7/14/2023

Primer Módulo Zonificación Forestal Departamento RM 202-2023-MINAM Ambiente

Poder Ejecutivo, Ambiente Aprueban el Primer Módulo de la Zonificación Forestal del departamento de Junín RM 202-2023-MINAM Lima, 19 de junio de 2023 VISTOS; el Informe Nº 00146-2023-MINAM/ VMDERN/DGOTGIRN/DIOTGIRN de la Dirección de Instrumentos para el Ordenamiento Territorial y la Gestión Integrada de los Recursos Naturales; el Informe Nº 00179-2023-MINAM/VMDERN/DGOTGIRN de la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales; el Memorando Nº 00607-2023-MINAM/VMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el In…
Poder Ejecutivo, Ambiente
Aprueban el Primer Módulo de la Zonificación Forestal del departamento de Junín
RM 202-2023-MINAM
Lima, 19 de junio de 2023
VISTOS; el Informe Nº 00146-2023-MINAM/ VMDERN/DGOTGIRN/DIOTGIRN de la Dirección de Instrumentos para el Ordenamiento Territorial y la Gestión Integrada de los Recursos Naturales; el Informe Nº 00179-2023-MINAM/VMDERN/DGOTGIRN de la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales;
el Memorando Nº 00607-2023-MINAM/VMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe Nº 00400-2023-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal c) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, establece que el Ministerio del Ambiente (MINAM)
cuenta con la función específica de establecer la política, los criterios, las herramientas y los procedimientos de
carácter general para el ordenamiento territorial nacional, en coordinación con las entidades correspondientes, y conducir su proceso;

Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, en adelante la Ley, señala que, por la zonificación forestal se delimitan obligatoria, técnica y participativamente las tierras forestales; los resultados de la zonificación forestal definen las alternativas de uso del recurso forestal y de fauna silvestre y se aplican con carácter obligatorio;

Que, según lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, la zonificación forestal constituye un proceso obligatorio técnico y participativo de delimitación de tierras forestales, que se realiza en el marco del enfoque ecosistémico y siguiendo la normativa sobre la zonificación ecológico-económica, en lo que corresponda, considerando los procesos en marcha, los instrumentos de planificación y gestión territorial regional con los que se cuente y respetando los usos y costumbres tradicionales de las tierras comunales, conforme a la Constitución Política del Perú y la ley;

Que, el artículo 33 de la Ley establece que la zonificación forestal es aprobada mediante resolución ministerial del MINAM a propuesta del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), en coordinación con la autoridad regional forestal y de fauna silvestre;

Que, de acuerdo con el artículo 28 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, la zonificación forestal se sustenta en el expediente técnico elaborado por el Gobierno Regional respectivo, en coordinación con el SERFOR y el MINAM, para lo cual se tiene como referencia la información incluida en el registro de Zonificación Ecológica y Económica (ZEE), previsto en el Reglamento de la Zonificación Ecológica y Económica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 087-2004-PCM, y la generada por los instrumentos técnicos que sustentan el ordenamiento territorial que reporta el MINAM;

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 168-2016-SERFOR-DE se aprueba la "Guía Metodológica de Zonificación Forestal" con el objetivo de orientar el desarrollo de los procesos de zonificación forestal a nivel nacional, estableciendo el marco metodológico para la delimitación de las tierras forestales y asignación de las categorías de zonificación forestal, generando un proceso dinámico, fl exible, concertado, bajo los principios aplicables a la gestión forestal, establecidos en la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre y la Ley;

Que, de acuerdo con el numeral 2.4 de la precitada Guía, la aprobación de la zonificación forestal puede ser total, que consiste en la aprobación de todas las categorías identificadas en el ámbito de estudio, o modular, que consiste en la aprobación de varias categorías mediante módulos, en una determinada secuencia;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 447-2018-MINAM, se aprueba la Directiva Nº 06-2018-MINAM/DM, denominada "Procedimiento para la aprobación de la zonificación forestal", la cual tiene por objeto establecer el procedimiento a seguir para la aprobación de la Zonificación Forestal, con la finalidad de lograr una gestión eficiente de la evaluación del expediente técnico remitido por el SERFOR;

Que, el literal h) del artículo 74 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MINAM, aprobado por Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, señala que la Dirección General de Ordenamiento T erritorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales tiene la función de aprobar los expedientes técnicos de Zonificación Forestal, elaborados por el Gobierno Regional respectivo;

Que, en este contexto, mediante Ordenanza Regional Nº 263-GRJ/CR, se declara de necesidad pública e interés regional la zonificación forestal de la región Junín y, entre otros, encarga a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, con la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, continuar la ejecución del proceso de Zonificación Forestal de la región Junín;

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 150-2018-GR-JUNIN/GR, el Gobierno Regional de Junín conformó el Comité Técnico para el proceso de Zonificación Forestal de la región Junín, instancia que tiene entre sus funciones proponer, acompañar, opinar y coordinar la ejecución de dicho proceso;

Que, mediante Oficio Nº 220-2022-GRJ/GRRNGMA, el Gobierno Regional de Junín remite al SERFOR el expediente técnico del Módulo I de la Zonificación Forestal del departamento de Junín, que tiene como resultado la Zona de Protección y Conservación Ecológica (ZPCE), la misma que está conformada por las "Áreas Naturales Protegidas"
con 635,101.85 ha. y por los Ecosistemas Priorizados para la Conservación de la Biodiversidad (EPCB) con 56,574.88
ha.; representando una superficie total de 691,676.73 ha.;

Que, con Oficio Nº D000215-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS, el SERFOR remite al MINAM el Informe Técnico Nº D000112-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, a través del cual emite opinión favorable al expediente técnico del Módulo I de la Zonificación Forestal del departamento de Junín, recomendando continuar con el trámite para su aprobación;

Que, mediante Oficio Nº D000286-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS, el SERFOR remite al MINAM
el Informe Técnico Nº D000150-2023-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, que contiene información complementaria sobre el expediente técnico del Módulo I de la Zonificación Forestal del departamento de Junín, en atención a las recomendaciones emitidas por la Dirección de Instrumentos para el Ordenamiento Territorial y la Gestión Integrada de los Recursos Naturales, a través del Informe Nº 00105-2023-MINAM/VMDERN/ DGOTGIRN/DIOTGIRN, y remitidas con el Oficio Nº 00071-2023-MINAM/VMDERN/DGOTGIRN;

Que, mediante Informe Nº 00179-2023-MINAM/ VMDERN/DGOTGIRN la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales hace suyo el Informe Nº 00146-2023-MINAM/VMDERN/DGOTGIRN/DIOTGIRN, de la Dirección de Instrumentos para el Ordenamiento T erritorial y la Gestión Integrada de los Recursos Naturales, a través del cual emite conformidad al expediente técnico del Módulo I de la Zonificación Forestal del departamento de Junín y recomienda continuar con el trámite para su aprobación;

Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal; la Resolución Ministerial Nº 447-2018-MINAM, que aprueba la Directiva Nº 06-2018-MINAM/DM denominada "Procedimiento para la aprobación de la zonificación forestal"; y, la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Primer Módulo de la Zonificación Forestal del departamento de Junín, que comprende la Zona de Protección y Conservación Ecológica con una superficie total de 691,676.73 ha., compuesta por 635,101.85 ha. de Áreas Naturales Protegidas (ANP)
y 56,574.88 ha. de Ecosistemas Priorizados para la Conservación de la Biodiversidad (EPCB), de acuerdo con el expediente técnico que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALBINA RUIZ RÍOS
Ministra del Ambiente

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 202-2023-MINAM Aprueban el Primer Módulo de la Zonificación Forestal del departamento de Junín
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 202-2023-MINAM
  • Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-07-14
  • Fecha de aplicacion : 2023-07-15

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