10/13/2023

Rectifican Oficio Error Material Incurrido RPE 126-2023-SENAMHI/PREJ Ambiente

Poder Ejecutivo, Ambiente Rectifican de oficio error material incurrido en el artículo 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 083-2023-SENAMHI/PREJ RPE 126-2023-SENAMHI/PREJ Lima, 12 de octubre de 2023 VISTA: La Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 083-2023-SENAMHI/PREJ de fecha 16 de junio de 2023, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, modificada por la Ley Nº 27188, establece que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI es un organismo público descentralizado, con perso…
Poder Ejecutivo, Ambiente
Rectifican de oficio error material incurrido en el artículo 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 083-2023-SENAMHI/PREJ
RPE 126-2023-SENAMHI/PREJ
Lima, 12 de octubre de 2023
VISTA:

La Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 083-2023-SENAMHI/PREJ de fecha 16 de junio de 2023, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, modificada por la Ley Nº 27188, establece que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI es un organismo público descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, el cual se encuentra adscrito como organismo público ejecutor al Ministerio del Ambiente, conforme a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013;

Que, de conformidad con el artículo 212 del T exto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido, ni el sentido de la decisión; asimismo, establece que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original;

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 083-2023-SENAMHI/PREJ de fecha 16 de junio de 2023, se autoriza una transferencia financiera parcial del Pliego 0331: SERVICIO NACIONAL
DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA, hasta por la suma de S/ 176 471,00 (CIENTO SETENTA Y SEIS MIL
CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor de la Contraloría General de la República, para el control gubernamental en gastos de inversión, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios de la IOARR con CUI Nº 2590289 "Adquisición de Sistemas de Procesamiento y almacenamiento (Servidores, Storage, Librerías de respaldo, Couldbridge), en el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, en la localidad de Jesús María, Distrito de Jesús María, Provincia Lima, Departamento Lima;

Que, asimismo a través del artículo 2 del referido dispositivo, se dispone que la transferencia financiera parcial autorizada en el artículo 1 de la acotada Resolución, se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2023, del Pliego 0331: SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E
HIDROLOGÍA, Categoría Presupuestal 0068: "Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de la Emergencia por Desastres", Proyecto: 2590289 "Adquisición de Sistemas de Procesamiento y almacenamiento (Servidores, Storage, Librerías de respaldo, Couldbridge), en el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, en la localidad de Jesús María, Distrito de Jesús María, Provincia Lima, Departamento Lima, Actividad: "6000053 "Control Concurrente", Específica del Gasto 2.4.1.3.1.1 "Otras unidades del gobierno nacional", Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios;

Que, se ha advertido la existencia de un error material en el artículo 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 083-2023-SENAMHI/PREJ de fecha 16 de junio de 2023, respecto a la precisión de la Específica del Gasto, que dice: "ARTÍCULO 2.- [...] Específica del Gasto 2.4.1.3.1.1 "Otras unidades del gobierno nacional", [...]";
debiendo decir: "ARTÍCULO 2.- [...] Específica del Gasto 2.4.2.3.1.1 "A otras unidades del gobierno nacional", [...]";

Que, el error en el que se ha incurrido en el artículo 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 083-2023-SENAMHI/PREJ de fecha 16 de junio de 2023, constituye un error material que no altera lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; por lo que, resulta necesaria su rectificación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Con el visado del Gerente General, de la Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, modificada por la Ley Nº 27188; y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2016-MINAM.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Rectificar de oficio el error material incurrido en el artículo 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 083-2023-SENAMHI/PREJ de fecha 16 de junio de 2023, de la siguiente forma:
"Artículo 2.- La transferencia financiera parcial autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2023, del Pliego 0331: SERVICIO NACIONAL
DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA, Categoría Presupuestal 0068: "Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de la Emergencia por Desastres", Proyecto:

2590289 "Adquisición de Sistemas de Procesamiento y almacenamiento (Servidores, Storage, Librerías de respaldo, Couldbridge), en el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, en la localidad de Jesús María, Distrito de Jesús María, Provincia Lima, Departamento Lima", Actividad: "6000053
Control Concurrente", Específica del Gasto 2.4.2.3.1.1
"A otras unidades del gobierno nacional", Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios".

Artículo 2.- La Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 083-2023-SENAMHI/PREJ de fecha 16 de junio de 2023, a excepción de la presente rectificación de oficio, mantiene su vigencia en todos sus extremos.

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto para los fines pertinentes.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", y en el Portal Web Institucional del SENAMHI (www.senamhi.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GABRIELA TEOFILA ROSAS BENANCIO
Presidenta Ejecutiva Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RPE 126-2023-SENAMHI/PREJ Rectifican de oficio error material incurrido en el artículo 2 de la Nº 083-2023-SENAMHI/PREJ
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
  • Numero : 126-2023-SENAMHI/PREJ
  • Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-10-13
  • Fecha de aplicacion : 2023-10-14

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