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Formalizan Inicio Proceso Formulación Política RM 0378-2023-MIDAGRI Defensa
11/10/2023
Formalizan Inicio Proceso Formulación Política RM 0378-2023-MIDAGRI Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Formalizan el inicio del proceso de formulación de la Política Nacional de la Agricultura Familiar RM 0378-2023-MIDAGRI Lima, 9 de noviembre de 2023 VISTOS: El Memorando Nº 0843-2023-MIDAGRI-DVPSDA del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario y Riego, el Informe Nº 493-2023-MIDAGRI/ DVPSDA-DGPA-DIPNA de la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria de la Dirección General de Políticas Agrarias y el Informe Legal Nº 1791-2023-MIDAGRI-SG/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº…
Formalizan el inicio del proceso de formulación de la Política Nacional de la Agricultura Familiar
RM 0378-2023-MIDAGRI
Lima, 9 de noviembre de 2023
VISTOS:
El Memorando Nº 0843-2023-MIDAGRI-DVPSDA del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo
Agrario y Riego, el Informe Nº 493-2023-MIDAGRI/ DVPSDA-DGPA-DIPNA de la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria de la Dirección General de Políticas Agrarias y el Informe Legal Nº 1791-2023-MIDAGRI-SG/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 31310, Ley que modifica el artículo 11 de la Ley Nº 30355, dispone que el Plan Nacional de Agricultura Familiar mantiene su vigencia y efectos en el marco de promoción de la agricultura familiar hasta que se apruebe el Plan Estratégico Multisectorial (PEM) el que implementará la Política Nacional de Agricultura Familiar (Estrategia Nacional de Agricultura Familiar);
Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece como competencia exclusiva del Poder Ejecutivo el diseño y supervisión de las políticas nacionales, las cuales son formuladas considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales y locales, y que son de obligatorio cumplimiento por todas las entidades y niveles de gobierno;
Que, el Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, cuyo objeto es regular las políticas nacionales de competencia exclusiva del Poder Ejecutivo, estableciendo las normas que rigen su rectoría, en el marco de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
Que, las Políticas Nacionales constituyen decisiones de política a través de las cuales se prioriza un conjunto de objetivos y acciones para resolver un determinado problema público de alcance nacional y sectorial o multisectorial en un periodo de tiempo, su diseño y evaluación son de competencia exclusiva de los Ministerios para cada uno del o los sectores a su cargo, pudiendo tener continuidad más allá de un determinado gobierno;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0283- 2019-MINAGRI publicada el 7 de setiembre de 2019 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó la lista sectorial de documentos de Política Nacional bajo rectoría o conducción del Ministerio de Agricultura y Riego (hoy Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego);
Que, conforme al Informe Nº 493-2023-MIDAGRI/ DVPSDA-DGPA-DIPNA de la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria de la Dirección General de Políticas Agrarias, sustenta la necesidad de formalizar el inicio del Proceso de elaboración de la Política Nacional de Agricultura Familiar de acuerdo al literal a) del artículo 4 del Decreto Supremo Nº 015-2016-MINAGRI, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30355, Ley de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar, y crea la comisión Multisectorial de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar que evaluará y brindará recomendaciones en la formulación de la Política Nacional de Agricultura Familiar;
Que, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0030-2023/CEPLAN/PCD de fecha 26 de abril de 2023 aprobó la actualización de la Guía de Políticas Nacionales, dejando sin efecto la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00047-2018/CEPLAN/PCD, modificada por Resolución de Consejo Directivo Nº 00057-2018/CEPLAN/ PCD, que aprobó la Guía de Políticas Nacionales, estableciendo la metodología para el diseño, formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas nacionales, así como el procedimiento a aplicar para su actualización;
Que, la acotada Guía establece en la parte 3. Proceso de actualización de una Política Nacional, que la decisión de actualizar una política nacional es de competencia del ministerio conductor o rector y se sustenta en un Informe Técnico, el mismo que debe ser elaborado por el órgano de línea responsable de la política nacional, en el cual se desarrolla un análisis integral de la política vigente;
Que, asimismo indica que el proceso de actualización de una política nacional se somete a los mismos procedimientos señalados en la etapa preparatoria, es decir su inicio se formaliza mediante una resolución ministerial;
Con las visaciones del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias;
el Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales; la Ley Nº31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución Ministerial Nº 080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y la Guía de Políticas Nacionales, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0030-2023/CEPLAN/PCD;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Órgano Responsable La Dirección de Políticas y Normatividad Agraria de la Dirección General de Políticas Agrarias, es el Órgano encargado de ejecutar las etapas de elaboración de la Política Nacional de Agricultura Familiar, quien contará con asesoramiento técnico de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
Artículo 3.- Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial de Promoción y Desarrollo de la Agricultura Familiar de acuerdo al literal a) del artículo 4 del Decreto Supremo Nº 015-2016-MINAGRI, coordinará y convalidará los entregables que comprende el proceso de formulación de la Política Nacional de Agricultura Familiar.
Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JENNIFER LIZETTI CONTRERAS ÁLVAREZ
Ministra de Desarrollo Agrario y Riego
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0378-2023-MIDAGRI Formalizan el inicio del proceso de formulación de la Política Nacional de la Agricultura Familiar
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0378-2023-MIDAGRI
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-11-10
- Fecha de aplicacion : 2023-11-11
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