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Plan Anual Fiscalización Materia Discapacidad RP Mujer y Poblaciones Vulnerables
4/04/2023
Plan Anual Fiscalización Materia Discapacidad RP Mujer y Poblaciones Vulnerables
Poder Ejecutivo, Mujer y Poblaciones Vulnerables Aprueban el Plan Anual de Fiscalización en materia de Discapacidad - 2023 RP D000036-2023-CONADIS-PRE Lima, 31 de marzo del 2023 VISTOS: Los Informes Nº D000007 y D000011-2023-CONADIS-SDF, emitidos por la Subdirección de Fiscalización; el Memorando Nº D000102-2023-CONADIS-DFS y el Proveído Nº D000377-2023-CONADIS-DFS, emitidos por la Dirección de Fiscalización y Sanciones; el Informe Nº D000030-2023-CONADIS-OPPM y el Memorando Nº D000290-2023-CONADIS-OPPM, emitidos por Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº D00014…
Aprueban el Plan Anual de Fiscalización en materia de Discapacidad - 2023
RP D000036-2023-CONADIS-PRE
Lima, 31 de marzo del 2023
VISTOS:
Los Informes Nº D000007 y D000011-2023-CONADIS-SDF, emitidos por la Subdirección de Fiscalización; el Memorando Nº D000102-2023-CONADIS-DFS y el Proveído Nº D000377-2023-CONADIS-DFS, emitidos por la Dirección de Fiscalización y Sanciones; el Informe Nº D000030-2023-CONADIS-OPPM y el Memorando Nº D000290-2023-CONADIS-OPPM, emitidos por Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº D000149- 2023-CONADIS-OAJ, emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal m) del artículo 64 de la norma legal citada dispone que, el CONADIS tiene como función la de fiscalizar, imponer y administrar multas;
Que, el literal a) del artículo 49 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución de Presidencia Nº D000052-2022- CONADIS-PRE (en adelante el ROF del CONADIS), dispone que la Dirección de Fiscalización y Sanciones es el órgano de línea responsable de conducir las acciones de fiscalización para el cumplimiento de obligaciones fiscalizables contenidas en la Ley Nº 29973 Ley General de la Persona con Discapacidad, en su reglamento y otras disposiciones legales en materia de discapacidad, así como la imposición de sanciones por infracciones a la normativa citada.
Depende jerárquicamente de la Presidencia;
Que, asimismo, el artículo 52 del ROF del CONADIS, establece que la Subdirección de Fiscalización es la unidad orgánica de línea responsable de verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscalizables contenidas en la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, en su reglamento y en otras disposiciones legales en materia de discapacidad.
Depende jerárquicamente de la Dirección de Fiscalización y Sanciones, dicha Subdirección tiene entre sus funciones: a)
Elaborar y proponer instrumentos técnicos normativos, planes, programas y procedimientos relacionados a fiscalización en los niveles de gobierno nacional, regional y local, conforme a Ley, b) Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de discapacidad, establecidas en la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento determinando la existencia o no de infracciones administrativas;
Que, mediante la Resolución Directoral Nº 136-2021-CONADIS/DFS se aprueban la conformación de los siete (7) equipos especializados, seis de ellos denominados Ejes Temáticos y una (1) Unidad de Atención de Denuncias, los cuales han sido conformados de la siguiente manera: (i) Eje de Accesibilidad al Medio Físico; (ii) Eje de Accesibilidad en la Comunicación y de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC´s); (iii) Eje de Accesibilidad en los Medios de Transporte; (iv)
Eje de Presupuesto Público; (v) Eje de Educación; (vi) Eje de Empleo; y, (vii) Unidad de Atención de Denuncias;
Que, al respecto la Directiva Nº D0000001-2023-CONADIS-PRE denominada "Normas y Procedimiento
para el Ejercicio de la Función Fiscalizadora del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS", aprobada por la Resolución de Presidencia Nº D000008-2023-CONADIS-PRE en el numeral 6.1 de las Disposiciones Generales desarrolla la Facultad Administrativa de Fiscalización del CONADIS, para lo cual, señala que dicha actividad es el proceso a cargo de la Dirección de Fiscalización y Sanciones, por el cual se fiscaliza el cumplimiento de las obligaciones fiscalizables contenidas en la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, su reglamento y otras disposiciones legales;
Que, mediante el Informe Nº D000007-2023-CONADIS-SDF y el Informe Nº D00011-2023-CONADIS-SDF, la Subdirección de Fiscalización y Sanciones propone y sustenta el Plan Anual de Fiscalización en Materia de Discapacidad-2023 (en adelante el Plan Anual de Fiscalización), el cual contiene las necesidades y actividades de los seis (06) Ejes Temáticos Priorizados: Eje de Empleo, Eje de Accesibilidad en las Tic´s, Eje de Presupuesto Público, Eje de Accesibilidad en el Transporte, Eje de Accesibilidad en el Medio Físico y Eje de Educación; asimismo, indica que el mencionado Plan tendrá una vigencia del 01 de febrero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023;
Que, en tal sentido, la Subdirección de Fiscalización en el citado Informe, señala que para la elaboración del Plan Anual de Fiscalización, se han considerado las actividades y necesidades formuladas por cada uno de los especialistas a cargo de los seis (06) Ejes Temáticos Priorizados, y que se encuentran plasmados en los Informes que se detallan a continuación: Informe 000015-2023-CBM-SDF
- elaborado por el eje de empleo, Informe 000024-2023-HLO- SDF- elaborado por el eje de accesibilidad en las tics, Informe 000027-2023-RRB-SDF- elaborado por el eje de presupuesto público, Informe 000030-2023-FSR-SDF- elaborado por el eje de accesibilidad en el transporte, Informe 000041-2023-VMB-SDF- elaborado por el eje de accesibilidad al medio físico y el Informe 000007-2023-VMB-SDF- elaborado por el eje de educación;
Que, por su parte la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el Informe Nº D000030-2022-CONADIS-OPPM y en el Memorando Nº D000290-2023-CONADIS-OPPM emite opinión técnica favorable, en cuanto al alineamiento institucional con los planes estratégicos e instituciones de la entidad y considerando que el financiamiento de la propuesta del Plan Anual de Fiscalización, no irroga gastos presupuestales adicionales, otorga opinión presupuestal favorable y valida la distribución de recursos para las acciones contempladas en el referido Plan Anual de Fiscalización;
Que, de acuerdo al segundo párrafo del numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se establece que, el régimen de eficacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros. En el presente caso, no se violan normas de orden público ni se afecta a terceros;
Que, a través del Informe Nº D000149-2023-CONADIS-OAJ la Oficina de Asesoría Jurídica, opina que resulta jurídicamente viable que se apruebe el Plan Anual de Fiscalización en materia de Discapacidad - 2023, de la Dirección de Fiscalización y Sanciones; asimismo, recomienda que la Presidencia mediante acto resolutivo apruebe el mencionado Plan con eficacia anticipada al 01 de febrero de 2023;
Con el visto bueno de la Dirección de Fiscalización y Sanciones, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP , que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29091 - Ley que modifica el párrafo 38.3 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y establece la publicación de diversos dispositivos legales en el portal del Estado Peruano y en portales institucionales; la Resolución de Presidencia Nº D000008-2023-CONADIS-PRE que aprueba la Directiva Nº D0000001-2023- CONADIS-PRE denominada Normas y Procedimiento para el Ejercicio de la Función Fiscalizadora del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS; y la Resolución de Presidencia Nº D000052-2022-CONADIS-PRE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/mimp/ conadis).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SANDRA PILAR PIRO MARCOS
Presidente (e)
Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad
NORMA LEGAL:
- Titulo: RP D000036-2023-CONADIS-PRE Aprueban el Plan Anual de Fiscalización en materia de Discapacidad - 2023
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
- Numero : D000036-2023-CONADIS-PRE
- Emitida por : Mujer y Poblaciones Vulnerables - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-04-04
- Fecha de aplicacion : 2023-04-05
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