9/30/2023
Artículo 10 014 2021 pcm/sgsd RSGSD 016-2023-PCM/SGSD PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Modifican el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 014-2021-PCM/SGSD RSGSD 016-2023-PCM/SGSD Lima, 29 de septiembre de 2023 VISTO: El Informe Nº D000212-2023-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la co…
Modifican el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 014-2021-PCM/SGSD
RSGSD 016-2023-PCM/SGSD
Lima, 29 de septiembre de 2023
VISTO:
El Informe Nº D000212-2023-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 93 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), aprobado por la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los confl ictos sociales en el territorio nacional;
Que, los literales h) y l) del artículo 94 del mencionado Texto Integrado, establecen como función de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerden en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda y expedir resoluciones en materia de su competencia, respectivamente;
Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 014-2021-PCM/SGSD se conformó la "Mesa de Diálogo para abordar la problemática de la cuenca del río Coralaque, departamento de Moquegua a cargo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros", con el objeto de realizar acciones de coordinación para la definición de un diagnóstico compartido y la adopción de acciones concretas que aborden la problemática de la cuenca del río Coralaque en el departamento de Moquegua;
Que, el artículo 10 de la Resolución Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 014-2021-PCM/SGSD, modificado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 010-2022-PCM/SGSD y Nº 011-2023-PCM/SGSD, dispone que la mesa de diálogo tiene como plazo de vigencia hasta el 30 de setiembre de 2023;
Que, mediante el Informe Nº D000212-2023-PCM-SSGD, la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo informa que, pese a los esfuerzos desplegados por los miembros de la Mesa de Diálogo, se encuentra pendiente de atención compromisos asumidos en el marco del mencionado espacio de diálogo; por lo que, en atención a ello, persiste la necesidad de continuar con el espacio de diálogo creado, que permita continuar coordinando y gestionando con entidades públicas y privadas correspondientes la atención de la problemática de la cuenca del río Coralaque, departamento de Moquegua;
Que, en ese sentido, la referida Subsecretaría considera pertinente modificar el artículo 10 de la Resolución de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de Nº 014-2021- PCM/SGSD, modificada por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 010-2022-PCM/SGSD y Nº 011-2023-PCM/SGSD, a fin de ampliar el periodo de vigencia de la Mesa de Diálogo hasta el 30 de noviembre de 2023, a efecto que se cumpla con su objeto de creación; agrega la Subsecretaría que se cuenta con el consentimiento de los integrantes que la conforman y del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), en su calidad de secretaría técnica;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Modifíquese el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 014-2021-PCM/ SGSD, modificado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 010-2022-PCM/SGSD y Nº 011-2023-PCM/SGSD el cual queda redactado de la siguiente manera:
"Articulo 10.- Periodo de Vigencia e Informe Final La Mesa de Diálogo tiene vigencia hasta el 30 de noviembre de 2023. Vencido el período de vigencia,
la Presidencia con el apoyo de la Secretaría Técnica dispone de treinta (30) días calendario adicionales, para presentar un informe final a la Presidencia del Consejo de Ministros. Dicha vigencia puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica".
Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALEXANDRA AMES BRACHOWICZ
Secretaria de Gestión Social y Diálogo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RSGSD 016-2023-PCM/SGSD Modifican el artículo 10 de la Nº 014-2021-PCM/SGSD
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO
- Numero : 016-2023-PCM/SGSD
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-09-30
- Fecha de aplicacion : 2023-10-01
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