2/01/2023

Plan Homologación Ministerio Educación RM 083-2023-MINEDU Educacion

Poder Ejecutivo, Educacion Aprueban el Plan de Homologación del Ministerio de Educación RM 083-2023-MINEDU Lima, 30 de enero de 2023 VISTOS, el Expediente Nº MPD2022-EXT-0311384 que contiene el Informe Nº 00035-2023-MINEDU/SG-OGA-OL de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración; el Memorándum Nº 00085-2023-MINEDU/ SG-OGA de la Oficina General de Administración; y, el Informe Nº 00088-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, …
Poder Ejecutivo, Educacion
Aprueban el Plan de Homologación del Ministerio de Educación
RM 083-2023-MINEDU
Lima, 30 de enero de 2023
VISTOS, el Expediente Nº MPD2022-EXT-0311384
que contiene el Informe Nº 00035-2023-MINEDU/SG-OGA-OL de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración; el Memorándum Nº 00085-2023-MINEDU/ SG-OGA de la Oficina General de Administración; y, el Informe Nº 00088-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación;
debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS.

Una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación;

Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley Nº 30225, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificatorias, señala que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERU COMPRAS;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERU COMPRAS, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 16 de julio de 2020, PERU
COMPRAS aprueba la Directiva Nº 006-2020-PERU
COMPRAS denominada "Proceso de Homologación de Requerimientos" (en adelante, la Directiva), cuyo objetivo es establecer disposiciones generales y específicas que regulen el proceso de Homologación de requerimientos, que realizan los Ministerios, en el ámbito de sus competencias, priorizando aquellos que sean de contratación recurrente, de uso masivo por las entidades y/o aquellos identificados como estratégicos, estableciendo que dichas entidades deben conformar un equipo de trabajo denominado Equipo de Homologación con el número de integrantes titulares y suplentes que consideren necesarios para el cumplimiento de sus actividades;

Que, en atención a lo dispuesto en su acápite IV, la Directiva es de cumplimiento obligatorio por los Ministerios que uniformizan los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través del proceso de Homologación, en aplicación de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como de PERU COMPRAS;

Que, las Disposiciones Generales de la Directiva precisan que el Plan de Homologación es el instrumento que identifica oportunidades de Homologación, que sirve de apoyo a los Ministerios para planificar, ejecutar y realizar el seguimiento de los procesos de Homologación de requerimientos en el ámbito de sus competencias;
asimismo, señala que PERU COMPRAS realizará el acompañamiento a los Ministerios en la elaboración y actualización de su Plan de Homologación, para lo cual coordinará con el Equipo de Homologación que cada Ministerio designe para tales efectos;

Que, conforme a lo establecido en el numeral 8.1 de la Directiva, PERU COMPRAS debe remitir a los Ministerios, hasta antes del cierre del ejercicio fiscal, el "Listado de los objetos que pueden ser homologados", con la finalidad de que estos evalúen los objetos alcanzados, y de ser caso, determinen el inicio de los respectivos procesos de Homologación;

Que, respecto a las funciones del Equipo de Homologación, el sub numeral 8.3.3 de la Directiva establece, entre otras, la de elaborar el Plan de Homologación y proponerlo para su aprobación al titular del Ministerio; asimismo, el sub numeral 8.4.1 de la Directiva precisa que los Ministerios elaborarán su Plan de Homologación, el cual deberá incluir los requerimientos a homologar y la fecha de inicio del proceso de Homologación. Su periodo de ejecución será anual y deberá ser actualizado cada año, hasta el último día hábil del mes de enero del ejercicio fiscal siguiente. El Plan de Homologación deberá incluir todos los requerimientos que han sido identificados como oportunidades de Homologación por parte del Ministerio. Asimismo, se precisa que la formulación del Plan de Homologación deberá realizarse aplicando el formato del Anexo Nº 1
"Formato de Plan de Homologación" de la Directiva;

Que, de acuerdo a lo establecido en el sub numeral 8.4.3 de la Directiva, el Plan deberá ser aprobado y/o actualizado mediante Resolución Ministerial y remitirse a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU COMPRAS, dentro de los diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de su aprobación, para su publicación en su portal institucional;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 039-2023-MINEDU de fecha 12 de enero de 2023, se conforma el Equipo de Homologación del Ministerio de Educación - MINEDU, y se dispuso que su Coordinador será el/la Jefe/a de la Oficina General de Administración;

Que, mediante el Oficio Nº 000778-2022-PERU
COMPRAS-PERU COMPRAS de fecha 28 de diciembre de 2022, el Jefe de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS remite el Informe Nº 000203-2022-PERU COMPRAS-DES elaborado por la Dirección de Estandarización y Sistematización, mediante el cual se adjunta el listado de objetos que pueden ser homologados, con la finalidad que se realice la evaluación correspondiente y se proceda con la elaboración y/o actualización del Plan de Homologación. Asimismo, se convoca al Equipo de Homologación a reuniones de orientación para la elaboración del referido Plan de Homologación y se comunica que el plazo para que los Ministerios cumplan con remitir a PERU COMPRAS su Plan de Homologación vencerá el 31 de enero de 2023;

Que, mediante Acta de fecha 25 de enero de 2023, el Equipo de Homologación remite la propuesta de Plan de Homologación del Ministerio de Educación, que consta de treinta y un (31) bienes a homologar para la aprobación por el titular del Ministerio;

Que, mediante el Memorándum Nº 00085-2023-MINEDU/SG-OGA, la Oficina General de Administración remite a la Oficina General de Asesoría
Jurídica, el Informe Nº 00035-2023-MINEDU/SG-OGA-OL, elaborado por la Oficina de Logística, a través del cual señala que, de la evaluación a la propuesta del Plan de Homologación elaborado por el Equipo de Homologación, resulta técnicamente viable y conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2020-PERU COMPRAS; por lo que, se solicita gestionar la Resolución Ministerial correspondiente.

Que, mediante Informe Nº 00088-2023-MINEDU/ SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del MINEDU concluye que resulta legalmente viable que por Resolución Ministerial se apruebe el Plan de Homologación del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en el sub numeral 8.4.3 de la Directiva, atendiendo a la propuesta del Plan de Homologación elaborado por el Equipo de Homologación y la opinión técnica viable de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración;

Que, en ese sentido, corresponde que por Resolución Ministerial se proceda con la aprobación del Plan de Homologación del Ministerio de Educación, en cumplimiento de lo establecido en la normativa antes acotada;

De conformidad con lo dispuesto en Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificatorias, la Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERU COMPRAS de la Central de Compras Públicas-PERU COMPRAS, que aprueba la Directiva Nº 006-2020-PERU COMPRAS denominada "Proceso de Homologación de Requerimientos", y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan de Homologación del Ministerio de Educación, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Remitir el Plan de Homologación aprobado en el artículo precedente a la Dirección de Estandarización y Sistematización de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS, en el plazo dispuesto en el sub numeral 8.4.3 de la Directiva Nº 006-2020-PERU COMPRAS.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese y comuníquese.

OSCAR MANUEL BECERRA TRESIERRA
Ministro de Educación

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 083-2023-MINEDU Aprueban el Plan de Homologación del Ministerio de Educación
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 083-2023-MINEDU
  • Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-02-01
  • Fecha de aplicacion : 2023-02-02

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.