2/18/2023

Cuadro Asignación Personal Provisional cap RR 029-2023-UNSM/R Organismos Autonomos

Poder Judicial, Organismos Autonomos Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP) de la Universidad Nacional de San Martín UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN RR 029-2023-UNSM/R Tarapoto, 10 de enero del 2023 Visto el Proveído Nº D000031-2023-UNSM-SG, que contiene el Memorando Nº D000034-2023-UNSM-RE, Carta Nº D000026-2023-UNSM-DGA, Carta Nº D000031-2023-UNSM-URH, Oficio Nº 000796-2022-SERVIR-PE, Informe Técnico Nº 000229-2022-SERVIR-GDSRH y Oficio Nº 0382-2022-UNSM/R, sobre Aprobación del Cuadro para Asignación de personal Provisional (CAP) de la UNSM. CONSIDERANDO: …
Poder Judicial, Organismos Autonomos
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP) de la Universidad Nacional de San Martín UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN
RR 029-2023-UNSM/R
Tarapoto, 10 de enero del 2023
Visto el Proveído Nº D000031-2023-UNSM-SG, que contiene el Memorando Nº D000034-2023-UNSM-RE, Carta Nº D000026-2023-UNSM-DGA, Carta Nº D000031-2023-UNSM-URH, Oficio Nº 000796-2022-SERVIR-PE, Informe Técnico Nº 000229-2022-SERVIR-GDSRH y Oficio Nº 0382-2022-UNSM/R, sobre Aprobación del Cuadro para Asignación de personal Provisional (CAP) de la UNSM.

CONSIDERANDO:

Que, la Universidad Nacional de San Martín es una Institución descentralizada, autónoma con personería jurídica de derecho público interno; se rige por la Constitución Política de Estado, la legislación universitaria vigente, el presente Estatuto y su Reglamento General.

Su personería y representación legal la ejerce el Rector y dentro de unos de sus fines esta, formar profesionales humanistas, científicos y con excelencia académica competitiva, para los cambios del desarrollo de la región y del país, para así promover, organizar, realizar y difundir los resultados de la investigación en las áreas de humanidades, ciencias, arte y tecnología acorde a la realidad regional y nacional, con el objeto de viabilizar alternativas eficientes y eficaces para su desarrollo y transformación socioeconómica.

Que, con Oficio Nº 0382-2022-UNSM/R, el señor Rector de la UNSM, solicita opinión favorable del CAP-Provisional UNSM 2022, a la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos - Autoridad Nacional del Servicio Civil.

Que, con Oficio Nº 000796-2022-SERVIR-PE, la presidente ejecutiva remite opinión técnica favorable de SERVIR, con respecto al Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Universidad Nacional de San Martín con Informe Técnico Nº 000229-2022-SERVIR-GDSRH, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.3.1.8 de la Directiva Nº 006-2021- SERVIR/GDSRH, elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional;

Que, la UNSM fue creada mediante Decreto Ley Nº 22803, de fecha 18 de diciembre de 1979, y se ratificó su creación mediante la Ley Nº 23261, de fecha 18 de julio de 1981. En la actualidad, la UNSM cuenta con 10 facultades y 20 escuelas profesionales, que ofrecen las siguientes carreras: Agronomía, Medicina Veterinaria, Ingeniería Agroindustrial, Ingeniería Civil, Arquitectura, Obstetricia, Enfermería, Economía, Contabilidad, Administración, Turismo, Idiomas, Educación Inicial, Educación Secundaria, Educación Primaria, Ingeniería de Sistemas e Informática, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Medicina Humana y Derecho y Ciencias Políticas.

Que, es pertinente señalar que el artículo 13 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, estipula que el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento. Siendo así, el numeral 15.12 del artículo 15 de la citada Ley establece como una de las funciones de la Superintendencia Nacional de educación Superior (SUNEDU), atribuida al Consejo Directivo, aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades y filiales; cabe indicar que mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 055-2019-SUNEDU/CD, SUNEDU otorgó el licenciamiento institucional a la UNSM para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede y filiales que en conjunto representan cinco locales, ubicados en el departamento de San Martín, con una vigencia de seis años, computados a partir de la notificación de la citada resolución.

Que, al respecto, de la revisión del informe sustentatorio de la UNSM y la documentación adjunta al expediente, se tiene que dicha universidad aprobó la Resolución Rectoral Nº 008-2022- UNSM/CU-R, de fecha 2 de febrero de 2022, mediante la cual procedió a derogar la Resolución Rectoral Nº 490-2014-UNSM/R, de fecha 23 de abril del 2014, la Resolución Rectoral Nº 684- 2016-UNSM/R, de fecha 19 de setiembre del 2016, y la Resolución Rectoral Nº 182-2017- UNSM/R, de fecha 27 de marzo del 2017, que aprobaban el CAP de la universidad para cada año respectivamente, debido a que dicho documento de gestión no contaba con opinión previa favorable de SERVIR. En ese sentido, en la actualidad la UNSM no cuenta con CAP o CAP Provisional vigente.

Sobre el particular, cabe indicar que el numeral 5.3.7 de la Directiva dispone que "el(la) titular de la entidad debe gestionar las medidas correctivas correspondientes, en caso la entidad hubiera aprobado un CAP Provisional con fecha posterior al 13 de junio de 2014 sin opinión técnica previa de parte de SERVIR". En ese contexto, se advierte que, en mérito a dicha norma, la UNSM derogó el CAP o CAP Provisional que carecía de la opinión de SERVIR;

Que, mediante Carta Nº D000026-2023-UNSM-DGA la Directora General de Administración de la UNSM, en mérito a la Carta Nº D000031-2023-UNSM-URH, solicita al señor Rector de la UNSM emisión de resolución de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP) de la Universidad Nacional de San Martín, en mérito a la Opinión Técnica favorable del
SERVIR.

Que, mediante Memorando Nº D000034-2023-UNSM-RE, el señor Rector de la UNSM, ordena al Secretario General la emisión de resolución, en mérito a la Carta Nº D000026-2023-UNSM-DGA, sobre aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP) de la Universidad Nacional de San Martín;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto y Reglamento vigente de la UNSM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP) de la Universidad Nacional de San Martín, en mérito a la Opinión Técnica favorable del SERVIR con Informe Técnico Nº 000229-2022-SERVIR-GDSRH, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.3.1.8 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR/GDSRH, elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional.

Artículo 2º.- La Dirección General de Administración, en coordinación con la Unidad de Abastecimiento deberán solicitar la publicación en El Peruano la presente Resolución.

Artículo 3º.- La Dirección General de Administración, así como la Unidad de Recursos Humanos, darán cumplimiento a la presente Resolución.

Artículo 4º.- Distribuir la presente Resolución a:

Rectorado, VACAD, VINV, OPP, UP, DGA, UC, UA, URH, OAJ, OCI, UEI y Archivo, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

AQUILINO MESÍAS GARCÍA BAUTISTA
Rector de la UNSM

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RR 029-2023-UNSM/R Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP) de la Universidad Nacional de San Martín UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN RECTORAL
  • Numero : 029-2023-UNSM/R
  • Emitida por : Organismos Autonomos - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2023-02-18
  • Fecha de aplicacion : 2023-02-19

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