitación de actos Resolutivos y Documentos Normativos del Ministerio de Educación"; y, en uso de las facultades delegadas en la Resolución Ministerial Nº 002-2023-MINEDU modificada por la Resolución Ministerial Nº 014-2023-MINEDU;
SE RESUELVE:
"(...)
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
TRANSITORIAS (...)
Tercera: Por excepción, la presente Norma Técnica no es aplicable a las inversiones que se realicen mediante la modalidad de Obras por Impuestos, cuando a la fecha de publicación de la presente Norma el proyecto de inversión se encuentre en etapa de elaboración del Expediente Técnico, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y su Reglamento.
La presente Norma Técnica rige para los proyectos de Asociación Público Privada y se aplica considerando lo siguiente:
• Si el proyecto, a la fecha de la entrada en vigencia de la Norma Técnica, se encuentra en la Fase de Formulación, dicha Fase debe culminar con la norma que se venía aplicando. La aplicación de la presente Norma Técnica es a partir de la Fase de Estructuración.
• Si el proyecto, a la fecha de la entrada en vigencia de la Norma Técnica, se encuentra en la Fase de Estructuración, se aplica a partir de esta Fase.
• Si el proyecto, a la fecha de la entrada en vigencia de la Norma Técnica, se encuentra en la Fase de Transacción dicha Fase debe culminar con la norma que se venía aplicando. La aplicación de la presente Norma Técnica es a partir de la Fase de Ejecución Contractual, conforme a lo señalado en el respectivo Contrato de Concesión respecto a las Leyes y Disposiciones aplicables.
• Si el proyecto, a la fecha de la entrada en vigencia de la Norma Técnica, se encuentra en la Fase de Ejecución Contractual, se aplica conforme a lo señalado en el respectivo Contrato de Concesión respecto a las Leyes y Disposiciones aplicables."
Artículo 2.- Disponer que la Dirección General de Infraestructura Educativa, en coordinación con la Dirección de Normatividad de Infraestructura y los órganos que correspondan, realicen de manera oportuna la difusión y supervisión de la aplicación de la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Norma Técnica denominada "Criterios de Diseño para Ambientes de Servicios de Alimentación en los Locales Educativos de la Educación Básica" aprobada mediante Resolución
Viceministerial Nº 054-2021-MINEDU, incorporada mediante la presente Resolución conforme lo dispuesto en el artículo precedente.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGNET CARMEN MÁRQUEZ RAMIREZ
Viceministra de Gestión Institucional
NORMA LEGAL:
- Titulo: RV 018-2023-MINEDU Modifican la Norma Técnica denominada "Criterios de Diseño para Ambientes de Servicios de Alimentación en los Locales Educativos de la Educación Básica"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
- Numero : 018-2023-MINEDU
- Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-01-29
- Fecha de aplicacion : 2023-01-30
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