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Facultades Registrales No Fueron Revocadas RJ 000187-2023/JNAC/RENIEC JNE
11/24/2023
Facultades Registrales No Fueron Revocadas RJ 000187-2023/JNAC/RENIEC JNE
Poder Judicial, Jurado Nacional de Elecciones Revocan facultades registrales que no fueron revocadas mediante las Resoluciones Jefaturales Nº 364-2013/ JNAC/RENIEC para la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Rioja, departamento de San Martín y Nº 147-2018/JNAC/RENIEC para la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Tambopata, departamento de Madre de Dios; y dictan otras disposiciones RJ 000187-2023/JNAC/RENIEC Lima, 23 de noviembre de 2023 VISTOS: El Informe Nº 000964-2023/DRC/SDTN/RENIEC (15NOV2023) emitido por la Sub Dirección …
Revocan facultades registrales que no fueron revocadas mediante las Resoluciones Jefaturales Nº 364-2013/ JNAC/RENIEC para la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Rioja, departamento de San Martín y Nº 147-2018/JNAC/RENIEC para la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Tambopata, departamento de Madre de Dios; y dictan otras disposiciones
RJ 000187-2023/JNAC/RENIEC
Lima, 23 de noviembre de 2023
VISTOS:
El Informe Nº 000964-2023/DRC/SDTN/RENIEC (15NOV2023) emitido por la Sub Dirección Técnico Normativa de la Dirección de Registros Civiles; el Memorando Nº 000829-2022/DSR/RENIEC (09AGO2022)
emitido por la Dirección de Servicios Registrales, el Oficio Nº 000733-2023-GG/MCSR/CG (03NOV2023) emitido por el Coordinador General del Proyecto RENIEC-BID, de la Unidad Ejecutora 002: Mejora de la Calidad de Servicios Registrales - RENIEC y la Hoja de Elevación Nº 000310-2023/DRC/RENIEC (17NOV2023) emitida por la Dirección de Registros Civiles; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las Oficinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000023-96-JEF (03ABR1996), se delegó a las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las municipalidades provinciales y distritales, municipios de centro poblado menor (hoy municipalidades de centro poblado), agencias municipales, comunidades nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000364-2013/ JNAC/RENIEC (03DIC2013), se dispuso la revocatoria de las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) salvo la facultad de inscribir el reconocimiento de existencia de las personas, respecto del acervo que conservan y el literal o) salvo la facultad de anotar marginal o textualmente el acta de archivamiento respectiva del artículo 44º de la Ley Nº 26497, conferidas a la Oficina de Registros de Estado Civil (OREC) que funciona en la Municipalidad Provincial de Rioja, Departamento de San Martín;
Que, asimismo, con Resolución Jefatural Nº 000147-2018/JNAC/RENIEC (10DIC2018), se dispuso revocar las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c) e) salvo la facultad de inscribir el reconocimiento de existencia de las personas, respecto del acervo que conserva y el literal o) salvo la facultad de anotar marginal o textualmente el acta de archivamiento respectiva, del artículo 44º de la Ley Nº 26497, conferidas a la Oficina de Registros de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de Tambopata, departamento de Madre de Dios;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000086-2021/ JNAC/RENIEC (04MAY2021), se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del RENIEC, y de acuerdo a lo señalado en su artículo 39º la Dirección de Registros Civiles es el órgano de línea técnico normativo del Sistema de Registros Civiles y se encarga, entre otros, de planificar, conducir, ejecutar y supervisar el proceso de integración, procesamiento y depuración de las actas registrales provenientes de las oficinas que conforman el sistema de registros civiles; en este sentido, el literal f) del artículo 40º del citado reglamento precisa que tiene entre sus funciones planificar, dirigir y supervisar el proceso de integración del acervo documentario de las oficinas del Sistema de Registros Civiles;
Que, el artículo 97º del ROF del RENIEC, establece que la Sub Dirección Técnico Normativa es la unidad orgánica de la Dirección de Registros Civiles encargada de formular políticas, lineamientos e instrumentos procedimentales en materia de registros civiles, para orientar el desarrollo de la función de las unidades del Sistema Registral, brindando asesoramiento a sus órganos
conformantes; señala también que esta unidad controla, coordina y supervisa la integración a la institución, del acervo documentario registral de las oficinas autorizadas;
en este sentido, el literal l) del artículo 98º establece entre sus funciones proponer estrategias para integrar los registros civiles según las diversas realidades y ámbitos geográficos a nivel nacional e internacional;
Que, mediante el Informe de vistos la Sub Dirección Técnico Normativa precisa que en el marco del Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento del acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional", la Unidad Ejecutora 002: Mejora de la Calidad de Servicios Registrales, del referido proyecto, convocó al proceso de Licitación Pública Internacional (LPI) Nº 002-2021-MCSR correspondiente al "Servicio de inventario, traslado y transferencia del acervo documentario del RENIEC ubicado en 43 Oficinas de Registros de Estado Civil (OREC) de las Municipalidades Provinciales y servicio de evaluación, digitalización, verificación, digitación y control de calidad de imágenes y micrograbación de las actas registrales", firmándose el Contrato Nº 019-2022-GG/MCSR con la empresa ganadora del referido proceso de Licitación Pública Internacional y mediante Adenda Nº 01 del Contrato Nº 019-2022-GG/MCSR, se amplió el alcance del servicio a 86 (ochenta y seis) OREC de municipalidades provinciales;
Que, la Sub Dirección Técnico Normativa señala que en la ejecución del referido contrato se estableció 3 fases: Fase Pre Operativa, Fase Operativa y Fase de Transferencia y cierre; en el marco de la Fase Operativa se ha previsto la transferencia e incorporación, según corresponda, del acervo documentario que se ejecutará durante el año 2023 y mediante el Oficio Nº 000733-2023/ GG/MCSR/GG (03NOV2023), el Coordinador General de la Unidad Ejecutora 002: Mejora de la Calidad de Servicios Registrales señala que ha validado la programación de la fecha de incorporación, entre otros, de la OREC de la Municipalidad Provincial de Rioja, departamento de San Martín y de la OREC de la Municipalidad Provincial de T ambopata, departamento de Madre de Dios, que iniciaron su proceso de inventario en el mes de noviembre de 2023;
Que en ese sentido, la Sub Dirección Técnico Normativa propone la incorporación del acervo documentario de la sección de Nacimiento, Matrimonio y Defunción y sus respectivos títulos archivados, de dos (02) OREC de municipalidades provinciales parcialmente revocadas;
señalando que ello permitirá que los ciudadanos que realizaron registros en dichas oficinas registrales, puedan obtener copia certificada de su acta en cualquier Oficina Registral del RENIEC a nivel nacional, potenciando de esta forma el Sistema de Registros Civiles del RENIEC;
propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Dirección de Registros Civiles de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM DEPARTAMENTO PROVINCIA
FECHA DE INCORPORACIÓN
DEL ACERVO REGISTRAL
1 MADRE DE DIOS TAMBOPATA 13/12/2023
2 SAN MARTÍN RIOJA 15/12/2023
Que, mediante Memorando Nº 000829-2022/DSR/ RENIEC (09AGO2022), la Dirección de Servicios Registrales en el ámbito de su competencia y el ejercicio de sus funciones, adjunta la relación del personal de la Oficinas Regionales que deberán suscribir las Actas de Incorporación del acervo documentario de Registros Civiles con la Comisión de Transferencia de las Municipalidades, para inmediatamente proceder a la entrega del referido acervo documentario a los representantes debidamente acreditados de la empresa ganadora de la LPI Nº 002-2021-MCSR lo que deberá realizarse en acto continuo y en el mismo lugar de las OREC de las municipalidades provinciales citadas;
Que, la Sub Dirección Técnico Normativa en ejercicio de sus funciones, estará encargada del proceso de monitoreo y supervisión de la Incorporación del acervo documentario al RENIEC de las referidas OREC
provinciales;
Que, de la revisión de las Resoluciones Jefaturales Nº 364-2013/JNAC/RENIEC (03DIC2013) y Nº 147-2018/ JNAC/RENIEC (10DIC2018) se desprende que solo se revocaron las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) salvo la facultad de inscribir el reconocimiento de existencia de las personas, respecto del acervo que conservan y el literal o) salvo la facultad de anotar marginal o textualmente el acta de archivamiento respectiva del artículo 44º de la Ley Nº 26497, a las OREC que funcionan en la municipalidad provincial de Rioja, departamento de San Martín y en la municipalidad provincial de Tambopata, departamento de Madre de Dios; en consecuencia, corresponde revocar las facultades registrales que no fueron revocadas a través de las citadas Resoluciones Jefaturales;
Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la Incorporación del acervo documentario de la sección de Nacimiento, Matrimonio y Defunción y sus respectivos títulos archivados, de las OREC de las municipalidades provinciales señaladas en los considerandos precedentes;
así como la información sistematizada en formato electrónico (datos e imágenes), si la tuviera;
Que, la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación, y;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modificatoria; y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado en parte por el Decreto Supremo Nº 0014-2012-JUS (29AGO2012);
SE RESUELVE:
para la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Tambopata, departamento de Madre de Dios.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR la Incorporación del acervo documentario registral de la sección de Nacimiento, Matrimonio y Defunción; así como de sus respectivos títulos archivados y la información sistematizada en formato electrónico, si la tuviera, de las Oficinas de Registro del Estado Civil de las municipalidades provinciales de Tambopata y Rioja; las que se harán efectiva conforme al siguiente detalle:
ITEM DEPARTAMENTO PROVINCIA
FECHA DE
INCORPORACIÓN DEL
ACERVO REGISTRAL
1 MADRE DE DIOS TAMBOPATA 13/12/2023
2 SAN MARTÍN RIOJA 15/12/2023
Artículo Tercero.- ENCARGAR a las Oficinas Regionales de la Dirección de Servicios Registrales, realizar todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de las municipalidades provinciales detalladas en el artículo primero; a efectos de suscribir las actas de incorporación entre los funcionarios municipales y el RENIEC para la inmediata entrega del acervo documentario registral relativo a las secciones de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, sus respectivos títulos archivados, así como la información sistematizada en formato electrónico, si la tuviera; de la Oficina de Registros del Estado Civil de las citadas municipalidades provinciales al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido
en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 y en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural.
Artículo Cuarto.- La Sub Dirección Técnico Normativa de la Dirección de Registros Civiles efectuará la supervisión de la incorporación del acervo documentario al RENIEC de las Oficinas de Registros del Estado Civil detalladas en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Dirección de Registros Civiles, Dirección de Servicios Registrales y Oficina de Comunicaciones y Prensa, la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución Jefatural.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN
Jefa Nacional
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 000187-2023/JNAC/RENIEC Revocan facultades registrales que no fueron revocadas mediante las Resoluciones Jefaturales Nº 364-2013/ JNAC/RENIEC para la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Rioja, departamento de San Martín y Nº 147-2018/JNAC/RENIEC para la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Tambopata, departamento de Madre de Dios; y dictan otras disposiciones
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 000187-2023/JNAC/RENIEC
- Emitida por : Jurado Nacional de Elecciones - Poder Judicial
- Fecha de emision : 2023-11-24
- Fecha de aplicacion : 2023-11-25
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