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Se Comunica Entidades Poder Legislativo RM 477-2023-VIVIENDA Transportes y Comunicaciones
11/02/2023
Se Comunica Entidades Poder Legislativo RM 477-2023-VIVIENDA Transportes y Comunicaciones
Poder Ejecutivo, Transportes y Comunicaciones Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA, plataforma virtual que permite tramitar sus publ…
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA, plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Aprueban a FLAT AREQUIPA S.A.C. como empresa calificada para efectos de acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV por el desarrollo del proyecto denominado "SKY V"
RM 477-2023-VIVIENDA
Lima, 31 de octubre de 2023
VISTOS: el Oficio Nº 00538-2023/PROINVERSIÓN/ DSI de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada, en adelante PROINVERSIÓN, el Oficio Nº 2069-2023-EF/13.01 del Ministerio de Economía y Finanzas, en adelante MEF, la Nota Nº 360-2023-VIVIENDA/ VMCS-DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, en adelante DGPPCS, el Informe Técnico Legal Nº 061-2023-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS-DEPPCS de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, en adelante DEPPCS, y el Informe Nº 941-2023-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, asimismo, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973 señala que pueden acogerse al Régimen Especial, las personas naturales o jurídicas que realicen inversiones en cualquier sector de la actividad económica que genere renta de tercera categoría, debiendo cumplir los siguientes requisitos: a) la realización de un proyecto en cualquier sector de la actividad económica que genere renta de tercera categoría, con un monto de inversión no menor a cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5 000 000,00); y, b) que el proyecto requiera de una etapa preproductiva igual o mayor a dos años, contado a partir de la fecha del inicio del cronograma de inversiones; precisando, además, que mediante Resolución Ministerial del sector competente se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen Especial, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del IGV, para cada proyecto;
Que, el numeral 2.2 del artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF y sus modificatorias, en adelante el Reglamento, dispone que la relación de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y contratos de construcción se establece para cada proyecto y debe aprobarse en la Resolución Ministerial a que se refiere dicho Decreto Legislativo;
Que, los numerales 4.1, 4.2 y 4.3 del artículo 4 del Reglamento establecen los requisitos que el solicitante debe anexar a la solicitud de acogimiento al Régimen Especial, cuya verificación le corresponde a PROINVERSIÓN, a fin de declarar su admisibilidad;
posteriormente, dicha entidad evalúa el cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, y de no mediar observaciones, remite al Sector competente copia del expediente y los informes correspondientes que declaran la procedencia de la solicitud de acogimiento al Régimen Especial; asimismo, remite una copia del expediente al MEF, a efectos de que emita opinión sobre la lista propuesta, señalando si lo solicitado coincide y se encuentra comprendido en los códigos previstos en los Anexos 1 y 2 del Reglamento, según lo establecido en el numeral 4.4 del mencionado artículo 4;
Que, los numerales 4.5 y 4.6 del artículo 4 del Reglamento establecen que el Sector competente, en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente de recibido el informe de PROINVERSIÓN, sobre la base de lo informado por dicha entidad y el MEF, evalúa y emite opinión sobre la solicitud de acogimiento al Régimen Especial; para lo cual verifica el cumplimiento de los requisitos de acogimiento y que los bienes, servicios y contratos de construcción solicitados son necesarios y se encuentren directamente vinculados en la ejecución del proyecto y, de no mediar observaciones, aprueba la solicitud a través de la emisión de la Resolución Ministerial correspondiente;
Que, el numeral 5.2 del artículo 5 del Reglamento dispone que la Resolución Ministerial que emita el Sector competente debe señalar: i) la(s) persona(s) natural(es)
o jurídica(s) a la que se le aprueba la aplicación del Régimen Especial; ii) el monto del Compromiso de Inversión a ser ejecutado, precisando, de ser el caso, el monto de inversión de cada etapa o tramo; iii) el plazo de ejecución del Compromiso de Inversión; iv)
el período de muestras, pruebas o ensayos, de ser el caso, v) los requisitos y características que debe cumplir el proyecto; y, vi) la cobertura del Régimen Especial, incluyendo la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y la lista de contratos de construcción que se autorizan;
Que, los numerales 5.1 y 5.3 del artículo 5 del Reglamento señalan que la Resolución Ministerial que emita el Sector competente es publicada en el diario oficial El Peruano, así como en el portal electrónico del respectivo Sector en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de su expedición; asimismo, el cronograma de ejecución de inversiones, así como el detalle de la lista de bienes de capital, bienes intermedios, servicios y de la lista de los contratos de construcción que apruebe la Resolución Ministerial, se publican como anexos de la citada Resolución;
Que, según lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 276-2018-EF, a partir del 1 de diciembre de 2018, las solicitudes de acceso al Régimen Especial se tramitan conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1423 y su Reglamento, modificado por el Decreto Supremo Nº 276-2018-EF;
Que, con fecha 31 de julio de 2023, la empresa FLAT
AREQUIPA S.A.C., en adelante la Solicitante, presenta ante PROINVERSIÓN una solicitud de acogimiento al Régimen Especial para el proyecto denominado "SKY
V", adjuntando la Lista de Contratos de Construcción y el Cronograma de Ejecución de Inversiones, conforme a lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 973 y los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 del Reglamento;
Que, por Oficio Nº 503-2023/PROINVERSIÓN/DSI, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN pone en conocimiento del MEF que la solicitud presentada por la Solicitante ha sido declarada admisible y remite una copia del expediente para que emita y haga llegar al Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, en adelante MVCS, como Sector competente, su opinión conforme a lo establecido por el literal b) del mencionado numeral;
Que, a través del Oficio Nº 00538-2023/ PROINVERSIÓN/DSI, recibido el 29 de agosto de 2023, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN hace de conocimiento del MVCS que la solicitud de acceso al Régimen Especial presentada por la Solicitante para el proyecto denominado "SKY V", ha sido declarada admisible y procedente, determinando que el MVCS es el Sector competente para evaluar y emitir opinión sobre la misma, debiendo expedir la Resolución correspondiente, de acuerdo a los numerales 4.5 y 4.6 del artículo 4 del Reglamento; a dicho Oficio, se acompaña el Informe Técnico Legal Nº 019-2023/DSI, el Informe Técnico Nº 075-2023-DSI y el Informe Legal Nº 042-2023/DSI, todos de la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN, en los que se concluye que la mencionada solicitud cumple con los requisitos establecidos en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973;
Que, con el Oficio Nº 2069-2023-EF/13.01 recibido el 3 de octubre de 2023, el MEF remite al MVCS el Informe Nº 0045-2023-EF/61.03, en el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento, señalando que, luego de los ajustes efectuados, la Lista de Contratos de Construcción coincide y se encuentra comprendida en los códigos contenidos en el Anexo 2 del Reglamento y que es susceptible de acogimiento al Régimen Especial por parte de la Solicitante, para el desarrollo del proyecto denominado "SKY V", correspondiendo al MVCS
determinar si estos son necesarios y se encuentran directamente vinculados en la ejecución del citado proyecto;
Que, mediante la Nota Nº 360-2023-VIVIENDA/ VMCS-DGPPCS de fecha 16 de octubre de 2023, la DGPPCS hace suyo y remite el Informe Técnico Legal Nº 061-2023-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS-DEPPCS de la DEPPCS, a través del cual concluye que la solicitud de acogimiento al Régimen Especial presentada por la Solicitante para el desarrollo del proyecto denominado "SKY V", cumple con los requisitos señalados en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973;
precisando que los contratos de construcción identificados en el Anexo I del Informe Nº 0045-2023-EF/61.03, son necesarios para la ejecución del proyecto en mención y se encuentran vinculados al mismo; en tanto que, el Cronograma de Ejecución de Inversiones presentado por la Solicitante y la mencionada Lista de Contratos de Construcción constituirán anexos de la presente Resolución Ministerial;
Que, a través del Informe Nº 941-2023-VIVIENDA/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable que el MVCS apruebe dicha solicitud y emita la Resolución Ministerial correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y modificatorias; y, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
y el Cronograma de Ejecución de Inversiones (Anexo II), que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Monto del compromiso de inversión Establecer que el monto del compromiso de inversión a cargo de FLAT AREQUIPA S.A.C. por el desarrollo del proyecto denominado "SKY V", asciende a la suma de US$ 8 008 831.00 (Ocho Millones Ocho Mil Ochocientos Treinta y Uno y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) sin incluir el Impuesto General a las Ventas - IGV.
Artículo 3.- Plazo de ejecución del compromiso de inversión Establecer como plazo de ejecución del compromiso de inversión, dos (2) años y cinco (5) meses, contados a partir del 31 de julio de 2023, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, hasta el 31 de diciembre de 2025.
Artículo 4.- Periodo de muestras, pruebas o ensayos El periodo de muestras, pruebas o ensayos del proyecto denominado "SKY V" a ser ejecutado por la empresa FLAT AREQUIPA S.A.C., se desarrollará desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025.
Artículo 5.- Requisitos y características del Proyecto Establecer para efectos del numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, que el proyecto denominado "SKY V" generará renta de tercera categoría; que el compromiso de inversión para su ejecución es superior al monto mínimo de US$ 5 000
000.00 (Cinco Millones de Dólares de los Estados Unidos de América), sin incluir el Impuesto General a las Ventas - IGV; y, que cuenta con una etapa preproductiva mayor a dos (2) años, contados a partir de la fecha de inicio del Cronograma de Ejecución de Inversiones.
Artículo 6.- Cobertura del Régimen Especial 6.1 El Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refiere el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 973 y normas reglamentarias aplicables, consiste en la devolución del Impuesto General a las Ventas - IGV
que gravó las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, así como el contrato de construcción, realizados en la etapa preproductiva, que se señalan en el Anexo I de la presente Resolución Ministerial; y siempre que se utilicen directamente en la ejecución del compromiso de inversión del proyecto denominado "SKY V", durante el periodo señalado en el artículo 3 de la presente Resolución.
6.2 Para determinar el beneficio antes indicado, se consideran los contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 31 de julio de 2023 y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973 y su Reglamento.
Artículo 7.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/ vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA
Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento
ANEXO I
CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN
Nº CIIU Descripción 4100 Construcción de edificios 1 Contrato de construcción llave en mano de edificio completo
ANEXO II
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE INVERSIONES
EMPRESA : FLAT AREQUIPA S.A.C. 2023 2024
PROYECTO : SKY V PRE CONSTRUCCIÓN CONSTRUCCIÓN
MONEDA :
DÓLARES AMERICANOS -
FECHA DE INICIO: 31/07/23
Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Enero Febrero Marzo Abril PARTIDAS Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10
CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN US$
CIIU DESCRIPCIÓN
4100
Construcción de Edificios
Contrato de Construcción EPC Llave en Mano de Edificio Completo 8,008,831 52,726 49,159 49,159 8,702 8,702 8,702 142,569 157,443 172,317 172,317
(*) Periodo de muestras, pruebas o ensayos
Ensayos y Análisis Técnicos
INVERSIÓN TOTAL US$
INVERSIÓN TOTAL (SIN INCLUIR
IGV) 8,008,831
52,726 49,159 49,159 8,702 8,702 8,702 142,569 157,443 172,317 172,317
NOTA:
Fecha de Inicio: 31/07/23 (*) Periodo de muestras, pruebas o ensayos: Inicia desde 01.12.25 hasta 31.12.25
ANEXO II
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE INVERSIONES
EMPRESA : FLAT AREQUIPA S.A.C. 2024 2025
PROYECTO : SKY V CONSTRUCCIÓN
MONEDA :
DÓLARES AMERICANOS -
FECHA DE INICIO: 31/07/23
Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Enero Febrero PARTIDAS Mes 11 Mes 12 Mes 13 Mes 14 Mes 15 Mes 16 Mes 17 Mes 18 Mes 19 Mes 20
CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN US$
CIIU DESCRIPCIÓN
4100
Construcción de Edificios
Contrato de Construcción EPC Llave en Mano de Edificio Completo 8,008,831 194,627 231,812 268,997 306,182 343,367 380,553 399,145 417,738 454,923 566,478
(*) Periodo de muestras, pruebas o ensayos
Ensayos y Análisis Técnicos
INVERSIÓN TOTAL US$
INVERSIÓN TOTAL (SIN INCLUIR
IGV) 8,008,831
194,627 231,812 268,997 306,182 343,367 380,553 399,145 417,738 454,923 566,478
NOTA:
Fecha de Inicio: 31/07/23 (*) Periodo de muestras, pruebas o ensayos: Inicia desde 01.12.25 hasta 31.12.25
ANEXO II
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE INVERSIONES
EMPRESA : FLAT AREQUIPA S.A.C. 2025
PROYECTO : SKY V CONSTRUCCIÓN
PERIODO DE
MUESTRAS,
PRUEBAS O
ENSAYOS*
MONEDA :
DÓLARES AMERICANOS -
FECHA DE INICIO: 31/07/23
Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre 31 de Diciembre PARTIDAS Mes 21 Mes 22 Mes 23 Mes 24 Mes 25 Mes 26 Mes 27 Mes 28 Mes 29 Mes 30
CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN US$
CIIU DESCRIPCIÓN
4100
Construcción de Edificios
Contrato de Construcción EPC Llave en Mano de Edificio Completo 8,008,831 585,071 603,664 618,538 603,663 529,293 512,360 58,701 58,701 53,222 -
(*) Periodo de muestras, pruebas o ensayos
Ensayos y Análisis Técnicos
INVERSIÓN TOTAL US$
INVERSIÓN TOTAL (SIN INCLUIR
IGV) 8,008,831
585,071 603,664 618,538 603,663 529,293 512,360 58,701 58,701 53,222 -
NOTA:
Fecha de Inicio: 31/07/23 (*) Periodo de muestras, pruebas o ensayos: Inicia desde 01.12.25 hasta 31.12.25
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 477-2023-VIVIENDA Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA, plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Aprueban a FLAT AREQUIPA S.A.C. como empresa calificada para efectos de acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV por el desarrollo del proyecto denominado "SKY V"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 477-2023-VIVIENDA
- Emitida por : Transportes y Comunicaciones - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-11-02
- Fecha de aplicacion : 2023-11-03
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