6/23/2023

Formalización Créditos Suplementarios Primer DS 134-2023-EF Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Decreto Supremo que aprueba la formalización de los Créditos Suplementarios del Primer Trimestre del Año Fiscal 2023 en el presupuesto consolidado de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales DS 134-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al numeral 50.5 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Dirección General de Presupuesto Público sobre la base de las resoluciones que aprueban la incorporación …
Poder Ejecutivo, Cultura
Decreto Supremo que aprueba la formalización de los Créditos Suplementarios del Primer Trimestre del Año Fiscal 2023 en el presupuesto consolidado de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales
DS 134-2023-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al numeral 50.5 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Dirección General de Presupuesto Público sobre la base de las resoluciones que aprueban la incorporación de mayores ingresos en las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales, propone el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las modificaciones al Presupuesto Consolidado de las citadas empresas y organismos públicos;

Que, el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 295-2022-EF, Decreto Supremo que aprueba el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2023 de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales, establece, entre otros, que las modificaciones a dicho Presupuesto Consolidado por la mayor captación u obtención de recursos que se perciban durante el período de ejecución presupuestaria del Año Fiscal 2023, se aprueban en períodos trimestrales y mediante Decreto Supremo, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Directiva para la Ejecución Presupuestaria aprobada por la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, el numeral 17.2 del artículo 17 de la Directiva Nº 010-2019-EF/50.01, Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura y la Ejecución Presupuestaria de las empresas no financieras y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 034-2019-EF/50.01, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público sobre la base de las Resoluciones o Acuerdos de Directorio que las empresas y organismos públicos emiten para la aprobación de las modificaciones presupuestarias que impliquen créditos suplementarios, propone el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las modificaciones al Presupuesto Consolidado de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales;
estableciendo en el numeral 17.3 del citado artículo que el mencionado proyecto de decreto supremo recoge las Resoluciones o Acuerdos tomando en cuenta la periodicidad trimestral;

Que, en tal sentido, corresponde aprobar la formalización de los Créditos Suplementarios del Primer Trimestre del Año Fiscal 2023, en el Presupuesto Consolidado de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 50.5 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
y, en el Decreto Supremo Nº 295-2022-EF, Decreto Supremo que aprueba el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2023 de las empresas no financieras y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Aprobar en el Presupuesto Consolidado de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales correspondiente al Año Fiscal 2023, la formalización de los Créditos
Suplementarios del Primer Trimestre del Año Fiscal 2023, hasta por S/ 392 766 716,00 (TRESCIENTOS NOVENTA
Y DOS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SEIS
MIL SETECIENTOS DIECISEIS Y 00/100 SOLES), de acuerdo a lo siguiente:

INGRESOS En Soles Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados 124 117 042,00
Donaciones y Transferencias 264 479 267,00
Recursos Determinados 4 170 407,00
============
TOTAL INGRESOS 392 766 716,00
============
EGRESOS En Soles Gastos Corrientes 41 997 913,00
Gastos de Capital 350 768 803,00
============
TOTAL EGRESOS 392 766 716,00
============
Artículo 2.- Desagregado del presupuesto consolidado El desagregado de los montos aprobados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel consolidado de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales, se detalla en los anexos que forman parte integrante de la presente norma, los cuales se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo al detalle siguiente:

Descripción Anexos Distribución del egreso de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales -
por fuente de financiamiento y genérica del gasto - Primer Trimestre Año Fiscal 2023
Anexo Nº I
Distribución del ingreso de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales -
por fuente de financiamiento - Primer Trimestre Año Fiscal 2023
Anexo Nº II
Distribución del egreso de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales - por genérica del gasto - recursos públicos - Primer Trimestre Año Fiscal 2023
Anexo Nº III
Distribución del egreso de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales -
por genérica del gasto - fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados - Primer Trimestre Año Fiscal 2023
Anexo Nº
III-1
Distribución del egreso de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales - por genérica del gasto - fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias - Primer Trimestre Año Fiscal 2023
Anexo Nº
III-2
Distribución del egreso de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales -
por genérica del gasto - fuente de financiamiento Recursos Determinados - Primer Trimestre Año Fiscal 2023
Anexo Nº
III-3
Artículo 3.- Efectos de la formalización La formalización de los Créditos Suplementarios en el Presupuesto Consolidado de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales para el Primer Trimestre del Año Fiscal 2023, no convalida los actos administrativos o de administración que se hayan ejecutado, sin sujeción a la normatividad presupuestaria.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA
Ministro de Economía y Finanzas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 134-2023-EF que aprueba la formalización de los Créditos Suplementarios del Primer Trimestre del Año Fiscal 2023 en el presupuesto consolidado de las empresas y organismos públicos de los gobiernos regionales y gobiernos locales
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 134-2023-EF
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-06-23
  • Fecha de aplicacion : 2023-06-24

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