11/22/2023

Designa Miembros Comisión Consultiva Ministerio RS 005-2023-MIDIS Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Resolución Suprema que designa a los miembros de la Comisión Consultiva del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social RS 005-2023-MIDIS Lima, 21 de noviembre de 2023 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 1 y 44 de la Constitución Política del Perú, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, siendo deberes primordiales de este último, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, y promover el …
Poder Ejecutivo, Defensa
Resolución Suprema que designa a los miembros de la Comisión Consultiva del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
RS 005-2023-MIDIS
Lima, 21 de noviembre de 2023

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con los artículos 1 y 44 de la Constitución Política del Perú, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, siendo deberes primordiales de este último, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;

Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se dispone que el sector desarrollo e inclusión social comprende a todas las entidades de la Administración Pública, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;

Que, conforme al artículo 4 de la Ley Nº 29792 el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es la entidad competente en las materias de desarrollo social, superación de la pobreza y promoción de la inclusión y equidad social y protección social de poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono;

Que, asimismo, la Ley Nº 29792 establece que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial y tiene por finalidad mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades de la Administración Pública, el sector privado y la sociedad civil;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2022-MIDIS
se aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, que reconoce como problema público la exclusión social que genera pobreza a lo largo del ciclo de vida de las personas, producto de la persistencia de múltiples barreras en la provisión de bienes y/o servicios en los ámbitos de la identidad, salud, educación, servicios integrados, vivienda propia y acceso a la tierra propia y comunal, conectividad vial, acceso al trabajo decente e inclusión económica, protección social, vida libre de violencia y acceso a la justicia; los cuales, interactúan entre sí de forma sistemática y continua;

Que, el artículo 37 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones Consultivas están conformadas por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia, designados por Resolución Suprema; disponiendo que el cargo de miembro de la Comisión Consultiva es honorario y de confianza, y no inhabilita para el desempeño de ninguna función pública o actividad privada;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del artículo 15 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 064-2021-PCM, los órganos consultivos son los encargados de asesorar o emitir opinión sobre asuntos que solicite la Alta Dirección, conformados por un equipo colegiado experto en la materia o vinculado a ella; sus miembros pueden ser designados por la propia Ley que los crea, mediante el mecanismo previsto por ésta o por el Titular de la entidad, ejercen funciones ad honorem y no ejercen una línea de autoridad ni poseen dependencia jerárquica y se ubican en el primer nivel organizacional y no tienen unidades orgánicas; asimismo, dispone que se incluye a las Comisiones Consultivas, las que se crean mediante Resolución Suprema, la cual regula su objeto, la designación de los representantes que la conforman, su plazo de vigencia, sus funciones y la entidad de la cual depende;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2020-MIDIS
se aprueba la Sección Primera del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; posteriormente, con la Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS se aprueba el Texto Integrado actualizado; en el cual se indica que el Ministerio cuenta con una Comisión Consultiva encargada de asesorar, absolver consultas y emitir opinión sobre políticas, programas, estrategias y planes que el/la Ministro/a ponga a su consideración, en su calidad de Presidente;

Que, el artículo 15 del referido Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio establece que la Comisión Consultiva se encarga de promover el diálogo en asuntos de desarrollo e inclusión social entre el Estado y la sociedad y está conformada por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia, designados por Resolución Suprema, siendo el cargo de miembro de la Comisión Consultiva honorario y de confianza y no inhabilita para el desempeño de ninguna función o actividad pública o privada;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 001-2016-MIDIS se constituye la Comisión Consultiva del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y designan cinco (5) miembros; posteriormente, con las Resoluciones Supremas Nros. 008-2016-MIDIS y 001-2018-MIDIS, se aceptan las renuncias y se deja sin efecto las designaciones al cargo de miembro de la Comisión Consultiva;

Que, en dicho marco legal se ha visto por conveniente designar a los miembros de la Comisión Consultiva del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 008-2022-MIDIS, que aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030 y el T exto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designación de los miembros de la Comisión Consultiva del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social 1.1 Designar como miembros de la Comisión Consultiva del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a las siguientes personas:
− MARÍA LORENA DOREEN ALCÁZAR VALDIVIA
− MAX ANTONIO HERNÁNDEZ CAMARERO
− MARÍA ISABEL LEÓN KLENKE
− MARÍA EUGENIA MUJICA SAN MARTÍN
− ALFONSO FELIPE VELÁSQUEZ TUESTA
1.2. La participación de los miembros de la Comisión Consultiva es ad honorem.

Artículo 2.- Reglamento Interno La Comisión Consultiva formula su Reglamento Interno, el cual es aprobado por Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Instalación La Comisión Consultiva se instala dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema.

Artículo 4.- Financiamiento El funcionamiento de la Comisión Consultiva se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 5.- Publicación La presente Resolución Suprema se publica en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), y en la sede digital de la entidad cuyo titular refrenda la presente norma, el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Artículo 6.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES
Ministro de Desarrollo e Inclusión Social

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RS 005-2023-MIDIS que designa a los miembros de la Comisión Consultiva del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN SUPREMA
  • Numero : 005-2023-MIDIS
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-11-22
  • Fecha de aplicacion : 2023-11-23

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