4/09/2023

Delimitan Ámbito Geográfico Oficinas RDE 033-2023 Transportes y Comunicaciones

Poder Ejecutivo, Transportes y Comunicaciones Delimitan el ámbito geográfico de las Oficinas Desconcentradas de Promoción de Inversiones de PROINVERSIÓN RDE 033-2023 Lima, 4 de abril de 2023 VISTOS: El Informe Nº 00056-2023/DID de la Dirección de 2023/DE de la Dirección Ejecutiva; los Proveídos Nº 00388-2023/SG y Nº 00431-2023/SG de la Secretaría General; el Memorándum Nº 00056-2023/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal Nº 00106-2023/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artícu…
Poder Ejecutivo, Transportes y Comunicaciones
Delimitan el ámbito geográfico de las Oficinas Desconcentradas de Promoción de Inversiones de PROINVERSIÓN
RDE 033-2023
Lima, 4 de abril de 2023
VISTOS:

El Informe Nº 00056-2023/DID de la Dirección de
2023/DE de la Dirección Ejecutiva; los Proveídos Nº 00388-2023/SG y Nº 00431-2023/SG de la Secretaría General; el Memorándum Nº 00056-2023/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal Nº 00106-2023/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, el inciso 3 del numeral 12.5 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1362, dispone como función de PROINVERSIÓN la de brindar asistencia técnica y apoyo a las entidades públicas pertenecientes al Sector Público No Financiero, en las distintas fases de los proyectos de Asociación Público Privada y de Proyectos en Activos, estableciendo para ello oficinas desconcentradas, conforme a la normatividad vigente;

Que, el artículo 2 concordado con el literal s) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo Nº 185-2017-EF (en adelante, ROF de PROINVERSIÓN), dispone que la entidad tiene su sede principal en la ciudad de Lima, pudiendo contar con oficinas desconcentradas en otras ciudades del país, estando la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN facultada para disponer la creación de oficinas dentro del territorio nacional;

Que, el artículo 44 del ROF de PROINVERSIÓN, dispone que las Oficinas Desconcentradas de Promoción de Inversiones son los órganos desconcentrados de PROINVERSIÓN, encargados de ejecutar los programas de fortalecimiento de capacidades y asistencia técnica en materia de promoción de la inversión privada e inversión pública con participación del sector privado, y tramitar la atención documentaria y otras gestiones de índole institucional en sus respectivas jurisdicciones; asimismo, el artículo 45 del Reglamento antes mencionado dispone que mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva se establecerán las disposiciones para adecuar los ámbitos geográficos de las Oficinas referidas a la actual división política administrativa del país;

Que, el artículo 42 en concordancia con los literales a)
y h) del artículo 43 del ROF de PROINVERSIÓN referido en el considerando precedente, dispone que la Dirección de Inversiones Descentralizadas de PROINVERSIÓN, es el órgano de línea encargado de fortalecer capacidades y brindar asistencia técnica a los gobiernos regionales y locales y otras entidades públicas, en materia de promoción de la inversión pública con participación del sector privado, estando encargada de gestionar las oficinas desconcentradas de la entidad;

Que, mediante Informe Nº 00056-2023/DID, la Dirección de Inversiones Descentralizadas propone la asignación de los ámbitos geográficos de las Oficinas Desconcentradas de Promoción de Inversiones de PROINVERSIÓN, a fin de implementar la estrategia y el plan de acción para el año 2023 diseñados por la referida Dirección para el fortalecimiento de capacidades y asesoría técnica de los gobiernos regionales y locales y otras entidades públicas; fundamentando su propuesta en el incremento de la demanda de servicios de promoción, capacitación y asistencia técnica en Obras por Impuestos, Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, por parte de las nuevas autoridades regionales y locales cuyas gestiones iniciaron el año 2023;

Que, mediante Memorándum Nº 00028-2023/DE, la Dirección Ejecutiva considerando la propuesta presentada por la Dirección de Inversiones Descentralizadas a través del informe referido en el considerando precedente, solicita que en el marco de lo dispuesto por los artículos 44 y 45 del ROF de PROINVERSIÓN, se proceda a definir y adecuar los ámbitos geográficos de las Oficinas Desconcentradas de Promoción de Inversiones de
PROINVERSIÓN;

Que, a través del Memorándum Nº 00056-2023/OPP la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, señala que es viable la propuesta de delimitación geográfica de las Oficinas Desconcentradas de Promoción de Inversiones;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; y, el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo Nº 185-2017-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delimitar el ámbito geográfico de las Oficinas Desconcentradas de Promoción de Inversiones de PROINVERSIÓN, bajo los términos siguientes:

1. La Oficina Desconcentrada de Promoción de Inversiones Norte, ubicada físicamente en Piura, tiene una cobertura geográfica que incluye los departamentos de Piura, Tumbes, Loreto, La Libertad, Áncash, Lambayeque y Cajamarca.

2. La Oficina Desconcentrada de Promoción de Inversiones Sur, ubicada físicamente en Arequipa, tiene una cobertura geográfica que incluye los departamentos de Arequipa, Moquegua, Tacna, Puno, Cusco, Ayacucho, Huancavelica y Apurímac.

Artículo 2.- Encargar a las unidades de organización de PROINVERSIÓN, de acuerdo con sus funciones, la implementación de lo dispuesto en el artículo 1.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar de PROINVERSIÓN (www.transparencia.gob.pe) y en la sede digital de PROINVERSIÓN (www.gob.pe/ proinversion) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ
Director Ejecutivo
PROINVERSIÓN

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RDE 033-2023 Delimitan el ámbito geográfico de las Oficinas Desconcentradas de Promoción de Inversiones de PROINVERSIÓN
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA
  • Numero : 033-2023
  • Emitida por : Transportes y Comunicaciones - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-04-09
  • Fecha de aplicacion : 2023-04-10

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