11/29/2023
Rm 182 2023 pcm Constitución Comisión 276-2023-PCM PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Modifican la R.M. Nº 182-2023-PCM, sobre constitución de la Comisión de Transferencia a cargo de coordinar y ejecutar el proceso de transferencia de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a la Presidencia del Consejo de Ministros y a la Autoridad Nacional de Infraestructura RM 276-2023-PCM Lima, 27 de noviembre de 2023 VISTOS: El Memorando Nº D001175-2023-PCM-OGPP e Informe Nº D000231-2023-PCM-OM de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 3 de la Ley Nº …
Modifican la R.M. Nº 182-2023-PCM, sobre constitución de la Comisión de Transferencia a cargo de coordinar y ejecutar el proceso de transferencia de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a la Presidencia del Consejo de Ministros y a la Autoridad Nacional de Infraestructura
RM 276-2023-PCM
Lima, 27 de noviembre de 2023
VISTOS:
El Memorando Nº D001175-2023-PCM-OGPP e Informe Nº D000231-2023-PCM-OM de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 9 de la Ley Nº 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, prorroga el plazo de duración de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios hasta el 31 de diciembre de 2023, para continuar con la ejecución de las intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (PIRCC), aprobado mediante Decreto Supremo 091-2017-PCM;
Que, con Resolución Ministerial Nº 182-2023-PCM
se constituye la Comisión de Transferencia a cargo de coordinar y ejecutar el proceso de transferencia de los recursos presupuestales, bienes muebles e inmuebles, acervo documentario, entre otros, de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a la Presidencia del Consejo de Ministros; la cual está integrada por tres (3) representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros y tres (3) representantes de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios;
Que, mediante la Ley Nº 31841, se crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros para la formulación, ejecución y mantenimiento de los proyectos o programas de inversión a su cargo;
Que, el artículo 5 de la Ley Nº 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas, establece, entre otros aspectos, que el pliego Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN)
puede ejecutar, de manera excepcional, Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI) y de proyectos en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, de la cartera del
PIRCC;
Que, mediante los documentos de Vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto propone la modificación de los artículos 1 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 182-2023-PCM, señalando que resulta necesario que el proceso de transferencia dispuesto por la citada Resolución Ministerial contemple la transferencia del Rol Financiador y Ejecutor, entre otras materias, de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a la ANIN, para lo cual se debe incorporar como integrante de la mencionada Comisión de Transferencia a la ANIN, a fin de llevar a cabo, de manera más eficiente, el proceso de transferencia por la culminación del plazo de duración de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios;
Con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; la Ley Nº 31639, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Ley Nº 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN); y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM;
SE RESUELVE:
Modificar los artículos 1 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 182-2023-PCM, los cuales quedan redactados de la siguiente manera:
"Artículo 1.- Comisión de Transferencia 1.1. Constituir la Comisión de Transferencia a cargo de coordinar y ejecutar el proceso de transferencia de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a la Presidencia del Consejo de Ministros y a la Autoridad Nacional de Infraestructura, según el detalle siguiente:
a) Transferencia de los recursos presupuestales, bienes muebles e inmuebles, acervo documentario, entre otros, a la Presidencia del Consejo de Ministros y a la Autoridad Nacional de Infraestructura, según corresponda, en base a los acuerdos de las actas suscritas por la Comisión de Transferencia.
b) Transferencia del Rol Financiador efectuado por la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a la Presidencia del Consejo de Ministros.
c) Transferencia del Rol Ejecutor efectuado por la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a la Autoridad Nacional de Infraestructura.
1.2. La Comisión de Transferencia está integrada por tres (3) representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros, tres (3) representantes de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y tres (3) representantes de la Autoridad Nacional de Infraestructura. La Presidencia de la Comisión de Transferencia la ejerce uno de los representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros. (...)
1.4 La documentación e información proporcionada durante el proceso de transferencia por los representantes de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a la Presidencia del Consejo de Ministros y a la Autoridad Nacional de Infraestructura, tiene carácter de declaración jurada."
"Artículo 3.- Funciones 3.1. La Comisión de Transferencia tiene las siguientes funciones: (...)
c) Elaborar las Actas de entrega y recepción a ser suscritas por la Presidencia del Consejo de Ministros, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y la Autoridad Nacional de Infraestructura, según corresponda, estableciéndose en las mismas la entidad que entrega y la entidad que recibe. (...)
3.2. Para el desarrollo de sus funciones, la Comisión de Transferencia puede constituir equipos de trabajo en razón de las materias que son objeto de transferencia, conformados por servidores de la Presidencia del Consejo de Ministros, de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y de la Autoridad Nacional de Infraestructura, según corresponda."
Artículo 2.- Designación de representantes de la Autoridad Nacional de Infraestructura La Autoridad Nacional de Infraestructura designa, a través de su Jefatura, a sus representantes, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 276-2023-PCM Modifican la R.M. Nº 182-2023-PCM, sobre constitución de la Comisión de Transferencia a cargo de coordinar y ejecutar el proceso de transferencia de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a la Presidencia del Consejo de Ministros y a la Autoridad Nacional de Infraestructura
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 276-2023-PCM
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-11-29
- Fecha de aplicacion : 2023-11-30
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