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Delegan El/la Secretario/a General Durante Año RM 493-2023-MINEDU Defensa
9/06/2023
Delegan El/la Secretario/a General Durante Año RM 493-2023-MINEDU Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Delegan en el/la Secretario/a General, durante el año fiscal 2023, la facultad de aprobar, suscribir, modificar y/o resolver Convenios de Colaboración y/ o Cooperación Interinstitucional, de Encargos de Gestión, u otros convenios sin fines de lucro, distintos a los delegados en los Despachos Viceministeriales, así como las respectivas adendas RM 493-2023-MINEDU Lima, 4 de setiembre de 2023 CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado puedan delegar, en los func…
Delegan en el/la Secretario/a General, durante el año fiscal 2023, la facultad de aprobar, suscribir, modificar y/o resolver Convenios de Colaboración y/ o Cooperación Interinstitucional, de Encargos de Gestión, u otros convenios sin fines de lucro, distintos a los delegados en los Despachos Viceministeriales, así como las respectivas adendas
RM 493-2023-MINEDU
Lima, 4 de setiembre de 2023
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, establece que el Ministro de Educación es la máxima autoridad política del sector Educación y titular del pliego presupuestal;
Que, el literal d) del artículo 6 del ROF del Ministerio de Educación, dispone como una de las funciones y atribuciones del Ministro de Educación, suscribir convenios en el ámbito de su competencia. Asimismo, conforme al literal h) el Ministro de Educación ejerce las demás funciones que le asigne la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, pudiendo delegar en los funcionarios de su catera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;
Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo
Nº 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado;
Que, el numeral 88.1 del artículo 88 de la norma antes mencionada, establece que las entidades están facultadas para dar estabilidad a la colaboración interinstitucional mediante conferencias entre entidades vinculadas, convenios de colaboración u otros medios legalmente admisibles; agregando en el numeral 88.3 que a través de los convenios de colaboración, los representantes autorizados de las entidades, celebran dentro de la ley, acuerdos en el ámbito de su respectiva competencia, de naturaleza obligatoria para las partes y con cláusula expresa de libre adhesión y separación;
Que, mediante el literal b) del numeral 3.5 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 002-2023-MINEDU, se delega en el/la Secretario/a General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2023, la facultad de aprobar, suscribir, modificar y/o resolver Convenios de Colaboración y/o Cooperación Interinstitucional, de Encargos de Gestión, u otros convenios sin fines de lucro, distintos a los delegados en los Despachos Viceministeriales, así como las respectivas adendas; no obstante, dicha delegación se extinguió ante la avocación de la Ministra de Educación a la referida competencia, conforme a los documentos que obran en el Expediente
MPD2023-EXT-0094112;
Que, en virtud de lo expuesto, y siendo necesario agilizar la marcha administrativa del Ministerio de Educación, en cuanto al trámite de aprobación, suscripción, modificación y/o resolución de Convenios de Colaboración y/o Cooperación Interinstitucional, de Encargos de Gestión, u otros convenios sin fines de lucro, y de las respectivas adendas de los convenios suscritos en el ámbito de su competencia, resulta necesario delegar las facultades de la Titular de la Entidad en el/la Secretario/a General, para la realización de dichos actos;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Articulo 2.- Disponer que la delegación prevista por la presente Resolución Ministerial es indelegable y comprende la facultad de decidir y resolver, que incluye la aprobación o denegación, dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; mas no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones vigentes establecidas para cada caso.
Artículo 3.- Disponer que el/la Secretario/a General del Ministerio de Educación, en quien se ha delegado la facultad indicada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe dar cuenta e informar al Despacho Ministerial dentro de los cinco (5) días siguientes de terminado cada trimestre, respecto de las acciones realizadas en el ejercicio de las facultades delegadas dentro de dicho período.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGNET MÁRQUEZ RAMÍREZ
Ministra de Educación
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 493-2023-MINEDU Delegan en el/la Secretario/a General, durante el año fiscal 2023, la facultad de aprobar, suscribir, modificar y/o resolver Convenios de Colaboración y/ o Cooperación Interinstitucional, de Encargos de Gestión, u otros convenios sin fines de lucro, distintos a los delegados en los Despachos Viceministeriales, así como las respectivas adendas
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 493-2023-MINEDU
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-09-06
- Fecha de aplicacion : 2023-09-07
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