12/19/2023

34 gcspe essalud 2023 RGCSPE 41-GCSPE-ESSALUD-2023 Produce

Poder Ejecutivo, Produce Modifican la Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas Nº 34-GCSPE-ESSALUD-2023 RGCSPE 41-GCSPE-ESSALUD-2023 Lima, 6 de setiembre de 2023 VISTOS: El Informe Técnico Nº 003-AZG-SGVCA-GASV-GCSPE-ESSALUD-2023, de fecha 29 agosto de 2023, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 1 de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del seguro Social de salud (ESSALUD), y el artículo 39 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ESSALUD es una entidad administradora de fondos intangibles de la seguridad social adscrita al …
Poder Ejecutivo, Produce
Modifican la Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas Nº 34-GCSPE-ESSALUD-2023
RGCSPE 41-GCSPE-ESSALUD-2023
Lima, 6 de setiembre de 2023
VISTOS:

El Informe Técnico Nº 003-AZG-SGVCA-GASV-GCSPE-ESSALUD-2023, de fecha 29 agosto de 2023, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 1 de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del seguro Social de salud (ESSALUD), y el artículo 39 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ESSALUD es una entidad administradora de fondos intangibles de la seguridad social adscrita al Sector Trabajo y Promoción del Empleo, cuya finalidad es dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que corresponden al régimen contributivo de la seguridad social en salud, así como otros seguros de riesgos humanos;

Que, el artículo 1º de la Ley Nº 29135 "Ley que establece el porcentaje que deben pagar ESSALUD
y la Oficina de Normalización Previsional - ONP a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, por la recaudación de sus aportaciones, y medidas para mejorar la administración de tales aportes", faculta a ESSALUD para, de oficio, ejercer las funciones de verificación de la condición de asegurados del régimen contributivo de la seguridad social en salud y de otros regímenes administrados por ESSALUD, así como la condición de entidades empleadoras de los trabajadores del hogar;

Que, el artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 29135
"Ley que establece el porcentaje que deben pagar ESSALUD y la Oficina de Normalización Previsional -
ONP a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, por la recaudación de sus aportaciones, y medidas para mejorar la administración de tales aportes", aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-TR, señala que la función de verificación será desempeñada por servidores públicos ingresados por concurso público, los cuales deberán acreditar capacitación en la labores de fiscalización;

Que, mediante Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas Nº 34-GCSPE-ESSALUD-2023 del 24 de julio 2023 se designó a los servidores públicos GERMAN ABEL MUÑOZ
CABANILLAS, DIANA SALDAÑA RAMIREZ y DANIEL
ARTURO CAMPOS UGARTE para desempeñar las funciones de verificación de la condición del asegurado y de las entidades empleadoras de trabajadores del hogar en el ámbito nacional;

Que, mediante Memorando Múltiple Nº 06-GCSPE-ESSALUD-2023 de fecha 16 de marzo de 2023, se dispone que los temas que versan sobre la auditoría de seguros y verificación de la condición del asegurado, se resuelven con el apoyo de la Gerencia de Auditoría de Seguros y Verificación;

Que, asimismo, con el Informe Técnico de vistos, la Gerencia de Auditoría de Seguros y Verificación sustenta la necesidad de modificar el artículo Primero y Segundo de la Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas Nº 34-GCSPE-ESSALUD-2023 del 24 de julio 2023, a fin de aclarar el orden de los nombres de uno de servidores designados y, por otro lado, encargar a la Sub Gerencia de Verificación de la Condición del Asegurado la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web institucional de ESSALUD (www.essalud.gob.pe);

Que, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 8.2 de la Directiva Nº 01-GCSPE-ESSALUD-2015
"Procedimiento de verificación de la condición de asegurados del régimen contributivo de la seguridad social en salud, de otros regímenes administrados por ESSALUD y de la condición de entidades empleadoras de trabajadores del hogar", es pertinente la emisión del presente acto administrativo;

Con los vistos de Gerencia de Auditoría de Seguros y Verificación, de Sub Gerencia de Verificación de la Condición del Asegurado, de Gerencia de Acceso y Acreditación del Asegurado y de Subgerencia de Gestión de las OSPE;

Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas;

RESUELVE:

Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero de la Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas Nº 34-GCSPE-ESSALUD-2023 del 24 de julio 2023 de la siguiente manera:

DICE:

Artículo Primero.- DESIGNAR a los servidores públicos GERMAN ABEL MUÑOZ CABANILLAS, DIANA
PAOLA SALDAÑA RAMIREZ y DANIEL ARTURO
CAMPOS UGARTE para desempeñar las funciones de verificación de la condición del asegurado y de las entidades empleadoras de trabajadores del hogar en el ámbito nacional.

DEBE DECIR:

Artículo Primero.- DESIGNAR a los servidores públicos GERMAN ABEL MUÑOZ CABANILLAS, DIANA
PAOLA SALDAÑA RAMIREZ y ARTURO DANIEL
CAMPOS UGARTE para desempeñar las funciones de verificación de la condición del asegurado y de las entidades empleadoras de trabajadores del hogar en el ámbito nacional.

Artículo Segundo.- MODIFICAR el Artículo Segundo de la Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas Nº 34-GCSPE-ESSALUD-2023 del 24 de julio 2023 de la siguiente manera:

DICE:

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestión de las OSPE la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la realización de acciones para la difusión del contenido y alcances de la presente Resolución.

DEBE DECIR:

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Verificación de la Condición del Asegurado, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la realización de acciones para la difusión del contenido y alcances de la presente Resolución.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Verificación de la Condición del Asegurado, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud (www. essalud.gob.pe), así como la realización de acciones para la difusión del contenido y alcances de la presente Resolución.

Artículo Cuarto.- Comunicar la presente Resolución a las autoridades pertinentes para su conocimiento y cumplimiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL ERNESTO FERNÁNDEZ LÓPEZ
Gerente Central de Seguros y Prestaciones Económicas EsSalud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RGCSPE 41-GCSPE-ESSALUD-2023 Modifican la Nº 34-GCSPE-ESSALUD-2023
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS
  • Numero : 41-GCSPE-ESSALUD-2023
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-12-19
  • Fecha de aplicacion : 2023-12-20

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