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Transferencia Financiera Favor Eps Semapach Sa RM 410-2023-VIVIENDA Transportes y Comunicaciones
9/21/2023
Transferencia Financiera Favor Eps Semapach Sa RM 410-2023-VIVIENDA Transportes y Comunicaciones
Poder Ejecutivo, Transportes y Comunicaciones Autorizan Transferencia Financiera a favor de la EPS SEMAPACH S.A. RM 410-2023-VIVIENDA Lima, 19 de setiembre de 2023 VISTOS: El Informe Nº 372-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0 del Programa Nacional de Saneamiento Urbano; el Memorándum Nº 1667-2023-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 833-2023-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante la Reso…
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la EPS SEMAPACH S.A.
RM 410-2023-VIVIENDA
Lima, 19 de setiembre de 2023
VISTOS:
El Informe Nº 372-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0 del Programa Nacional de Saneamiento Urbano; el Memorándum Nº 1667-2023-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 833-2023-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 729 888 935,00 (TRES MIL SETECIENTOS
VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y
OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100
SOLES), por toda fuente de financiamiento;
Que, el literal b) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento; las mismas
que, según el numeral 16.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego que será publicada en el diario oficial El Peruano; asimismo, el numeral 16.3 del mismo artículo dispone que la entidad pública que transfiere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos;
Que, mediante el Informe Nº 372-2023/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano, sustentado en el Informe Nº 459-2023/ VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 y el Informe Nº 104-2023/ VIVIENDA/VMCS/PNSU/UAL-mbejarano de su Unidad de Asesoría Legal, el Memorando Nº 1411-2023-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/3.1 y el Informe Nº 617-2023-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/3.1.2 de su Unidad de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 1402-2023/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/4.3 y el Informe Técnico Nº 0053-2023/ VIVIENDA/VMCS/PNSU/UMPS-gbarriga de su Unidad para la Mejora de la Prestación de los Servicios, solicita gestionar la transferencia financiera a favor de la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha Sociedad Anónima - EPS
SEMAPACH S.A., hasta por la suma de S/ 6 163 642,40 (SEIS MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL
SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 40/100 SOLES)
en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la ejecución de la Medida Complementaria:
"Mejoramiento Galería de Minaqueros" del Programa de Medidas de Rápido Impacto II, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, Contrato de Préstamo y Acuerdo Separado, suscritos por la República del Perú y el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW);
Que, con el Memorándum Nº 1667-2023-VIVIENDA/ OGPP , la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 460-2023-VIVIENDA/OGPP-OP de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 6 163 642,40 (SEIS MILLONES
CIENTO SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS
CUARENTA Y DOS Y 40/100 SOLES), a favor de la EPS
SEMAPACH S.A., destinada para los fines señalados en el considerando precedente;
Que, mediante el Informe Nº 833-2023-VIVIENDA/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia financiera a favor de la EPS
SEMAPACH S.A.;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 6 163 642,40 (SEIS MILLONES CIENTO
SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS
Y 40/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS SEMAPACH S.A., para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
y la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01;
SE RESUELVE:
EPS SEMAPACH S.A.
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037:
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 6 163 642,40 (SEIS MILLONES CIENTO
SESENT A Y TRES MIL SEISCIENTOS CUARENT A Y DOS Y
40/100 SOLES), a favor de la Empresa de Servicio Municipal Editora Perú Le invitamos a llenar el formulario de satisfacción ll l
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de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha Sociedad Anónima - EPS SEMAPACH S.A., para financiar la ejecución de la Medida Complementaria: "Mejoramiento Galería de Minaqueros" del Programa de Medidas de Rápido Impacto II, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, Contrato de Préstamo y Acuerdo Separado, suscritos por la República del Perú y el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW).
Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2023 del Pliego 037:
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001:
Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital y Genérica de Gasto 2.4:
Donaciones y Transferencias.
Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto en el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023.
Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA
Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 410-2023-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor de la EPS SEMAPACH S.A.
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 410-2023-VIVIENDA
- Emitida por : Transportes y Comunicaciones - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-09-21
- Fecha de aplicacion : 2023-09-22
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